Alcance del sandbox regulatorio en empresas Fintech en Ecuador

AutorSantiago Cisneros
CargoUniversidad San Francisco de Quito
Páginas1-32
USFQ LAW REVIEW
Volumen XI, Núm. 1, Mayo 2024
ISSN: 2631-2573 • ISSN(e): 1390-8014
Alcance del sandbox regulatorio en
empresas Fintech en Ecuador
Scope of the Regulatory Sandbox in the
Fintech Industry in Ecuador
S C B*
Recibido / Received: 31/01/24
Aceptado / Accepted: 20/03/24
DOI: http://doi.org/10.18272/ulr.v11i1.3252
Citación:
Cisneros Bejarano, S. “Alcance del sandbox regulatorio en empresas Fintech en Ecuador”. USFQ
Law Review vol. 11, n°. 1, mayo de 2024, http://doi.org/10.18272/ulr.v11i1.3252.
* Abogado en Consulegis Abogados, Guayaquil 090506, Guayas, Ecuador. Correo electrónico: scisneros@lex.ec. ORCID
ID: https://orcid.org/0000-0002-0862-4606
** Este artículo se basó en el trabajo de titulación que presentó el autor para la obtención del título de abogado en la Uni-
versidad San Francisco de Quito, Ecuador, que tuvo un reconocimiento por haber obtenido la mejor calicación en la
promoción. En este sentido, el autor desea agradecer a Oswaldo Santos Dávalos, por haber dirigido y aportado con valiosos
comentarios al trabajo; y a Fernando Cisneros Velásquez, Paúl Noboa Velasco y María Bernarda Carpio Frixone, por sus
importantes sugerencias y revisiones.
Santiago Cisneros Bejarano
2 • USFQ Law Review • Vol. XI, Núm. 1 • Mayo 2024
resumen
En 2022 entró en vigencia la Ley Fintech en Ecuador y estableció el sand-
box regulatorio como estrategia para promover la innovación. Por su parte, la
Junta de Política y Regulación Monetaria emitió normativa secundaria regu-
lando esta gura. No obstante, expidió criterios de elegibilidad restrictivos,
exigió una triple autorización y permitió que se puedan añadir parámetros
adicionales ex post a la solicitud de sandbox. Tampoco es clara en cuáles son
los benecios o exenciones que se pueden derivar de esta estrategia. Incluso,
no regula qué ocurre una vez que naliza el sandbox. Este trabajo evidenció
que, cuando los criterios de elegibilidad son restrictivos o pueden jarse ex
post, el sandbox no es una gura atractiva para los innovadores. Así, la nor-
mativa emitida por la Junta no es la adecuada y, además, es ilegal. Por ello,
se recomendó que se aclare cuáles son los benecios que pueden obtenerse,
los que deberán variar según el objetivo que persiga el sandbox; y que se im-
plementen criterios de elegibilidad que no sean restrictivos y que se basen en
criterios de riesgo.
Palabras clave
Fintech; sandbox regulatorio; criterios de elegibilidad; Junta de Política
y
Regulación
abstract
In 2022, the Ecuadorian Fintech Act was published and established the regulatory
sandbox as a strategy to promote innovation. e Monetary Policy and Regulation
Board issued secondary regulation about this gure. However, it established re-
strictive eligibility criteria, required triple authorization from various entities and
allowed additional parameters to be added after the application. Also, it was not
clear what benets or exemptions could be obtained through the sandbox, nor
does it establish what happens after it. is work showed that, when eligibility
criteria are restrictive or can be set ex post, the regulatory sandbox is not an attrac-
tive strategy for innovators. As a result, the regulation issued by the Board is not
appropriate and is also illegal. erefore, this investigation recommended that the
benets that can be obtained should be claried, which should vary depending on
the objective pursued by the sandbox. In addition, this work recommended that
non-restrictive nor ex post eligibility criteria should be implemented.
