Ordenanzas Municipales. Cantón Machala: Reformatoria a la Ordenanza de recaudación de la tasa de recolección de basura

Número de Boletín607-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 4 de Agosto de 2015

EL I. CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MACHALA

Considerando:

Que, conforme lo determina el Art. 1, de la Constitución de la República, el Ecuador es un Estado Constitucional de derechos y justicia, social, democrática, soberana, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de República y se gobierna de manera descentralizada;

Que, la Constitución de la República, en el artículo 14, reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir;

Que, en el artículo 238, del mismo cuerpo constitucional, se establece que los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y . nanciera y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana;

Que, el artículo 264, ibídem, establece en su último inciso que, los gobiernos municipales en el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán ordenanzas cantonales;

Que, el Artículo 415, de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que los Gobiernos Autónomos Descentralizados desarrollaran programas de uso racional del agua, y de reducción reciclaje y tratamiento adecuado de desechos sólidos y líquidos.

Que, el literal d), del Artículo 55, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establece que los Gobiernos Autónomos Descentralizados tienen competencia exclusiva para prestar los servicios públicos de manejo de desechos sólidos y actividades de saneamiento ambiental.

Que, según lo determinan los artículos 566 y 568, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales tienen la facultad de determinar tasas por la prestación de servicios públicos, entre los cuales se encuentran los de recolección de basura y aseo público.

Que, para el aseo, la limpieza de calles y recolección de basura, el I. Concejo de Machala, con fecha 21 de Agosto de 1992, aprobó la ordenanza de recaudación de tasa de recolección de basura, que aplica una tarifa del 10% a la base imponible establecida en el monto total que los usuarios del servicio eléctrico debían cancelar mensualmente a la Empresa Eléctrica de El Oro S.A.; norma legal publicada en el Registro Oficial Nro. 112, del jueves 21 de Enero de 1993;

Que, I. Concejo Cantonal de Machala, considerando que el crecimiento poblacional de Machala provoca una mayor generación de desechos sólidos; por lo que dictó con fecha 29 de Diciembre de 2009, la Reforma a la Ordenanza de Recaudación de Tasa de Recolección de Basura, estableciendo un valor adicional para cubrir los gastos de manejo y destino .nal de los desechos sólidos que se generan en el cantón; ordenanza publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 111, del martes 19 de Enero de 2010;

Que, el I. Concejo Municipal de Machala, el 28 de Mayo de 2010, sancionó la ordenanza que regula la creación, organización y funcionamiento de la empresa municipal de aseo de Machala, EMAM-EP...

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