Ordenanzas Municipales. Cantón 24 de Mayo- Para aprobar y regular la correcta ejecución del presupuesto general para el ejercicio fiscal año 2024

Fecha de publicación27 Diciembre 2023
EmisorOrdenanzas Municipales
SecciónOrdenanza Municipal
Tipo de documentoOrdenanzas Municipales
Miércoles 27 de diciembre de 2023 Edición Especial Nº 1211 - Registro Ocial
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN 24 DE MAYO
ADMINISTRACIÓN 2023-2027
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 20 de octubre del año 2023, de conformidad al Art. 240 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, la Ec. Genny Ortega
Constante, Directora de Gestión Financiera Municipal, presentó al suscrito ejecutivo
municipal, el anteproyecto de presupuesto, el mismo que contó con el Informe de la
Comisión Permanente de Planificación y Presupuesto del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del cantón 24 de Mayo de fecha: 20 de noviembre del año
2023, el mismo que sirvió de base de la ORDENANZA QUE REGULA LA
APROBACIÓN Y CORRECTA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN 24 DE
MAY O PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 Y EN LO VENIDERO; por lo que el
suscrito Administrador en mi condición legítima de Alcalde del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal del cantón 24 de Mayo, basado en la autorización formal
del Concejo en Pleno, declaro que es necesario contar con dicha Ordenanza
Municipal, acorde a la realidad económico presupuestaria de éste GAD del ejercicio
fiscal del año 2024 y en lo venidero, con las debidas reformas legales.
La comentada ordenanza municipal, aprobada de conformidad con lo previsto en la
Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas,
acuerdo ministerial 062 del Ministerio de Economía y Finanzas del Ecuador, es
necesario articularla a la organización, competencias y facultades que tiene el GAD
Municipal del cantón 24 de Mayo, en función del COOTAD, con lo que se persigue
contar con un instrumento eficiente y eficaz a favor del desenvolvimiento
presupuestario en el ejercicio fiscal del año 2024 y en años posteriores.
En este contexto, es necesario armonizar las disposiciones constitucionales con las
disposiciones del COOTAD, Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas y el
acuerdo ministerial 062 del Ministerio de Economía y Finanzas del Ecuador y las
distintas disposiciones que coadyuven a la correcta aplicación de dicha ordenanza
municipal.
Finalmente, los artículos: 240, 244, 245, 246, 248 y siguientes del COOTAD, han
servido de fuentes legales para la construcción de la presente ORDENANZA
MUNICIPAL.
Ing. Ramón Vicente Cedeño Barberán,
ALCALDE DEL GAD DEL CANTÓN 24 DE MAYO
Firmado electrónicamente por:
RAMON VICENTE
CEDENO BARBERAN
Miércoles 27 de diciembre de 2023Registro Ocial - Edición Especial Nº 1211
3
EL PLENO DEL CONCEJO DE ACUERDO CON EL INFORME DE LA COMISIÓN
PERMANENTE DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN 24 DE MAYO:
CONSIDERANDO
Que, la Constitución de la República del Ecuador publicada en el Registro Ofic ial N.
449, del 20 de octubre del año 2008, establece una nueva organización territorial del
Estado ecuatoriano, incorporó nuevas competencias a los Gobiernos Autónomos
Descentralizados y dispone que por ley se establezca el Sistema Nacional de
Competencias, los mecanismos de financiamiento y la institucionalidad responsable de
administrar estos procesos a nivel nacional.
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador, manda que Los
gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y
financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad
interterritorial, integración y participación. En ningún caso el ejercicio de la autonomía
permitirá la secesión del del territorio nacional, esto en armonía con el principio de
autonomía política, administrativa y financiera establecida en el Art. 5 del Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD),
entendiéndose por autonomía financiera, el derecho de los gobiernos
autónomos descentralizados, de recibir de manera directa, predecible, oportuna,
automática y sin condiciones, los recursos que les corresponden de su
participación del Presupuesto General del Estado, así como en la capacidad de
generar y administrar sus propios recursos..
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
publicado en el Suplemento de Registro Oficial N. 303 del 19 de octubre del año 2010,
determina claramente las fuentes de la obligación tributaria.
Que, el Art. 5 del COOTAD, Autonomía.- La autonomía política, administrativa y
financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes especiales
prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos
niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en
sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención
de otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se ejercerá
de manera responsable y solidaria. En ningún caso pondrá en riesgo el carácter
unitario del Estado y no permitirá la secesión del territorio nacional.
Que, el Art. 6 del COOTAD: Garantía de Autonomía. Ninguna función del Estado ni
autoridad extraña podrá interferir en la autonomía política, administrativa y financiera
propia de los gobiernos autónomos descentralizados, salvo lo prescrito por la
Constitución y las leyes de la República.

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