Ordenanzas Municipales. Cantón Guayaquil: Que reforma a la Ordenanza para el fomento de la economía circular

Número de Boletín1763
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 22 de noviembre de 2021Registro Ocial - Edición Especial Nº 1763
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MUY ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL
(GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO)
REFORMA ORDENANZA PARA EL FOM ENTO DE L A ECONOMÍ A CIRCULAR EN EL CANT ÓN GUAYAQ UIL
Pág. 1
EL M. I. CONCEJO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL
CONSIDERANDO:
establece entre los deberes primordiales del Estado: “Planificar el desarrollo
nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la
redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir”;
Estado “promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías
ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo
impacto. (…)”;
Que, el numeral 15 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador,
reconoce y garantiza a las personas “El derecho a desarrollar actividades
económicas, en forma individual o colectiva, conforme a los principios de
solidaridad, responsabilidad social y ambiental”;
Estado aplicará “medidas de precaución y restricción para las actividades que
puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la
alteración permanente de los ciclos naturales. (…)”;
régimen de desarrollo es “el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los
sistemas económicos, políticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan
la realización de buen vivir, del sumak kawsay”;
establece como uno de los deberes generales del Estado para la consecución
del buen vivir “Impulsar el desarrollo de las actividades económicas mediante
un orden jurídico e instituciones políticas que las promuevan, fomenten y
defiendan mediante el cumplimiento de la Constitución y la ley”;
Que, en el numeral 2 del artículo 278 de la Constitución de la República del Ecuador
se establece que para la consecución del buen vivir, a las personas y a las
colectividades, y sus diversas formas organizativas, les corresponde “Producir,
intercambiar y consumir bienes y servicios con responsabilidad social y
ambiental”;
Que, el numeral 4 del artículo 284 de la Constitución de la República del Ecuador
reconoce entre los objetivos de la política económica: “Promocionar la
incorporación del valor agregado con máxima eficiencia, dentro de los límites
biofísicos de la naturaleza y el respeto a la vida y a las culturas”;

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