Anexo

AutorLuis Moreno Guerra
Cargo del AutorDoctor en Derecho y Ciencias Políticas por la Universidad Gran Colombia de Bogotá
Páginas125-130
ANEXO 1
Reglamento General de Libre Navegación Comercial
en los ríos Amazónicos Internacionales
(Adoptado por la Comisión de Expertos del TCA, en la ciudad de Quito, en
abril de 1991 y listo para la firma de los Ministros de Relaciones Exteriores
de los Estados Partes).
CONSIDERANDOS:
Las partes contratantes del Tratado de Cooperación Amazónica:
Considerando el interés de los países miembros en desarrollar su in-
tercambio comercial por las vías fluviales amazónicas;
Teniendo en vista la conveniencia de optimizar el uso de sus embar-
caciones;
Reconociendo la necesidad de garantizar seguridad, eficiencia y regu-
laridad en el transporte fluvial y la necesidad de adoptar tarifas de fle-
tes y servicios no discriminatorios;
Conscientes de las ventajas de dar una utilización racional a los recur-
sos hídricos, para lograr el desarrollo integral de los respectivos terri-
torios de la Amazonia;
Tomando en cuenta que es indispensable asegurarse mutuamente la
más amplia libertad de navegación en el curso del Amazonas y demás
ríos amazónicos internacionales, de conformidad con el artículo III
del Tratado de Cooperación Amazónica; y
En desarrollo del Parágrafo Único del Artículo I del Tratado de Coo-
peración Amazónica;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR