Ordenanzas Municipales. Cantón Baños de Agua Santa: Que expide la primera reforma a la Ordenanza que regula la administración, uso, funcionamiento y la actividad comercial en plazas, mercados, ferias populares, centros comerciales populares minoristas y bienes de propiedad municipal

Número de Boletín392
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 17 de febrero de 2021Registro Ocial - Tercer Suplemento Nº 392
23
1
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal
Cantón Baños de Agua Santa
DireccDirección Teléfonos Email Web
Thomas Halflants y Rocafuerte, Baños, Ecuador (593)3 2741 321 / 2740 421 gadbas@banos.gob.ec www.municipiobanos.gob.ec
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL
DEL CANTÓN BAÑOS DE AGUA SANTA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República establece que los gobiernos
autónomos descentralizados municipales gozarán de autonomía política, administrativa
y financiera.
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 264, numeral 5, faculta
a los gobiernos municipales, a crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y
contribuciones especiales de mejoras.
Que, el artículo 53 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, establece que los gobiernos autónomos descentralizados municipales
son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y
financiera.
Que, los literales b) y e) del artículo 55 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización determinan como competencias exclusivas
del gobierno autónomo descentralizado municipal lo siguiente: b) ejercer el control
sobre el uso y ocupación del suelo en el Cantón; y, e) crear, modificar, exonerar o
suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras.
Que, los literales a), b); y, c) del artículo 57 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización determinan como atribuciones del concejo
municipal lo siguiente: a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias de
competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición
de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones; b) Regular, mediante ordenanza, la
aplicación de tributos previstos en la ley a su favor; y, c) Crear, modificar, exonerar o
extinguir tasas y contribuciones especiales por los servicios que presta y obras que
ejecute.
Que, el artículo 186 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización establece que los gobiernos autónomos descentralizados municipales
y distritos metropolitanos mediante ordenanza podrán crear, modificar, exonerar o
suprimir, tasas y contribuciones especiales de mejoras generales o específicas por
procesos de planificación o administrativos que incrementen el valor, del suelo o la
propiedad; por el establecimiento o ampliación de servicios públicos que son de su
responsabilidad; el uso de bienes o espacios públicos; y, en razón de las obras que
ejecuten dentro del ámbito de sus competencias y circunscripción, así como la
regulación para la captación de las plusvalías.
Que, el Concejo Municipal aprobó la Ordenanza que Regula la Administración, Uso,
Funcionamiento y la Actividad Comercial en Plazas, Mercados, Ferias Populares,
Centros Comerciales Populares Minoristas y Bienes de Propiedad Municipal del Cantón
Baños de Agua Santa, misma que fue aprobada el 10 de septiembre del 2020 y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR