Ordenanzas Municipales. Cantón Cuenca: Reformatoria a la reforma, actualización, complementación y codificación de la Ordenanza que sanciona el Plan de ordenamiento territorial de la parroquia San Joaquín: determinaciones para el uso y ocupación del suelo de la zona de protección agrícola, forestal, ganadera y natural
Número de Boletín | 441 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Miércoles 28 de abril de 2021Registro O cial - Segundo Suplemento Nº 441
49
1
ORDENANZA REFORMATORIA A LA REFORMA, ACTUALIZACIÓN,
COMPLEMENTACIÓN Y CODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA QUE
SANCIONA EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA
PARROQUIA SAN JOAQUÍN: DETERMINACIONES PARA EL USO Y
OCUPACIÓN DEL SUELO DE LA ZONA DE PROTECCIÓN AGRICOLA,
FORESTAL, GANADERA Y NATURAL
EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DEL CANTÓN CUENCA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3, numeral 5, de la Constitución de la República del Ecuador,
establece que son deberes primordiales del Estado: “Planificar el desarrollo
nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la
distribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir.”;
Que, el artículo 30 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que:
“Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda
adecuada y digna, con independencia de su situación social y económica.”;
Que, el artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, en su numeral
26 establece: “El derecho a la propiedad en todas sus formas, con función y
responsabilidad social y ambiental. El derecho al acceso a la propiedad se hará
efectivo con la adopción de políticas públicas, entre otras medidas.”;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que:
“Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que:
“La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por
principios de eficacia, calidad, jerarquía, desconcentración, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación.”;
Que, el artículo 233 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que:
“Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por
los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán
responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración
de fondos, bienes o recursos públicos.”;
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba