Resoluciones. ARCA-DE-014-2022 Refórmese el Estatuto Orgánico de la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA)

Número de Boletín115
SecciónResoluciones
EmisorAgencia de Regulación y Control del Agua
Jueves 28 de julio de 2022 Segundo Suplemento Nº 115 - Registro Ocial
2
Que, el Ar tí c ul o 12 de la Constituci ón del Ec ua dor dis pon e que el derecho humano al agua es
fundamental e irrenunci able y así mismo que dich o recurso con s ti tu y e pa tr im oni o n acio n al
estratégic o de us o bl ic o, inalienable, imprescriptible y esencial para la vida;
Que, el Artículo 227 de la Constitución de la Reblica, establece que la Administracn Pública
constitu ye un servicio a la c olectivi dad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia,
calidad, jerarquía, desconcentración, descentralizaci ón, coordinación, participación,
plani ficación, transparencia y evaluación;
Que, el Artíc ulo 3 13 de la Constitución de la R epúbl ic a d el Ec u ado r otorga al Es t ad o el derecho
excl us iv o de administrar, regular, c on trol ar y ges ti o n ar los s ec t or e s estratégicos, de
conformidad con lo s principios de sostenibilidad ambiental , precaución, prevención y
eficienci a; considerando al agua com o parte de los sectores es tr atégicos;
Que, el Artíc ulo 318 de la Constitu ción de la Re bli ca del Ecuad or dispo ne que el Es tado, a
través de la Autori dad Ú nic a del A gua, será el responsable d i rec to de la planific ación y
gestión de los recursos híd ric os que se destinarán al co ns umo huma no , ri eg o que garantice
la soberanía alimentaria, c au dal ecológ ico y actividades p ro duc ti v as, en es t e orden de
prelación;
Que, el Artíc ulo 411 de la Constitució n de la Re bli ca d el Ecua do r di s pon e que el Es t ad o
garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos dri cos ,
cuencas hidrográf icas y caudales ec oló gic os as oc i ado s al ciclo hidrol ógic o, por lo que se
regulará toda activi dad que pueda afectar la cal i da d y cantidad de agua y el equilibrio de
los ecosistemas, en especial en l as fuentes y zonas de recarga de agua;
Que, el Ar tíc ul o 412 de la Constitución de la R ep úbl ic a del Ec u ad o r, pr ev é que la autoridad a
cargo de la gestió n del agua será responsable de su p l ani f ic ac n, r eg ul ac i ón , y control ;
Que, el literal a) del artículo 10-1 d el Estatuto d el Régimen Jurídico Administrativo de la Func n
Ejecutiv a, dis po ne que las A ge n ci as de Regulación y C ont rol , son orga nism os de la Funció n
Ejecutiv a, tienen por fun ció n regular l as actividades del s ec t or al que pertenecen;
Que, mediante D ec re to Eje cutiv o No. 310 de 17 de abril de 2014, publ ica do en el Regis tro Of ic i al
No. 236 de 30 de abril de mis mo año y la última modificación de 06 de abril de 2018, se
crea la Agenci a de Regulación y Cont rol del Agua -ARCA-entidad a la que se transfi eren las
competenci as que hasta es e momento venía ejerciendo la Secretaría del Agua, para la
regulación y co ntrol de la gestión integral e integrada de l os recursos dric os , de la g e s ti ón
de la cal i d a d y cantidad del agua en s us fuentes y zo nas de recarga, de la c al i d ad de l os
servicios públ ic os relacionados al s ector agu a y de to dos los d es tino s, us os y
aprovec hamientos eco nómi c os d el agua;
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL AGUA
ARCA-DE-014-2022
Msc. María Luisa Coello Recalde
Directora Ejecutiva
CO NSI DER AND O:
Jueves 28 de julio de 2022Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 115
3
Que, el contro l que reali ce la Agencia de Regulación y Control del Agua es una responsabili dad
compartida con los actores sociales respectivos y al mismo tiempo un deber que implica s u
ejercic io y natural eza integradora a una función estatal para verificar la legi timidad y
oportuni dad de la actuación;
Que, mediante Resolución No . ARCA -DE-001-2015 publicado en el Registro Ofici al No. 327, de
17 de junio de 2015, se expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Pro ces os Agencia de Regulación y Control del Agua; y , su reforma m edi ante resolución No.
