Acuerdos 00000106. Apruébese el Manual 'Procedimientos del Centro Nacional de Enlace'

Número de Boletín875
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Salud Pública
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2016

LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA

Considerando:

Que, la salud es un derecho que garantiza el Estado, mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, conforme lo determina el artículo 32 de la Constitución de la República del Ecuador;

Que, es facultad del Ministerio de Salud Pública, en su calidad de Autoridad Sanitaria Nacional, emitir políticas públicas en salud, de acuerdo con lo previsto en los artículos 261, numeral 6 y 361 de la Norma Suprema de la República, y el artículo 4 de la Ley Orgánica de Salud;

Que, el Reglamento Sanitario Internacional -RSI (2005) fue adoptado por la Resolución WHA58.3 de la 58ª Asamblea Mundial de la Salud el 23 de mayo de 2005, y entró en vigencia el 15 de junio de 2007, constituyéndose en un instrumento jurídico cuya finalidad es prevenir la propagación internacional de enfermedades, proteger contra esa propagación, controlarla y darle una respuesta de salud pública proporcionada y restringida a los riesgos para la salud pública y evitando al mismo tiempo las interferencias innecesarias con el tráfico y el comercio internacionales;

Que, el referido Reglamento, en el artículo 4, numeral 1, determina que: "Cada Estado Parte designará o establecerá un Centro Nacional de Enlace para el RSI y a las autoridades responsables, dentro de su respectiva jurisdicción, de la aplicación de medidas sanitarias de conformidad con el presente Reglamento";

Que, el Centro Nacional de Enlace, creado en agosto de 2008, es una instancia...

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