Resoluciones NAC-DGERCGC17-00000103. Apruébese el formulario 101 para la declaración del impuesto a la renta y presentación de estados financieros de sociedades y establecimientos permanentes
Número de Boletín | 946-Segundo Suplemento |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Servicio de Rentas Internas |
2 – Jueves 16 de febrero de 2017 Segundo Suplemento – Registro Ofi cial Nº 946
Págs.
CORTE CONSTITUCIONAL
DEL ECUADOR:
CAUSA:
0057-16-IN CAUSA: Acción pública de
inconstitucionalidad de actos normativos.
LEGITIMADO ACTIVO: Darwin
Rolando Avendaño Delgado ...................... 36
No. NAC-DGERCGC17-0000103
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO
DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Que el artículo 83 de la Constitución de la República
del Ecuador señala que son deberes y responsabilidades
de los habitantes del Ecuador, acatar y cumplir con la
Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad
competente, cooperar con el Estado y la comunidad en la
seguridad social y pagar los tributos establecidos por ley;
Que conforme el artículo 226 de la Constitución de la
República del Ecuador, las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley;
Que el artículo 227 de la Constitución de la República del
Ecuador señala que la administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
efi cacia, efi ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planifi cación, transparencia y evaluación;
Que el artículo 300 de la Constitución de la República del
Ecuador establece que el régimen tributario se regirá por
los principios de generalidad, progresividad, efi ciencia,
simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad,
transparencia y sufi ciencia recaudatoria. Se priorizarán los
impuestos directos y progresivos;
Que el segundo inciso del artículo 314 de la Carta Magna
determina que el Estado garantizará que los servicios
públicos y su provisión respondan a los principios de
obligatoriedad, generalidad, uniformidad, efi ciencia,
responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad,
continuidad y calidad;
Que el artículo 1 de la Ley de Creación del Servicio de
Rentas Internas crea esta Institución como una entidad
técnica y autónoma, con personería jurídica, de derecho
público, patrimonio y fondos propios, jurisdicción nacional
y sede principal en la ciudad de Quito;
Que el artículo 73 del Código Tributario establece que la
actuación de la Administración Tributaria se desarrollará
con arreglo a los principios de simplifi cación, celeridad y
efi cacia;
Código Tributario dispone que son deberes formales de los
contribuyentes o responsables presentar las declaraciones
que correspondan y cumplir con los deberes específi cos que
la respectiva ley tributaria establezca, respectivamente;
Que el artículo 1 de la Ley de Régimen Tributario Interno
establece el impuesto a la renta global de las personas
naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades
nacionales o extranjeras;
Que el artículo 70 del Reglamento para la aplicación de
la Ley de Régimen Tributario Interno establece que la
declaración del impuesto a la renta deberá efectuarse en
la forma y contenido que, mediante resolución de carácter
general, defi na la Directora o el Director General del
Servicio de Rentas Internas;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 del Código
Creación del Servicio de Rentas Internas, es facultad de la
Directora o Director General del Servicio de Rentas Internas
expedir las resoluciones, circulares o disposiciones de
carácter general y obligatorio necesarias para la aplicación
de las normas legales y reglamentarias;
Que es deber de la Administración Tributaria emitir
las disposiciones normativas necesarias para facilitar
el cumplimiento de obligaciones tributarias y deberes
formales, así como para fortalecer el control respecto de su
adecuado y oportuno cumplimiento y,
En ejercicio de sus facultades legales,
Resuelve:
Aprobar el formulario 101 para la declaración
del impuesto a la renta y presentación de estados
fi nancieros de sociedades y establecimientos
permanentes.
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