ARCA-DE-003-2015, publicado con Regis tro O ficial Nro. 622 del 6 de noviembre de 2015;
Que, mediante el D ecreto Ejecutivo No. 1007 del 4 de M arzo de 2020, publicado en el Registro
Oficial No. 194 de jueves 30 de abril de 2022 el Presidente de la Re bl ic a dispuso la fusi ón
del Ministerio del Am biente (MA E) y la Secretaría del Agua (Senagua);
Que, mediante el Dec reto Ejec utiv o No. 21 del 24 de May o d el 2021, publicado en el Sép timo
Suplemento del Registro Oficial No. 459 de 26 de mayo de 2021, se desig al señor
Gus tavo Manrique Miranda como Ministro de Ambi ente y Agua;
Que, mediante el Dec reto Ejec utiv o No. 59 d el 5 de Junio del 2021, publicado en el Cuart o
Suplem ento del Regi stro Oficial No. 478 , 22 de junio 2021, el Presidente de la República,
cam bió la deno mi n aci ón de Ministerio del Am bie nt e y Agua por el de Minis terio del
Ambiente, Agua y Transición Ecológica;
Que, con Oficio No. SNP-SNP-2021-0533-OF de 26 de agosto de 2021, l a Secretaría Nac ional de
Planificación emi te In for me de Pertinencia N° SG SI-APIT-2021-011, que establece que la
ARCA contará con p res encia institucional en territorio a trav é s de s ei s of i ci n as técnicas
loc alizadas en l as ciudades de Riobamba, Portoviejo, Guayaquil, Cuenca, Loja y Zamora;
garantizando su cobertura a niv el nacional;
inf o rm e favorabl e para l a actualización de l a Matriz de Competencias, Modelo de Gestión
Insti tucional, rediseño de la Estructura Organizacional, Estatuto O rgánico y la valoración
de pue stos del Ni v el Jerárqui c o Superior de /l a AR CA; y,
En ejercicio de l as facultades que le con fiere el a rtí c ul o 412 de la Constitución de la Rep úbl ica d el
Ecuador, la Máxima A u tori dad de la Agencia de Regulación y Control del Agua.
RESU ELVE:
Expedir la REFOR MA AL ESTATUTO ORGÁNICO DE LA AGE N CI A DE R E GU LA CI ÓN Y CONT ROL
DEL AGUA (AR C A) , em itido mediante R es ol u ci ó n No. A R CA-DE-001-2015 publ ic ado en el Regis tro
Oficial No. 327, de 17 de junio de 2015, y, su reforma m edi ante resolución No. ARCA-DE-003-2015,
publ icado c on Registr o Oficial Nro. 622 del 6 de noviembre de 2015.
Que, con Oficio MDT-VSP-2022-0203-O, de7/7/22, el Ministerio del Trabajo, aprueba y emite
Jueves 28 de julio de 2022 Segundo Suplemento Nº 115 - Registro Ocial
4
CAP I TULO I
DEL DIRECCIONAMIENTO E S TR AT E GI CO
Artículo 1.- La Agencia de Regulación y Control d el Agua (ARCA) se al i n e a con su misión y defi ne su
estructura institucional s ustentada en su base l e gal y di re cc ionamiento estratégi co institucional
determinados en su matriz de competencias, planificación institucional y m od el o de ges t i ó n.
Artículo 2.- Misión y Visión
Misión: Regular y controlar l a gesti ón i ntegral e integrada de l os recursos hídricos, sus usos,
aprovec ham ientos económicos y l a calidad de los s ervicios públicos vincul ado s al agua,
promovi endo el uso eficiente, legal , responsable y sus tentable de este patrimonio.
Visión: Ser reco no cido a ni vel nacional c om o el organismo estatal de regulación y cont rol eficiente,
efic az y transparente que prom ueve la calidad, canti dad y acceso equi tativo al agua.
Artículo 3.- Principios y Valores:
Hon e st id ad : Se d efi ne com o la autenticidad y transparencia en las relacio nes laborales y con la
ciudadanía. Los s ervidores y func i on ar i os deben emitir sus no rm a s, pronunciamientos, i nform e s o
reportes con oportunidad, rectitud, claridad y apego a la Ley , sobre los as u nto s propios de s us
funciones.
Trasparencia: A tra v és de la difusió n y entrega de la información sobre las ac ci o n es institucionales
y rendición de cuentas ante l os ciudadanos, com o herramienta fundamental de la gestión p úbl ica .
Re sp eto : A la Constitución y a las L e y es , garantizando qu e en t o das l as fa s es d el proc eso de tom a
de decis iones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los derechos
a la defensa y al debido pr oceso. Respe to al ciudadano a tr av és de un servicio de c al id ad y co n
calidez.
Calidad , Ef icie ncia y Eficacia: para realizar el trabajo co n los más a ltos estándares de calidad en
cada una de las func io n es a su cargo, p rom u ev e una actuación oportuna, efectiva, precis a y
c on fi a bl e, ev aluando los resultados obtenidos en beneficio de la ci udadanía - usuari os .
Re sp on sab ilida d: contribución al mejorami ento s oc i al , económ ic o y ambiental por parte de la
Insti tución a la sociedad, orientando las acciones hacia el cumplimiento de la política pública, el
logro de los ob jetivos, la correcta ejecución de las funciones y la def en s a de los derechos,
respondi endo por las a c tu ac i o nes y omisiones.
Artículo 4.- Objetivos Institucionales:
1. Incrementar la eficienci a de la gestión regul atoria d el s ector hídrico en el Ecuador.
2. Incrementar la eficiencia en el control de la gestión integral e i ntegrada de los recursos
hídricos en el Ecuador.
3. Incrementar la eficienci a en la gestión de l a in formación del s ector hídrico en el Ecuado r.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR