Resoluciones DGAC-YA-2016-0054-R. Apruébese el Acuerdo de Código Compartido suscrito el 31 de mayo del 2016, entre la Compañía Panameña de Aviación S.A. Copa Airlines y la Compañía United Airlines Inc

Número de Boletín992
SecciónResoluciones
EmisorDirección General de Aviación Civil
24 – Miércoles 26 de abril de 2017 Registro Of‌i cial Nº 992
encárguese a la Coordinación General de Sanidad Vegetal
conjuntamente con la Dirección de Comunicación Social
de AGROCALIDAD.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única.- Deróguese la Resolución No. DAJ-2013453-
0201-0177 del 07 de noviembre del 2013, en la cual
se establece el procedimiento técnico científ‌i co para
def‌i nir los requerimientos en los procesos de Análisis de
Riesgo de Plagas (ARP), para establecer los requisitos
f‌i tosanitarios de importación de: plantas, productos
vegetales, y artículos reglamentados.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- De la ejecución de la presente Resolución
encárguese a la Coordinación General de Sanidad Vegetal
de AGROCALIDAD.
Segunda.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Quito, D.M. 30 de diciembre de 2016.
f.) Econ. Mauricio Velasco Rodas, Director Ejecutivo
( S ) de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la
Calidad del Agro - Agrocalidad.
Nro. DGAC-YA-2016-0054-R
Quito, D.M., 28 de diciembre de 2016.
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
Considerando:
Que, mediante Decreto No. 156/2013 de 20 de noviembre
de 2013, se dispuso la reorganización del Consejo
Nacional de Aviación Civil y se transf‌i rieron dos de sus
competencias a la Dirección General de Aviación Civil,
siendo una de ellas, la de “conocer y aprobar los convenios
o contratos de cooperación comercial que incluyan:
Código Compartido, Arreglos de Espacios Bloqueados,
Arriendos en Wet Lease e Interlíneas”, por tanto, en virtud
de este instrumento legal, el Director General de Aviación
Civil es competente para conocer y resolver este tipo de
solicitudes;
Que, con memorando No. DGAC-YA-2013-1633-M de
26 de diciembre de 2013, el Director General de Aviación
Civil de ese entonces dispuso que todos los trámites
administrativos para resolver la aprobación de este tipo
de convenios o contratos de cooperación comercial
serán de responsabilidad de la Dirección de Inspección y
Certif‌i cación Aeronáutica, hasta su total f‌i nalización con
la f‌i rma de la máxima autoridad de la institución;
Que, el Director General de Aviación Civil mediante
Resolución Nro. 018/2016, de 25 de enero de 2016,
resolvió aprobar el Acuerdo de Implementación de Códigos
Compartidos suscrito por la Compañía Panameña de
Aviación S.A. COPA AIRLINES y UNITED AIRLINES,
INC. para la operación “...en las rutas entre Ciudad de
Panamá, en la República de Panamá, y Quito y Guayaquil,
en la República del Ecuador”, de la siguiente manera:
PANAMÁ - QUITO - PANAMÁ, siete (7) frecuencias
semanales.
PANAMÁ - GUAYAQUIL - PANAMÁ, siete (7)
frecuencias semanales.
Con derechos de tráf‌i co de tercera y cuarta libertades del
aire.
COPA AIRLINES asumirá la calidad de Compañía
Operadora de estos vuelos y la Compañía UNITED
AIRLINES, INC. asumirá la calidad de Comercializadora;
Que, ante la interposición de un recurso de Reposición
a la Resolución Nro. 018/2016 de 25 de enero de 2016,
por parte del Apoderado de la Compañía Panameña de
Aviación S.A. COPA AIRLINES, el Director General de
Aviación Civil mediante Resolución Nro. 073/2016, de
5 de abril de 2016, resolvió sustituir el artículo 1, de la
citada Resolución Nro. 018/2016, por el siguiente:
“Aprobar el Acuerdo de Código Compartido suscrito
entre la Compañía Panameña de Aviacion S.A. COPA y
la compañía UNITED AIRLINES INC. para la operación
en las rutas entre Ciudad de Panamá, en la República de
Panamá y Quito/Guayaquil, en la República del Ecuador,
de la siguiente manera:
PANAMÁ - QUITO - PANAMÁ, veintiocho (28)
frecuencias semanales.
PANAMÁ - GUAYAQUIL PANAMÁ, veintiocho (28)
frecuencias semanales.
Con derechos de tráf‌i co de tercera y cuarta libertades del
aire.
COPA AIRLINES asumirá la calidad de Compañía
Operadora de estos vuelos y la Compañía UNITED
AIRLINES, INC. asumirá la calidad de Comercializadora;
Que, con of‌i cio Nro. 2016 - 3053, de 11 de octubre de
2016, ingresado en la Dirección General de Aviacion Civil
bajo registro DGAC-AB-2016-9280-E el 12 de octubre
del 2016, el Dr. Xavier Rosales Kuri, Vicepresidente
de Corral & Rosales Cía. Ltda., la cual es a su vez
Apoderada de la Compañía Panameña de Aviación S.A.
COPA AIRLINES en el Ecuador solicito la aprobación
del “ACUERDO DE CÓDIGO COMPARTIDO “suscrito
el 31 de mayo del 2016” entre la compañía Panameña de
Aviación S.A. “COPA” y UNITED AIRLINES, INC. para

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