Cantón Calvas: Que Reglamenta La Aplicación, Cobro Y Exoneración De Las Tasas, Tarifas Y Contribuciones Especiales De Mejoras
Fecha de disposición | 03 Agosto 2017 |
Fecha de publicación | 03 Agosto 2017 |
Número de Gaceta | 53 |
Jueves 3 de agosto de 2017 – 5Registro Ofi cial – Edición Especial Nº 53
oponga a los fi nes de la presente ordenanza, especialmente;
la Ordenanza que reglamenta el cobro de las tasas por
servicios técnicos y administrativos en el cantón Atahualpa
provincia de El Oro, fue discutida y aprobada en las
sesiones ordinarias de la Ilustre Municipalidad de fechas
20 y 26 de septiembre de 1984 con numero de publicación
No. 303 del Registro Ofi cial, y la Ordenanza que determina
la administración y recaudación de las tasas por servicios
técnicos administrativo en el cantón Atahualpa fue
estudiada, discutida y aprobada en las sesiones ordinarias
del 11 de mayo y 17 de julio de 1989, con numero de
publicación No. 553 del Registro Ofi cial.
Primera: Vigencia.- La presente ORDENANZA
SUSTITUTIVA PARA LA DETERMINACIÓN,
ADMINISTRACIÓN Y RECAUDACIÓN DE TASAS
POR SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS
QUE PRESTA A LOS USUARIOS EL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN
ATAHUALPA, entrará en vigencia al día siguiente
de su promulgación efectuada en cualquiera de las
formas previstas en el Art. 324 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y
debido a que contiene normas y disposiciones de carácter
tributario, deberá publicársela en el Registro Ofi cial.
Segunda.- Remítase un ejemplar de este instrumento
jurídico a la Asamblea Nacional, conforme lo dispone el
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización.
Dada en la sala de sesiones del Gobierno Autónomo
Descentralizado del Cantón Atahualpa, a los 21 días del
mes de abril de 2017.
f.) Dr. Exar Quezada Pérez, Alcalde del GAD del Cantón
Atahualpa.
f.) Abg. Víctor Hugo Carreño P., Secretario del GAD del
Cantón Atahualpa.
CERTIFICACION DE DISCUSION Y
NOTIFICACION: Atahualpa, 21 de Abril del 2017.-
Certifi cación: Que la ORDENANZA SUSTITUTIVA
PARA LA DETERMINACIÓN, ADMINISTRACIÓN
Y RECAUDACIÓN DE TASAS POR SERVICIOS
TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS QUE PRESTA
A LOS USUARIOS EL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN ATAHUALPA,
fue aprobada en dos debates por parte del Gobierno
Autónomo Descentralizado del Cantón Atahualpa, los
días 12 de abril y el 21 de abril del 2017 respectivamente,
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización.
f.) Abg. Víctor Hugo Carreño P., Secretario del GAD del
Canton Atahualpa.
Notifi cación: En la Ciudad de Paccha, Cantón Atahualpa, a
los 21 días del mes de abril del año dos mil diecisiete, a las
17H35.- De conformidad a lo que dispone el Art. 322 del
y Descentralización, elévese a conocimiento del señor
Alcalde del Cantón, para su sanción, tres ejemplares de la
ordenanza que contiene, ORDENANZA SUSTITUTIVA
PARA LA DETERMINACIÓN, ADMINISTRACIÓN
Y RECAUDACIÓN DE TASAS POR SERVICIOS
TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS QUE PRESTA
A LOS USUARIOS EL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN ATAHUALPA
f.) Abg. Víctor Hugo Carreño P., Secretario del GAD del
Cantón Atahualpa.
Notifi cación: A los 21 días del mes de abril de 2017,
siendo las 17H55.- De conformidad con las disposiciones
contenidas en el Art. 322 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
habiéndose observado el trámite legal y por cuanto la
presente ordenanza está de acuerdo con la Constitución y
leyes de la Republica.- Sanciono la presente Ordenanza y
promulgo para que entre en vigencia, a partir de la sanción,
su publicación en la gaceta ofi cial, en el dominio Web de la
Municipalidad, sin perjuicio de su aplicación antes de su
publicación en el Registro Ofi cial.
f.) Dr. Exar Quezada Pérez, Alcalde del GAD del Canton
Atahualpa.
CERTIFICO: Que el Dr. Exar Quezada Pérez, Alcalde
del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón
Atahualpa, sanciono y promulgo la presente Ordenanza.
Paccha, 21 de abril del 2017.
f.) Abg. Víctor Hugo Carreño P., Secretario del GAD del
Cantón Atahualpa.
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DEL CANTÓN CALVAS
Considerando:
Que, el Art. 240 de la Constitución de la República, concede
a los gobiernos autónomos municipales plena autonomía en
el ejercicio de la facultad legislativa, en el ámbito de sus
competencias y jurisdicciones territoriales;
Que, el Art. 264 de la Constitución de la República del
Ecuador, en el numeral 5 establece como competencia
exclusiva de los gobiernos municipales. “Crear, modifi car,
o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones
especiales de mejoras”;
Que, el Art. 55 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización en el literal
e) Establece que es competencia exclusiva del gobierno
autónomo descentralizado municipal “Crear, modifi car,
exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y
contribuciones especiales de mejoras”;
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