KeyworDs
Fintech; regulatory sandbox; eligibility criteria; Policy and Regulation Board
Alcance del sandbox regulatorio en empresas Fintech en Ecuador
USFQ Law Review • Vol. XI, Núm. 1 • Mayo 2024 • 3
1. introDucción
La industria Fintech ha crecido exponencialmente en los últimos años. En
2015, las inversiones y nanciamiento global en Fintech fue de USD 22,3 mil
millones, más de 12 veces la cantidad de nanciamiento que recibió el sector
en 20101. En 2022, el nanciamiento a través de estas empresas fue de USD
20 mil millones2. En el contexto de sistema de pagos mundiales, cuyos ingre-
sos ascendieron a USD 2,1 millones en 2021, los medios de pago en efectivo
bajaron 25 puntos porcentuales en el mercado entre 2011 y 20213.
Por su parte, en Latinoamérica, los pagos digitales crecieron de USD 89 mil
millones en 2017 a USD 215 mil millones en 2021, y el número de usuarios
creció a 300 millones en dicho año4. Con respecto a los neobancos, el número
de usuarios ascendió a 30 millones5. En Ecuador, las “soluciones Fintech” se
han incrementado, desde 2011, en un 63%6.
Este notable crecimiento ha llevado a distintas jurisdicciones, frente a los posi-
bles riesgos y benecios que se derivan de estas actividades, a adoptar diversas
estrategias regulatorias frente a las Fintech. Una de las más populares ha sido
el sandbox regulatorio. En diciembre de 2022, entró en vigencia en Ecuador
la Ley Orgánica para el Desarrollo, Regulación y Control de los Servicios
Financieros Tecnológicos (en adelante Ley Fintech) y previó como estrategia
regulatoria el sandbox para promover la innovación de este sector7.
En agosto de 2023, se publicó la resolución de la Junta de Política y
Regulación Monetaria (en adelante JPRM) JPRM-2023-014-M (en adelante
Resolución de la JPRM o Resolución) para regular, entre otros, el sandbox re-
gulatorio. No obstante, esta normativa expidió criterios de elegibilidad restric-
tivos, que no se derivan de criterios de riesgo. Además, requiere autorización
de tres entidades cuando se busca alivianar cargas regulatorias. Incluso, permi-
te que una de estas entidades puedan exigir nuevos parámetros que no están
previstos anteriormente en la Resolución, luego de que la empresa haya pre-
sentado una solicitud para ser admitido al sandbox. Tampoco es clara respecto
de los benecios o exenciones que se pueden solicitar.
1 Juan J. Cortina y Sergio L. Schmukler, “e Fintech Revolution: A reat to Global Banking?”, Research & Policy Briefs
From the World Bank Chile Center and Malaysia Hub, n. 14 (Abril 2018), párr. 2, https://documents1.worldbank.org/
curated/en/516561523035869085/pdf/125038-REVISED-A-reat-to-Global-Banking-6-April-2018.pdf.
2 e Economist, “Who will sur vive the ntech bloodbath? Firms prepare for a nasty winter”, Finance Finance & economics,
párr. 2, https://www.economist.com/nance-and-economics/2022/10/13/who-will-survive-the-ntech-bloodbath.
3 Arjun Ramani, “As payments systems go digital, they are changing global nance”, e Economist, párr. 4, https://www.
economist.com/special-report/2023/05/15/as-payments-systems-go-digital-they-are-changing-global-nance.
4 Bas B. Bakker et al., e Rise and Impact of Fintech in Latin America, International Monetary Fund, 2023, Note 2023/003,
979-8-40023-547-4, 8.
5 Ibid.
6 Santiago Ayala, “Las compras en línea crecen a razón de $ 1.000 millones anuales en Ecuador”, Diario Expreso, párr. 2, https://
www.expreso.ec/actualidad/economia/compras-linea-crecen-razon-1-000-millones-anuales-ecuador-191898.html.
Suplemento, n. 215, 22 de diciembre de 2022.

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