Acuerdo 1434 - Apruébese el estatuto y otórguese personalidad jurídica a las siguientes organizaciones: Centro Cristiano Kemuel Levantado por Dios, domiciliado en el cantón Tena, provincia de Napo
| Fecha de disposición | 14 Marzo 2017 |
| Fecha de publicación | 14 Marzo 2017 |
| Número de registro | 1434 |
| Sección | Acuerdos |
| Número de Gaceta | 962 |
| instrumentation | Acuerdos |
Martes 14 de marzo de 2017 – 11Registro Ofi cial Nº 962
organización CENTRO CRISTIANO EVANGÉLICO
LA VOZ DE PAZ, en el Registro de Organizaciones
Religiosas del Registro de la Propiedad del Cantón
Guamote, provincia de Chimborazo, domicilio de la
entidad, como persona de derecho privado, sin fi nes de
lucro, que para el ejercicio de los derechos y obligaciones
se sujetará estrictamente a lo que determina la Constitución
de la República del Ecuador, la Ley de Cultos; y, el
Reglamento de Cultos Religiosos.
Art. 2.- Ordenar la publicación del Estatuto de
la organización religiosa denominada CENTRO
CRISTIANO EVANGÉLICO LA VOZ DE PAZ en el
Registro Ofi cial.
Art. 3.- Disponer se incorpore al registro general de
entidades religiosas del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente del
CENTRO CRISTIANO EVANGÉLICO LA VOZ DE
PAZ.
Art. 4.- Disponer a la organización religiosa ponga
en conocimiento del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, cualquier modifi cación en los
Estatutos; integrantes de su gobierno interno; ingreso y
salida de miembros; y, representante legal de la entidad,
a efectos de ordenar su inscripción en el Registro de la
Propiedad correspondiente.
Art. 5.- Encargar la ejecución del presente acuerdo a la
Dirección de Regulación y Promoción de la Libertad de
Religión, Creencia y Conciencia y Dirección de Secretaría
General del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos.
Art. 6.- Para la solución de los confl ictos y controversias
internas, los miembros del CENTRO CRISTIANO
EVANGÉLICO LA VOZ DE PAZ, en primer lugar,
buscarán como medio de solución los medios alternativos,
determinados en sus normas estatutarias, y de persistir las
discrepancias, optarán por el ejercicio de las acciones que
la ley establece como métodos alternativos de solución de
confl ictos o ante la justicia ordinaria.
Art. 7.- El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, podrá ordenar la cancelación del registro del
CENTRO CRISTIANO EVANGÉLICO LA VOZ DE
PAZ, de comprobarse hechos que constituyan violaciones
graves al ordenamiento jurídico.
El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Ofi cial.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 31 de enero
de 2017.
f.) Consuelo María Bowen Manzur, Subsecretaria de
Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS.- Certifi co que la(s) foja(s) 1-3
es(son) fi el copia(s) del original del documento que reposa
en los archivos de la Dirección de Secretaría General.-
Fecha: 03 de febrero de 2017. f.) Dra. Paola Carrera
Izurieta, Directora de Secretaría General, Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS
Nro. 1434
Consuelo María Bowen Manzur
SUBSECRETARIA DE DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS
Considerando:
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 748, de 14 de
noviembre de 2007, publicado en el Registro Ofi cial,
Suplemento Nro. 220, de 27 de noviembre de 2007, se
crea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que el artículo 154, número 1 de la Constitución de
la República del Ecuador, dispone: “A las Ministras
y Ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 410, publicado en
el Registro Ofi cial 235, de 14 de julio de 2010, el señor
Presidente Constitucional de la República, economista
Rafael Correa, decreta que los temas referentes a cultos,
pasan a ser competencia del “Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos”; y, cambia la denominación, por
“Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos”;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 256, de 13 de marzo
de 2014, publicado en el Registro Ofi cial, Suplemento
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