La acusación o denuncia maliciosa: ¿lesión al honor o a la tutela judicial efectiva?, de haber vulneración a un derecho, ¿debe responder la víctima?
Autor | Simón Bolívar Valdivieso Vintimilla |
Cargo | Docente de la carrera de Derecho de la Universidad de Cuenca |
Páginas | 153-162 |
Simón Bolívar Valdivieso Vintimilla
153 Revista IURIS, No. 16
Volumen No 2, Bianual, 2017
LA ACUSACIÓN O DENUNCIA MALICIOSA: ¿LESIÓN AL
HONOR O A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA?, DE HABER
VULNERACIÓN A UN DERECHO, ¿DEBE RESPONDER LA
VÍCTIMA?
MALICIOUS ACCUSATION OR DENOUNCE: ¿IS THERE A
VIOLATION OF THE HONOR OR AN INFRINGEMENT ON THE
EFFECTIVE JUDICIAL PROTECTION?
IF THERE IS A VIOLATION OF A RIGHT, ¿DOES THE VICTIM HAVE
RESPONSABILITY?
Simón Bolívar Valdivieso Vintimilla1
simon.valdivieso@ucuenca.edu.ec
Recibido: 10/08/2017
Aprobado: 23/04/2018
Resumen:
La calicación de la denuncia como maliciosa, cuando la o el Fiscal ha
solicitado el archivo de la investigación es un exceso legislativo. Esto
debido a que cuando el legislador ecuatoriano sanciona la actitud ma-
liciosa del denunciante o del acusador particular se está reriendo a la
falsa imputación de un delito. Sin embargo, no sanciona la conducta
que atenta con el derecho al honor y al buen nombre, sino la tutela
judicial efectiva, por lo tanto, la convierte en una infracción de ejerci-
cio público de la acción.
En un sistema procesal acusatorio, el ejercicio público de la acción es
de atribución única y exclusiva de la Fiscalía. De modo que, mientras
no se imputa a una persona (formulación de cargos) no hay afección al
derecho porque existe la reserva de la investigación, cuyo quebranto
conlleva un delito.
Palabras clave:
Derecho Penal; denuncia maliciosa; derecho al honor; protección judi-
cial efectiva.
1 Docente de la carrera de Derecho de la Universidad de Cuenca.
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