Cantón Baños de Agua Santa: Que regula la actividad y el servicio de transporte terrestre turístico
| Fecha de publicación | 21 Diciembre 2020 |
| Sección | Ordenanza Municipal |
| Número de Gaceta | 1408 |
| instrumentation | Ordenanza Municipal |
Lunes 21 de diciembre de 2020 – 35Registro Ocial – Edición Especial Nº 1408
1
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
Cantón Baños de Agua Santa
DireccDirec ción Tel éfonos Email Web
Thomas Halfl ants y Rocafuerte, Bañ os, Ecuador (593)3 2741 321 / 2740 421 gadbas@ banos.gob. ec www.muni cipiobanos.go b.ec
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN BAÑOS DE AGUA SANTA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226, en concordancia con el numeral 3 del artículo 11 de la Constitución de
la República, establecen la obligación de los Órganos del Estado, sus servidoras y
servidores, a ejercer las competencias y obligaciones que les sean establecidas en la
Constitución y la Ley, pero al mismo tiempo señala el carácter justiciable de los derechos;
Que, el art ículo 238 de la Constitución de la República reconoce que los gobiernos
autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y
se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía
permitirá la secesión del t erritorio nac ional.
Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los
concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos
regionales.
Que, el numeral 6 del artícu lo 264 de la Constitución de la República del Ecuador y en
concordancia el literal f) del art ículo 55 del COOTAD prevén entre las competencias
exclusivas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados del nivel municipal, la de
planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio
cantonal;
Que, el artículo 82 de la Constitución de la República trata de los derechos de protección
reconocidos hacia las personas y señala: “El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta
en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras,
públicas y aplicadas por las autoridades competentes”
Que, el artículo 66 de la Constitución de la República reconoce y garantiza a las personas
los derechos a la libertad y claramente señala en su numeral 25 “El derecho a acceder a
bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato, así
como a recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y características”
Que, el artículo 52 de la Norma Suprema señala: “Las personas tienen derecho a disponer
de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una
información precisa y no engañosa sobre su contenido y características.”
Territorial, Autonomía y Descentralización reconocen facultad legislativa municipal que se
expresa mediante la expedición de normas generales, en el ámbito de las competencias y
dentro de la respectiva jurisdicción;
36 – Lunes 21 de diciembre de 2020 Edición Especial Nº 1408 – Registro Ocial
2
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
Cantón Baños de Agua Santa
DireccDirec ción Teléf onos Email Web
Thomas Halfl ants y Rocafuerte, Bañ os, Ecuador (593)3 2741 321 / 2740 421 gadbas@banos.go b.ec www.mu nicipiobanos .gob.ec
Que, el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización
COOTAD, establece en su artículo 5 “…Autonomía.- La autonomía política,
administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y regímenes
especiales prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de
estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en
sus respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de
otro nivel de gobierno y en beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se ejercerá de
manera responsable y solidaria. En ningún caso pondrá en riesgo el carácter unitario del
Estado y no permitirá la secesión del territorio nacional.
La autonomía política es la capacidad de cada gobierno autónomo descentralizado para
impulsar procesos y formas de desarrollo acordes a la historia, cultura y características
propias de la circunscripción territorial. Se expresa en el pleno ejercicio de las facultades
normativas y ejecutivas sobre las competencias de su responsabilidad; las facultades que
de manera concurrente se vayan asumiendo; la capacidad de emitir políticas públicas
territoriales; la elección directa que los ciudadanos hacen de sus autoridades mediante
sufragio universal, directo y secreto; y, el ejercicio de la participación ciudadana.
La autonomía administrativa consiste en el pleno ejercicio de la facultad de organización y
de gestión de sus talentos humanos y recursos materiales para el ejercicio de sus
competencias y cumplimiento de sus atribuciones, en forma directa o delegada, conforme a
lo previsto en la Constitución y la ley.
La autonomía financiera se expresa en el derecho de los gobiernos autónomos
descentralizados de recibir de manera directa predecible, oportuna, automática y sin
condiciones los recursos que les corresponden de su participación en el Presupuesto
General del Estado, así como en la capacidad de generar y administrar sus propios
recursos, de acuerdo a lo establecido en la Constitución y la ley…”
Que, el literal g) del artículo 54 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, indica que es función del gobierno autónomo
descentralizado municipal el regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad
turística cant onal.
Que, el literal b) del artículo 55 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, señala: “Competencias exclusivas del gobierno autónomo
descentralizado municipal.- Los gobiernos autónomos descentralizados municipales
tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley;
b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón”;
Que, el literal a) del art ículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial,
Autonomía y Descentralización, determina que a los Concejos Municipales les corresponde
el ejercicio de la facultad normativa en las materias de las competencias del gobierno
autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales,
acuerdos y reso lucione s.
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.