Análisis comparativo entre el modelo de evaluación argumentativa de la sentencia 1967-14-EP/20 de la Corte Constitucional del Ecuador y el modelo de Toulmin
| Autor | Doménico Victoriano Carrillo Abad, Santiago Humberto Mestanza Andrade |
| Cargo | Abogado por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil/Abogado por la Universidad de Guayaquil |
| Páginas | 80-104 |
Análisis comparativo entre el modelo de evaluación argumentativa de la
sentencia 1967-14-EP/20 de la Corte Constitucional del Ecuador y el modelo de
Toulmin
Comparative analysis between the argumentative evaluation model of
judgment 1967-14-EP/20 of the Constitutional Court of Ecuador and the
Toulmin model
Resumen
En el presente trabajo se buscó resolver la problemática relativa a la
determinación de compatibilidad entre el esquema de evaluación
argumentativa de la Sentencia 1967-14-EP/20 de la Corte Constitucional
del Ecuador con el esquema planteado por Stephen Toulmin en sus obras
"Los usos de la argumentación" y "Una introducción al razonamiento".
Para ello se analizaron y compararon ambos esquemas mediante un
enfoque deductivo y cualitativo de investigación. Además, se recopiló
una selección de autores con obras relativas a las temáticas abordadas a
fin de fundar un marco conceptual suficiente para procesar la
información obtenida en el estudio. Desde dichas bases se determinó
como principal resultado que existen diferencias sustanciales entre el
Modelo de Toulmin y el de la Corte Constitucional, que distancia a uno
del otro y que finalmente demostrarían que no resultan compatibles entre
sí según sus rasgos definitorios.
Palabras Clave:
Modelo de Toulmin, Corte Constitucional del Ecuador,
Argumentación Jurídica, Acción Extraordinaria de Protección,
Derecho Procesal Constitucional.
Abstract
This paper sought to solve the problem of determining the compatibility
between the argumentative evaluation scheme of Ruling 1967-14-EP/20
of the Constitutional Court of Ecuador and the scheme proposed by
Stephen Toulmin in his works "The Uses of Argumentation" and "An
Introduction to Reasoning". To achieve this, both schemes were analyzed
and compared using a deductive and qualitative research approach. Also,
a selection of authors with works related to the topics addressed was
compiled to establish a conceptual framework sufficient to process the
information obtained in the study. From these bases, it was determined as
the main result that there are substantial differences between Toulmin's
Model and that of the Constitutional Court, which create a distinct
divergence and finally demonstrate that they are not compatible with each
other according to their defining features.
Keywords:
Toulmin Model, Constitutional Court of Ecuador, Legal Argumentation,
Extraordinary Protection Action, Constitutional Procedural Law.
CITACIÓN: Carrillo Abad, D.V. &
Mestanza Andrade, S.H. (2024).
Análisis comparativo entre el modelo
de evaluación argumentativa de la
sentencia 1967-14-EP/20 de la Corte
Constitucional del Ecuador y el modelo
de Toulmin. JUEES, 4, 80- 104.
Domenico Victoriano Carrillo Abad
1
, Santiago Humberto Mestanza Andrade
2
INFORMACIÓN DEL
ARTÍCULO
Fecha de recepción: 01 de agosto de
2023.
Fecha de aceptación: 10 de noviembre
de 2023.
1 Abogado por la Universidad Católica
de Santiago de Guayaquil. Magister en
Derecho Constitucional, y en Derecho
Penal por la Universidad de Especialidades
Espíritu Santo. Diplomado en
Argumentación Jurídica por la
Universidad de Génova.
E-mail:domenicocarrillo@uees.edu.ec
Código ORCID:
0009-0000-3785-2379
2Abogado por la Universidad de
Guayaquil. Magister en Derecho
Constitucional, y en Criminalística y
Ciencias Forenses por la Universidad
de Especialidades Espíritu Santo.
Diplomado en Argumentación Jurídica
por la Universidad de Génova.
E-mail: santiagomestanza@uees.edu.ec
Código ORCID:
0009-0005-3530-7883
80
JUEES No. 4, Enero 2024, pp. 80-104
© Universidad Espíritu Santo - UEES
Doménico Victoriano Carrillo Abad, Santiago Humberto Mestanza Andrade
81
JUEES No. 4, Enero 2024, pp. 80-104
© Universidad Espíritu Santo - UEES
Introducción
La Constitución de la República del
Ecuador, expedida el 20 de octubre del
año 2008, contiene una serie de
garantías jurisdiccionales destinadas a
la efectiva protección de los derechos
reconocidos en ella. Entre estas
garantías se encuentra la Acción
Extraordinaria de Protección (en
adelante “AEP”) que constituye una
acción independiente cuyo objetivo es la
tutela de los derechos constitucionales
ante las vulneraciones derivadas de las
decisiones definitivas adoptadas por las
autoridades jurisdiccionales1. Dicha
acción es regulada a nivel infra-
constitucional por la Ley Orgánica de
Garantías Jurisdiccionales y Control
Constitucional (en adelante “LOGJCC”),
la cual exige que las demandas de AEP
contengan un argumento claro sobre la
vulneración de derechos alegada2. Sin
embargo, dicho requisito, por la
generalidad de los términos con que es
descrito, resulta un tanto ambiguo y no
brinda una certeza suficiente sobre el
alcance de su significado.
Ante dicha necesidad de
clarificación, la Corte Constitucional
del Ecuador propuso, mediante la
Sentencia 1967-14-EP/20 del 13 de
febrero de 2020, un esquema de
evaluación de argumentos que tendría
como fin brindar una mejor
comprensión de la aplicación del
referido artículo legal. Este esquema
1 Constitución de la República del Ecuador (Registro Oficial
449 del 20 de octubre del 2008) (CRE). Art. 94.
2 Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control
Constitucional (Registro Oficial 52 del 22 de octubre del
2009). (LOGJCC). Art. 62. núm. 1.
pide del actor que la demanda de AEP
contenga un cargo argumental claro,
para lo cual establece tres elementos
cuya presencia debe verificarse: (i) una
tesis o conclusión, (ii) una base fáctica,
y (iii) una justificación jurídica. El
origen de este modelo, tal como lo
apunta la propia Corte3, se encontraría
en lo desarrollado por el teórico Stephen
Toulmin en su obra "Los usos de la
argumentación" de 1958, donde
propuso una suerte de esquema de
verificación de argumentos fundado
sobre cuatro componentes estructurales
básicos: (i) una tesis, (ii) sus bases, (iii)
las garantías, y (iv) el respaldo; así
como dos elementos relacionados con la
fuerza de las afirmaciones: (v) los
cualificadores modales, y (vi) las
condiciones de refutación.
Sin embargo, prima facie, se pueden
observar diferencias entre lo propuesto
por la Corte y lo propuesto por Toulmin,
ya que los elementos nucleares de uno
no se relacionan con los del otro. Esto
sugiere que ambos difieren en aspectos
que les resultan elementales, lo que
acarrearía una serie de dificultades
prácticas relativas a su funcionamiento,
puesto que, al remitirse a una propuesta
teórica específica, la Corte
Constitucional daría la señal
(posiblemente errónea) de que es
necesario comprender dicha teoría a
efectos de una adecuada aplicación del
esquema establecido en su sentencia.
Esto plantea una serie de incógnitas
3 Sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador [SCC],
13 de febrero de 2020, (1967-14-EP/20, Ponente: Alí
Lozada Prado), p. 4.
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