Ordenanzas Municipales. Cantón Jama: Que aprueba el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) y el Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS)

Número de Boletín624
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 29 de noviembre de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 624
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EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN JAMA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Constitución de la República del Ecuador,
establece: Son deberes primordiales del Estado: 5. Planificar el
desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo
sustentabl e y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza,
para acceder al buen vivir….
Que, el artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador,
menciona: Los gobiernos municipales tendrán l as siguientes
competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: 1.
Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes
de ordenamiento territorial, de manera articulada con la
planificación nacional, regional , provincial y parroquial, con el fin de
regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural…”.
Que, el artí culo 61 de la Carta M agna prescribe: Las ecuatorianas y
ecuatorianos gozan de los siguientes derechos: ... 2. Participar en los
asuntos de interés público… 4. Ser consultados…”.
Que, el artículo 85 de la Cons titución, dispone: “La formulación,
ejecución, evaluación y control de las políticas blicas y servicios
públicos que garanticen los derechos reconocidos por la
Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones:
En la formulación, ejecución, evaluación y contro l de las polí ticas
públicas y servicios públicos se garantiza la participación de las
personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.
Que, el artícul o 95 de la Constitución, señala: Las ciudadanas y
ciudadanos, en forma individual y colectiva, participarán de manera

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