Ordenanzas Municipales. Cantón Huaquillas: De actualización y formulación del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial PDYOT 2019 - 2023

Número de Boletín240
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Viernes 3 de junio de 2022 Edición Especial Nº 240 - Registro Ocial
2
G
obierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Huaquillas
1
ORDENANZA DE ACTUALIZACION Y FORMULACION DEL PLAN DE
DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN PDYOT
2019-2023 DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL
CANTÓN HUAQUILLAS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Constitución de la República en su artículo primero, reconoce al Ecuador como
estado constitucional de derechos y de justicia, esto es que la Constitución, además
de regular la organizaci ón del poder y las fuentes del derecho, genera de m odo
directo derechos y obligaciones inmediatamente exigibles, su eficacia ya no depende
de la interposición de ninguna voluntad legislativa, s ino que es directa e inmediata.
La Constitución de la República en su artículo 238 dispone que los gobiernos
autónomos descentralizados, gozan de autonomía política, administrativa y
financiera, en tanto que el artículo 240 ibídem, reconoce a los gobiernos autónomos
descentralizados el ejercicio de la facultad legislativa en el ámbito de sus
competencias y su jurisdicción territorial, con lo cual los concejos cantonales están
investidos de capacidad jurídica para dictar nor mas de interés y aplicación
obligatoria dentro de su jur isdicción, también el artículo 264 de la constitución
prevé las competencias exclusivas de lo s gobiernos municipales, las que según
dispone el artículo 260 ibídem, no impi de el ejercicio concurr ente en la gestión de
los servicios públicos y actividades de c olaboración y complementariedad d e otros
niveles de gobierno.
La Constitución, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, el Códig o Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, y la Ley
Orgánica de Uso y G estión de Suelo, determinan que los gobiernos munici pales
deben ejercer su competencia exclusiva de planificar el desarrollo y el ordenamiento
territorial, así como controlar el uso y ocupación del suelo, para lo c ual debe contar
con la part icipación a ctiva y organizada de la ciudadanía por intermedio de sus
representantes.
Los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, prioriza tod os aquellos
aspectos que son de transcendencia para el desarro llo cantonal , además es
competencia privativa del Gobi erno Autónomo Descentr alizado del Cantón
Huaquillas la reg ulación del uso y ocupación del suelo, en cuyo caso los demás
niveles de gobierno deben respetar esas decisiones municipales, las que deben
gozar de legitimidad expresada a través de los espacios de participación ciudadana
como es el caso del Consejo Cantonal de Planificació n.
Una adecuada y eficaz planificación del desarrollo , que goce de legitimi dad
expresada por lo s distintos actores sociales, son de mucha trascendencia loc al, sin
embargo, esa participación ciudadana debe ser ordenad a y organizada para evitar
confusiones y caos, acorde con la realidad cantonal, en cuyo propósito se hace
Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Huaquillas
1
ORDENANZA DE ACTUALIZACION Y FORMULACION DEL PLAN DE
DESARROLLO Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL CANTÓN PDYOT
2019-2023 DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL
CANTÓN HUAQUILLAS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Constitución de la República en su artículo primero, reconoce al Ecuador como
estado constitucional de derechos y de justicia, esto es que la Constitución, además
de regular la organización del poder y las fuentes del derecho, genera de modo
directo derechos y obligaciones inmediatamente exigibles, su eficacia ya no depende
de la interposición de ninguna voluntad legislativa, sino que es directa e inmediata.
La Constitución de la República en su artículo 238 dispone que los gobiernos
autónomos descentralizados, gozan de autonomía política, administrativa y
financiera, en tanto que el artículo 240 ibídem, reconoce a los gobiernos autónomos
descentralizados el ejercicio de la facultad legislativa en el ámbito de sus
competencias y su jurisdicción territorial, con lo cual los concejos cantonales están
investidos de capacida d jurídica para dictar normas de interés y aplicación
obligatoria dentro de su jurisdicción, también el artículo 264 de la constitución
prevé las competencias exclusivas de los gobiernos municipales, las que según
dispone el artículo 260 ibídem, no impide el ej ercicio concurrente en la gestión de
los servicios públicos y actividades de colaboración y com plementariedad de otros
niveles de gobierno.
La Constitución, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, y la Ley
Orgánica de Uso y Gestión de Suelo, determinan que los gobiernos municipales
deben ejercer su competencia exclusiva de planificar el desarrollo y el ordenamiento
territorial, así como controlar el uso y ocupación del suelo, para lo cual debe contar
con la participación activa y organizada de la ciudadanía por intermedio de sus
representantes.
Los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial, prioriza todos aquellos
aspectos que son de transcendencia para el desarrollo cantonal, además es
competencia privativa del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón
Huaquillas la regulación del uso y ocupación del suelo, en cuyo caso los demás
niveles de gobierno deben respetar esas decisiones municipales, las que deben
gozar de legitimidad expresada a través de los espacios de participación ciudadana
como es el caso del Consejo Cantonal de Planificación.
Una adecuada y eficaz planificación del desarrollo, que goce de legitimidad
expresada por los distintos actores sociales, so n de mucha trascendencia local, sin
embargo, esa participación ciudadana debe ser ordenada y organizada para evitar
confusiones y caos, acorde con la realidad cantonal, en cuyo propósito se hace
Viernes 3 de junio de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 240
3
Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón Huaquillas
2
indispensable expedir normas regulatorias locales, con base en la normativa
constitucional y legal aplicable al caso concreto.
Es necesario que, a través de una real Planificación y los componentes del Plan de
Desarrollo y Ordenamiento Territorial, con el objeto de garantizar los derechos de
las personas, por lo que se propone un Plan que responda a las realidades del cantón
en su situación actual y de forma prospectiva.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR