Ordenanzas Municipales. Cantón Guano: Que regula el uso y ocupación del suelo

Número de Boletín275-Edición Especial
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2014

EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE GUANO

Considerando:

Que, el Art. 264 de la Constitución, dice que los gobiernos autónomos descentralizados dentro del ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades expedirán ordenanzas cantonales, en concordancia con lo que determina el articulo 57 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización;

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No 303 del 19 de octubre del 2010, da cuenta de un nuevo cuerpo legal que integra la normativa de todos los gobiernos autónomos descentralizados, como mecanismo para evitar las dispersión jurídica y contribuir a brindar racionalidad y complementariedad al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 7 del COOTAD, establece la facultad normativa de los Concejos Municipales para dictar normas de carácter general a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial;

Que, el artículo 84 de la Constitución, al hablar de las garantías normativas, señala que la Asamblea Nacional y todo órgano con potestad normativa tendrán la obligación de adecuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y tratados internacionales, y los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades;

Que, de acuerdo al artículo 424 del COOTAD, en toda división de suelo, se debe entregar áreas verdes, ya sea en dinero o en superficie de terreno, según el caso, creándose pequeños espacios de terreno a favor de la municipalidad, sin que se garantice un equilibrio ambiental; por lo que estaríamos frente a una posible disminución de derechos, según lo señala el numeral 8 del artículo 11 de la Constitución;

Que, es necesario contar con un cuerpo normativo que señale el alcance y la aplicación de los diferentes proyectos que se llevan a cabo en el GADM de Guano, en lo referente al ordenamiento territorial; y,

En el ejercicio de la facultad y competencia que le confieren los artículos 240 y 264 de la Constitución de la República del Ecuador, en armonía con lo previsto en los artículos 7 y 57 letra a) y 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

Expide:

LA ORDENANZA QUE REGULA EL USO Y OCUPACIÓN DEL SUELO EN EL CANTÓN GUANO.

CAPITULO I Artículos 1 a 20
SECCIÓN PRIMERA DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 9
Art. 1

ALCANCE.- La presente ordenanza tendrá vigencia en el perímetro del cantón Guano; y se sujetará a ésta, toda construcción nueva, reconstrucción, remodelación, restauración, ampliación de edificación, urbanizaciones, subdivisiones, reestructuraciones e integraciones parcelarias y todo lo concerniente al fraccionamiento territorial, requerirá de la aprobación y autorización municipal del proyecto a través de la Dirección de Gestión de Obras Públicas - Jefatura y/o Dirección de Planificación del GADM-GUANO; para lo cual debe cumplir con las Normas de Arquitectura y Urbanismo.

Los proyectos deben presentarse con la firma del propietario o su representante legal y del profesional del área afín responsable del proyecto.

En el Centro Histórico de la Ciudad, todo proyecto relativo a cualquiera de los inmuebles que consten como inventariados, esto es con protección total o parcial, o de los inmuebles que sin encontrarse inventariados se encontraren ubicados en el Centro Histórico, requerirán informe de viabilidad por parte del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural, el informe favorable de la Comisión de Centro Histórico; y, la consecuente aprobación del Concejo Municipal.

Art. 2 INFORMES DE APROBACIÓN.- Los informes de Aprobación, son los documentos mediante los cuales, la Jefatura o Dirección de Planificación y Dirección de Asesoría Jurídica del GADM-GUANO, emiten su conformidad y viabilidad respecto de los proyectos presentados; con la finalidad de que los usuarios obtengan la resolución de autorización de parte de la máxima autoridad, según sea el caso.
Art. 3 REQUISITOS PARA LA APROBACIÓN DE PLANOS EN GENERAL.- Para obtener la aprobación de un proyecto de edificación en zonas urbanas, se presentarán los siguientes documentos:
  1. Solicitud dirigida al Señor Alcalde del Cantón Guano.

  2. Línea de fábrica.

  3. Cuatro juegos de planos arquitectónicos; y, en caso de préstamos hipotecarios, tres juegos.

  4. Certificado de no adeudar al GADM-GUANO.

  5. Copia de la carta de pago del impuesto predial urbano actualizado.

  6. Copia de la carta del último pago por el servicio de agua potable o certificado.

  7. Copia de la cédula de ciudadanía y del certificado de votación del propietario.

  8. Copia de la escritura de propiedad, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad.

  9. Solicitud de permiso provisional de construcción.

  10. Certificado de gravámenes actualizado.

  11. Formulario del INEC.

  12. Informe del Ministerio del Ambiente, la SENAGUA y Subsecretaría de Riego, CONELEC, en caso de que la construcción se ubique junto a un canal de riego, fuentes de agua, ríos, lagunas, vertientes, sifones, quebradas con sus taludes y franjas de protección; los esteros y los ríos con sus lechos y sus zonas de remanso y protección, las franjas correspondientes a las torres y redes de tendido eléctrico, de oleoductos, poliductos similares y otros.

