Cantón Déleg: Reforma A La Ordenanza De Creación De La Unidad De Tránsito, Transporte Terrestre, Y Seguridad Vial

Fecha de disposición03 Agosto 2017
Fecha de publicación03 Agosto 2017
Número de Gaceta50
Jueves 3 de agosto de 2017 – 5Registro Of‌i cial Nº 50 – Suplemento
Art. 8.- Sustitúyase en el artículo 14, la frase: “área urbana
de la ciudad de Biblián o de las cabeceras parroquiales”
por la frase: “cantón Biblián”
Art. 9.- Elimínese en el artículo 21 la palabra “urbana”.
Art. 10.- Elimínese en el artículo 38 la frase: “en las áreas
urbanas”
Art. 11.- Elimínese la Disposición Transitoria Tercera.
Art. 12.- Codifíquese las disposiciones transitorias cuarta y
quinta por “tercera y cuarta”
Art. 13.- Sustitúyase en la disposición f‌i nal primera la
frase: “Jefatura de Planif‌i cación” por “Dirección de
Planif‌i cación”
Dada y f‌i rmada en la sala de sesiones del Concejo Municipal
del Cantón Biblián a los 21 días del mes de junio de dos mil
diecisiete.
f.) Econ. Guillermo Espinoza Sánchez, Alcalde de Biblián.
f.) Abg. José Valentín Palaguachi S., Secretario del Concejo.
CERTIFICADO DE DISCUSIÓN.- Certif‌i co
que la presente REFORMA A LA ORDENANZA
SUSTITUTIVA PARA LA DETERMINACIÓN,
GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INFORMACIÓN
DE LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE
MEJORAS POR OBRAS EJECUTADAS EN EL
CANTÓN BIBLIÁN. Fue conocida, debatida y aprobada,
en primero y segundo debate, en dos sesiones ordinarias de
fechas 14 de junio de 2017; y, 21 de junio de 2017; la misma
que es enviada al señor Alcalde Econ. Guillermo Espinoza
Sánchez, para su sanción u observación correspondiente
de conformidad al Artículo 322 del Código Orgánico de
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.-
Biblián, 21 de junio de 2017.
f.) Abg. José Valentín Palaguachi S., Secretario del Concejo
Municipal
ECONOMISTA GUILLERMO ESPINOZA SÁN-
CHEZ, ALCALDE DE BIBLIÁN
De conformidad con las disposiciones constantes en el
Autonomía y Descentralización, habiéndose observado
el trámite legal y por cuanto la presente Reforma a la
Ordenanza está de acuerdo con la Constitución y Leyes de la
República, esta Alcaldía SANCIONA la presente Reforma
de la Ordenanza Municipal, y dispone su publicación
conforme lo establece el Art. 324 del COOTAD.- Biblián,
21 de junio de 2017.
EJECÚTESE
f.) Econ. Guillermo Espinoza Sánchez, Alcalde de Biblián.
Proveyó y f‌i rmó el decreto que antecede el Econ. Guillermo
Espinoza Sánchez, Alcalde de Biblián a los veinte y un días
del mes de junio de dos mil diecisiete.
f.) Abg. José Valentín Palaguachi S., Secretario del Concejo
Municipal.
EL CONCEJO MUNICIPAL
DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN DÉLEG
Considerando:
numeral 6, otorga la competencia exclusiva para que las
municipalidades del país, dentro de su jurisdicción, asuman
la planif‌i cación, regulación y control del tránsito y el
transporte público.
y Descentralización, crearon el Sistema Nacional de
Competencias, con el objeto de organizar las instituciones,
planes, programas, políticas y actividades relacionadas con
el ejercicio de las competencias que corresponden a cada
nivel de gobierno, preservando los principio de autonomía,
coordinación, complementación y subsidiaridad.
Que, mediante Resolución 006-CNC-2012 del Consejo
Nacional de Competencias, en su artículo 1 resuelve:
Transferir la competencia para planif‌i car, regular y
controlar el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad
vial, a favor de los gobiernos autónomos descentralizados
metropolitanos y municipales del país, progresivamente,
de conformidad a los términos previstos en la referida
resolución”.
Que, mediante Resolución 006-CNC-2012 del Consejo
Nacional de Competencias, en su artículo 3 señala: “Para
el ejercicio de la competencia en materia de transporte
terrestre, tránsito y seguridad vial, se han establecido
tres modelos de gestión, en los que se ha considerado:
necesidades territoriales en tránsito, transporte terrestre
y seguridad vial; experiencia de los GADs; y requisitos
mínimos de sostenibilidad del servicio”.
Que, con of‌i cio Nro. ANT-2015-2935, suscrito por la
señora Diana Pacheco Jiménez, Directora de Control
Técnico Sectorial, la cual efectúa ciertas observaciones a la
Ordenanza de Creación de la Unidad de Tránsito, Transporte
Terrestre, y Seguridad Vial del Cantón Déleg, indicando
que es necesario reformar la Ordenanza, conforme a las
observaciones realizadas.
Que, los artículos 57 literal b) y 58 literal b) del Código
Descentralización (COOTAD), otorga la facultad a los
municipios de aplicar mediante ordenanza, los tributos
municipales, creados expresamente por la ley.
Que, en base a la Resolución 003-CNC-2015, del Consejo
Nacional de Competencias, cambia el modelo de gestión
a los GAD Municipales que se encontraban en categoría
“C” pasan a la “B”, por tal razón es necesario reformar la
ordenanza de Creación de Tránsito, Transporte Terrestre, y
Seguridad Vial del Cantón Déleg.
Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
Territorial, Autonomía y Descentralización, está atribuido
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