Resoluciones NAC-DGERCGC17-00000103. Apruébese el formulario 101 para la declaración del impuesto a la renta y presentación de estados financieros de sociedades y establecimientos permanentes

Número de Boletín946-Segundo Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorServicio de Rentas Internas
2 – Jueves 16 de febrero de 2017 Segundo Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 946
Págs.
CORTE CONSTITUCIONAL
DEL ECUADOR:
CAUSA:
0057-16-IN CAUSA: Acción pública de
inconstitucionalidad de actos normativos.
LEGITIMADO ACTIVO: Darwin
Rolando Avendaño Delgado ...................... 36
No. NAC-DGERCGC17-0000103
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO
DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
del Ecuador señala que son deberes y responsabilidades
de los habitantes del Ecuador, acatar y cumplir con la
Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad
competente, cooperar con el Estado y la comunidad en la
seguridad social y pagar los tributos establecidos por ley;
Que conforme el artículo 226 de la Constitución de la
República del Ecuador, las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley;
Ecuador señala que la administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación;
Ecuador establece que el régimen tributario se regirá por
los principios de generalidad, progresividad, ef‌i ciencia,
simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad,
transparencia y suf‌i ciencia recaudatoria. Se priorizarán los
impuestos directos y progresivos;
Que el segundo inciso del artículo 314 de la Carta Magna
determina que el Estado garantizará que los servicios
públicos y su provisión respondan a los principios de
obligatoriedad, generalidad, uniformidad, ef‌i ciencia,
responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad,
continuidad y calidad;
Rentas Internas crea esta Institución como una entidad
técnica y autónoma, con personería jurídica, de derecho
público, patrimonio y fondos propios, jurisdicción nacional
y sede principal en la ciudad de Quito;
Que el artículo 73 del Código Tributario establece que la
actuación de la Administración Tributaria se desarrollará
con arreglo a los principios de simplif‌i cación, celeridad y
ef‌i cacia;
Que los literales d) y e) del numeral 1 del artículo 96 del
Código Tributario dispone que son deberes formales de los
contribuyentes o responsables presentar las declaraciones
que correspondan y cumplir con los deberes específ‌i cos que
la respectiva ley tributaria establezca, respectivamente;
Que el artículo 1 de la Ley de Régimen Tributario Interno
establece el impuesto a la renta global de las personas
naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades
nacionales o extranjeras;
declaración del impuesto a la renta deberá efectuarse en
la forma y contenido que, mediante resolución de carácter
general, def‌i na la Directora o el Director General del
Servicio de Rentas Internas;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 del Código
Tributario, en concordancia con el artículo 8 de la Ley de
Directora o Director General del Servicio de Rentas Internas
expedir las resoluciones, circulares o disposiciones de
carácter general y obligatorio necesarias para la aplicación
de las normas legales y reglamentarias;
Que es deber de la Administración Tributaria emitir
las disposiciones normativas necesarias para facilitar
el cumplimiento de obligaciones tributarias y deberes
formales, así como para fortalecer el control respecto de su
adecuado y oportuno cumplimiento y,
En ejercicio de sus facultades legales,
Resuelve:
Aprobar el formulario 101 para la declaración
del impuesto a la renta y presentación de estados
f‌i nancieros de sociedades y establecimientos
permanentes.

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