Acuerdos. Arconel–004/17 Emítese La Regulación Para Grandes Consumidores
Número de Boletín | 107 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Agencia de Regulación y Control de Electricidad - Arconel |
Miércoles 25 de octubre de 2017 – 13Registro Ofi cial Nº 107
del informe técnico presentado por el Ministro de Trabajo
con Ofi cio Nro. MDT-MDT-2017-0479, de 29 de septiembre
de 2017, en relación a la Vicepresidencia de la República;
Que, mediante Ofi cio Nro. MDT-MDT-2017-0480 de
03 de octubre de 201, se remite el informe técnico del
análisis de la estructura y unidades de la Vicepresidencia
de la República, en aplicación del artículo 12 del Decreto
Ejecutivo Nro. 135, de 01 de septiembre de 2017, enviado
al señor magister Andrés Iván Mideros Mora, Secretario
Nacional de Planifi cación y Desarrollo, necesarias para la
efi ciente gestión de la Vicepresidencia de la República;
Que, mediante Ofi cio Nro. SENPLADES-2017-0582-
OF de 03 de octubre de 2017, la Secretaria Nacional de
Desarrollo y Planifi cación considera que los instrumentos
de institucionalidad propuestos por el Ministerio de
Trabajo para la Vicepresidencia de la República;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2017-0159
expedido el 02 de octubre de 2017, se acuerda que el
abogado Héctor Oswaldo Guanopatin Jaime, Viceministro
de Trabajo y Empleo, subrogue las funciones de Ministro
del Trabajo los días 3 al 7 de octubre de 2017;
Que, mediante Ofi cio Nro. SENPLADES-2017-0582-
OF de 03 de octubre de 2017, en el marco de las
competencias y atribuciones de la Secretaría Nacional de
Planifi cación y Desarrollo en materia de institucionalidad
del Estado, se considera que los instrumentos de
institucionalidad propuestos por el Ministerio de Trabajo
para la Vicepresidencia de la República están acorde a
los lineamientos de institucionalidad Estatal, su marco
normativo vigente y el rol que deben desempeñar en la
estructura de la Función Ejecutiva; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confi eren el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del
Ecuador, y artículos 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva.
Acuerda:
Artículo 1.- Delegar al titular del Viceministerio de
Servicio Público, lo siguiente:
a) Suscribir los actos administrativos y de simple
administración, para nombrar y remover a los
servidores públicos de la escala de 1 a 20 grados de
la Vicepresidencia de la República del Ecuador,
previo informe de la Subsecretaría de Fortalecimiento
Institucional de esta Cartera de Estado, deberá
nombrar y remover los servidores públicos de la
Vicepresidencia de la República del Ecuador, en
ejecución del proceso de depuración institucional de
esta entidad, de conformidad con el informe Nro. MDT-
MDT-2017-0479; Ofi cio Nro. MDT-MDT-2017-0480
y Ofi cio Nro. SENPLADES-2017-0582-OF de 03 de
octubre de 2017.
b) Autorizar y ejecutar los distintos movimientos de
personal prescritos en la Ley Orgánica de Servicio
Público y su Reglamento General, previo informe
técnico de la Subsecretaría de Fortalecimiento
Institucional; así como, las fi guras jurídicas prescitas
en el Código de Trabajo, en el caso de los servidores
públicos contratados bajo dicho régimen laboral, con
base a los informes Ofi cio Nro. MDT-MDT-2017-0479;
Ofi cio Nro. MDT-MDT-2017-0480 Ofi cio Nro.
SENPLADES-2017-0582-OF de 03 de octubre de
2017.
DISPOSICIÓN GENERAL
PRIMERA.- El servidor delegado de conformidad
con el artículo 59 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, en todo acto o
resolución que vaya a ejecutar o adoptar en virtud de esta
delegación, hará constar expresamente esta circunstancia y
deberá observar las disposiciones constitucionales, legales
y reglamentarias; y como delegado, será responsable por
cualquier falta por acción u omisión en el ejercicio de la
misma.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de la publicación en el
Registro Ofi cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano a los 03 de octubre de 2017.
f.) Abg. Héctor Guanopatín Jaime, Ministro del Trabajo
Subrogante.
AGENCIA DE REGULACIÓN Y
CONTROL DE ELECTRICIDAD
No. ARCONEL-004/17
REQUISITOS, CONDICIONES Y
CALIFICACIÓN DE GRANDES CONSUMIDORES
EN EL SECTOR ELÉCTRICO
Considerando:
Que, el artículo 314 de la Constitución de la República
preceptúa que, el Estado será responsable de la provisión
de servicios públicos, entre otros, el de energía eléctrica, de
acuerdo con los principios de obligatoriedad, generalidad,
uniformidad, efi ciencia, responsabilidad, universalidad,
accesibilidad, regularidad;
Que, en el Tercer Suplemento del Registro Ofi cial No. 418
del 16 de enero de 2015, se promulgó la Ley Orgánica del
Servicio Público de Energía Eléctrica -LOSPEE-, la cual
establece las disposiciones para el funcionamiento del
Sector Eléctrico Ecuatoriano;
e la F
cio de la
ulo 154
tículos 17
de la Función Ejecutiva.
Acuerda:
al
po
de la R
institucionalid
e y el rol que debe
unción Ejecutiva; y,
as atribuciones que le confi e
4 de la Constitución de la
7 del Estatuto d
os
a Funci
da:
en
y,
s que le confi er
de la Constitución d
lE
a qu
estos por
ncia d
de in
te y
Fu
las atribuciones que le confi eren
54 de la Constitución de la Rep
s 17 del Estatuto del Régimen Ju
unción Ejecutiva.
al, su
mpeñar
ode
marc
ren
jo
e a
o
M
numera
lica d
f.
Sub
.) Ab
og
p
H
olitan
uda
a c
o a lo
Y
ad de
Y PU
UBLÍQ
io
QU
de l
ará en v
a pub
co y
to
te.
Gua
nopa
an F
octub
Francisc
re
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba