Resoluciones. BCE-SGG-054-2019 Magíster Marcelo Arroyo Tello, Subgerente de Operaciones

Número de Boletín105
SecciónResoluciones
EmisorBanco Central del Ecuador
14 – Viernes 20 de diciembre de 2019 Registro O cial Nº 105
al exterior de todo el personal de la institución, en base al
informe motivado de la Dirección de Administración del
Talento Humano.”;
Que mediante Informe Nro. BCE-DATH-877-2019 de 12
de noviembre de 2019, la Dirección de Administración del
Talento Humano, recomendó a la Subgerencia General,
autorizar la comisión de servicios con remuneración al
exterior a favor de el magíster Santiago Segovia Larrea,
Director Nacional de Síntesis Macroeconómica, con
base a lo establecido en el numeral 10 del artículo 1 de
la Resolución Administrativa No. BCE-GG-093-2019 de
07 de marzo de 2019, y el Memorando Nro. BCE-BCE-
2019-0162-M de 15 de julio de 2019; siendo procedente
su autorización; y,
En ejercicio de sus atribuciones y funciones,
Resuelve:
Artículo 1.- Autorizar la comisión de servicios con
remuneración al exterior de el magíster Santiago Segovia
Larrea, Director Nacional de Síntesis Macroeconómica,
del 17 de noviembre hasta el 22 de noviembre de 2019,
con la nalidad de asistir a la X Reunión de la Conferencia
de Estadística de las Américas - CEA, la cual se llevará a
cabo del 18 al 21 de noviembre en la ciudad de Santiago
de Chile.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de desplazamiento
y permanencia relacionados con el viaje autorizado en el
artículo que precede serán cubiertos con recursos de la
CEPAL, de conformidad con la documentación ingresada
a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.
Artículo 3.- Disponer a la Dirección de Administración
del Talento Humano, dar cumplimiento a lo dispuesto
en la Ley Orgánica de Servicio Público, su Reglamento
General y la Norma Técnica del Subsistema de Formación
y Capacitación, con énfasis en lo relacionado con la
trasmisión de los conocimientos adquiridos por el servidor;
Artículo 4.- Disponer que el magíster Santiago Segovia
Larrea, Director Nacional de Síntesis Macroeconómica,
presente un informe de las actividades desarrolladas, en
el término de 4 días de concluido el viaje al exterior, y
de cumplimiento a lo establecido en el artículo 21 del
Reglamento para el Pago de Viáticos, Movilizaciones y
Subsistencias en el Exterior, para las y los Servidores y
Obreros Público.
DISPOSICIÓN GENERAL.- De la ejecución de
la presente Resolución encárguese a la Dirección de
Administración del Talento Humano.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución, entrará
en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro O cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dada en la ciudad
de Quito, Distrito Metropolitano, a 13 de noviembre de
2019.
f.) Ing. Janeth Maldonado Román, Subgerente General,
Banco Central del Ecuador.
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR.- Es el copia del
original.- Lo certi co.- Fecha: 19 de noviembre de 2019.-
f.) Ilegible, Dirección de Gestión Documental y Archivo.
02 fojas.
No. BCE-SGG-054-2019
Janeth Maldonado Román
SUBGERENTE GENERAL
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
Considerando:
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del
Ecuador, manda que: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la
ley. (…)”;
Que el artículo 234 de la Constitución de la República
del Ecuador, dispone que: “El Estado garantizará la
formación y capacitación continua de las servidoras y
servidores públicos a través de las escuelas, institutos,
academias y programas de formación o capacitación
del sector público; y la coordinación con instituciones
nacionales e internacionales que operen bajo acuerdos
con el Estado.”;
Que el inciso tercero del artículo 303 de la Constitución de
la República del Ecuador establece que el Banco Central
del Ecuador es una persona jurídica de derecho público,
cuya organización y funcionamiento será establecido por
la ley;
Que el artículo 26 del Código Orgánico Monetario y
Financiero determina que el Banco Central del Ecuador
es una persona jurídica de derecho público, parte de la
Función Ejecutiva, de duración inde nida, con autonomía
administrativa y presupuestaria, cuya organización y
funciones están determinadas en la Constitución de la
República, este Código, su estatuto, las regulaciones
expedidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria
y Financiera; y, los Reglamentos internos;
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