Cantón Bolívar: Reforma a la Ordenanza que regula el funcionamiento, administración y sanciones del mercado central

Número de Boletín650-Segundo Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2015

El GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN BOLÍVAR

Considerando:

Que, el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador "Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana"fiel Art. 415 de la Constitución de la República del

Ecuador, proclama: "El Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados adoptarán políticas integrales y participativas de ordenamiento territorial urbano y de uso del suelo, que permitan regular el crecimiento urbano, el manejo de la fauna urbana e incentiven el establecimiento de zonas verdes. Los gobiernos autónomos descentralizados desarrollarán programas de uso racional del agua, y de reducción reciclaje y tratamiento adecuado de desechos sólidos y líquidos. Se incentivará y facilitará el transporte terrestre no motorizado, en especial mediante el establecimiento de ciclo vías.

Que, el Art. 466 del Código Orgánico de Organización, Autonomía y Descentralización: "Corresponde exclusivamente a los gobiernos municipales y metropolitanos el control sobre el uso y ocupación del suelo en el territorio del cantón, por lo cual los planes y políticas de ordenamiento territorial de este nivel racionalizarán las intervenciones en el territorio de todos los gobiernos autónomos descentralizados".

Que, Que el mercado central es un centro comercial de servicio público destinado a la venta por menor de artículos de primera necesidad.

Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Bolívar, en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República en sus Artículos 238, 240, 264.5, artículos 7 y 322 del COOTAD:

Expide: LA REFORMA A LA ORDENANZA QUE REGULA El FUNCIONAMIENTO, ADMINISTRACIÓN y SANCIONES DEL MERCADO CENTRAL DEL CANTÓN BOLÍVAR

Art. 1 UBICACIÓN EXCLUSIVA.- El Gobierno Municipal del Cantón Bolívar, ha construido el mercado central en terreno de propiedad municipal, de 4.296,00 metros cuadrados de superficie, con clave catastral

040250020127002000, ubicado en centro...

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