  13. En caso de adosamiento, añadir la autorización notariada de los colindantes, que permiten el adosamiento.

Art. 4

MODIFICACIONES Y ACTUALIZACIONES A LOS PLANOS APROBADOS.- Cuando se realicen modificaciones a los planos aprobados, que afecten el uso del suelo, altura de edificación, superficie construida, ocupación de retiros, alteración de fachadas, será obligatoria la aprobación de los planos modificatorios, en virtud de las nuevas regulaciones vigentes, si las hubiere, para lo cual deberá presentar la siguiente documentación:

  1. Solicitud dirigida al Señor Alcalde del Cantón Guano.

  2. Proyecto original aprobado (juego completo).

  3. Cuatro juegos de planos del proyecto modificado resaltando los cambios realizados.

  4. Certificado de no adeudar al GADM-GUANO.

  5. Copia de la cédula de ciudadanía y del certificado de votación del propietario.

  6. Formulario de Informe de aprobación de planos para construcción.

  7. Certificado de gravámenes actualizado.

  8. Formulario del INEC.

  9. Memoria justificativa de los cambios y modificaciones.

  10. Copia de la escritura de propiedad, debidamente inscrita en el Registro Municipal de la Propiedad.

  11. En el caso de edificaciones de propiedad horizontal se requerirá autorización de los condóminos (acta notariada de la asamblea de condóminos).

Art. 5 CADUCIDAD Y REAPROBACIÓN DE PROYECTOS GENERALES DE EDIFICACIÓN.- Todo plano aprobado tendrá una vigencia para su ejecución de un año, tiempo en el cual caduca su aprobación, la Jefatura o Dirección de Planificación del GADM- GUANO, reprobará un proyecto de edificación que hubiere caducado, previa la presentación de los siguientes documentos:
  1. Solicitud dirigida al Señor Alcalde del Cantón Guano.

  2. Dos juegos de planos del proyecto original aprobado (un original y una copia de planos).

  3. Certificado de no adeudar al GADM-GUANO.

  4. Copia de la carta de pago del impuesto predial urbano actualizado.

  5. Copia de la carta del último pago agua potable o certificado.

  6. Copia de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del propietario.

  7. Escritura de propiedad, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad.

  8. Certificado de gravámenes actualizado.

Art. 6 REQUISITOS SOBRE ANTEPROYECTOS.- Los proyectistas pueden elevar consultas sobre anteproyectos a la Jefatura o Dirección de Planificación del GADM-GUANO, adjuntando los siguientes documentos:
  1. Solicitud dirigida al Señor Alcalde del Cantón Guano.

  2. Línea de fábrica.

  3. Copia de la escritura de propiedad, debidamente inscrita en el Registro Municipal de la Propiedad.

  4. Certificado de no adeudar al GADM-GUANO.

  5. Copia de la carta de pago del impuesto predial urbano actualizado.

  6. Copia de la carta del último pago de agua potable.

  7. Copia de la cédula de ciudadanía y del certificado de votación del propietario.

  8. Para conjuntos habitacionales presentar:

    1. Certificación de ejes viales.

    2. Factibilidad de agua potable y Alcantarillado

    3. Factibilidad de red eléctrica.

  9. Copia de los planos en que conste graficado claramente el anteproyecto.

Art. 7 PROYECTOS DE AMPLIACIÓN Y/O MODIFICACIÓN DE CONSTRUCCIONES.- Para los proyectos de ampliación o modificación de construcciones existentes, se presentarán planos de las secciones nuevas y de las escaleras en la edificación, a fin de verificar las condiciones de seguridad.

Además debe cumplir con todas las disposiciones pertinentes de esta Ordenanza.

Se identificará en el plano de la siguiente manera:

Demoliciones: color amarillo.

Construcción nueva: color rojo.

Construcción sin demoler: sin color.

Art. 8 DEL TÉRMINO PARA LA TRAMITACIÓN DE PROYECTOS DE EDIFICACIÓN.- La Jefatura o Dirección de Planificación del GADM-GUANO, comunicará al interesado el resultado del trámite de los proyectos presentados, de acuerdo a los siguientes términos:
  1. Anteproyectos y proyectos de edificación: 15 días hábiles desde la fecha de su presentación.

  2. Proyectos especiales: 30 días hábiles desde la fecha de su presentación.

Art. 9 PROYECTOS NO APROBADOS.- Cuando un proyecto no hubiere...

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