Ordenanzas Municipales. Cantón Ambato: Que reforma de la Ordenanza de administración, operación y mantenimiento del Terminal Terrestre SUR-TTS

Número de Boletín434
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Edición Especial Nº 434 - Registro Ocial
2
Lunes 29 de agosto de 2022
-1-
EL CONCEJO MUNICIPAL DE AMBATO
CONSIDERANDO:
Que el artículo 32 de la Constitución de la República del Ecuador,
determina como obligación de las instituciones del Estado coordinar
acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en ella;
Que según lo dispuesto en el número 1 del artículo 85 de la Nor ma
Constitucional citada, las políticas públicas y la prestación de bienes y
servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los
derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad;
Que el artí culo 264 de la Constitución de la República del Ecuador, a su
vez define entre otras competencias exclusivas de los gobiernos
municipales, la regulación y ocupación del suelo urbano y rural, la
planificación; regulación y control del tránsito y transporte público
dentro de su territorio cantonal. Así mismo, crear; modificar o suprimir
mediante ordenanzas tasa y contribuciones esp eciales, disponiendo en
su último inciso que; en el ámbito de sus competencias y territorio, y en
uso de sus-facultades, expedirán ordenanzas cantonales;
Que el artículo 286 de la Constitución de la República del Ecuador
prescribe que las finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno, se
conducirán de forma sostenible, responsable y transparente y
procurarán la estabilidad económica;
Que el artículo 54 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, establece como funcion es del gobierno
autónomo descentralizado municipal; entre otras, las de ej ecutar las
competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución
y la ley; y, en dicho marco, prestar los servicios públicos y construir la
obra pública cantonal correspondiente con criterios de calidad,
eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad,
accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad,
subsidiariedad, participación y equidad, además regular, fomentar,
autorizar y controlar el ejercicio de activi dades económicas,
empresariales o profesionales, que se desarrollen en locales ubicados en
la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar los
derechos de la colectividad;
Que el artí culo 322 del señalado Código establece que: Los consejos
regionales y provinciales y los concejos metropolitanos y municipales
aprobarán ordenanzas regionales, provinciales, metropolitanas y
municipales, respectivamente, con el voto conforme de la mayoría de
sus miembros. Los proyectos de ordenanzas, según corresponda a cada
nivel de gobierno, deberán referirse a una sola materia y serán
presentados con la exposición de motivos, el articulado que se
proponga y la expresión clara de los artículos que se deroguen o
reformen con la nueva ordenanza. Los proyectos que no reúnan estos

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