Ordenanzas Municipales. Cantón Montúfar: De presupuesto general para el ejercicio fiscal 2021

Número de Boletín598
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Edición Especial Nº 598 - Registro Ocial
28
Martes 8 de noviembre de 2022
ADMINISTRACION 2019-2023
Página | 1
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GAD Montúfar
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTONOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE MONTUFAR
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la Republica en su Art. 238 en concordancia con el Art. 5 del Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, establecen la
autonomía política, administrativa y financiera de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados.
Que, la constitución de la Republica en el Art. 2933, en concordancia con el Art. 215 el
Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y descentralización determinan:
La formulación y la ejecución del Presupuesto General del Estado se ejecutara al Plan
Nacional de Desarrollo. Los presupuestos de los gobiernos autónomos descentralizados y
los de otras entidades públicas se ajustaran los planes regionales, provinciales, cantonales y
parroquiales, respectivamente, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo, sin menoscabo
se someterán a reglas fiscales y de endeudamiento interno, análogas a las del Presupuesto
General del Estado, de acuerdo a la ley.
Que, el código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en el
Art. 57 establece: son atribuciones del concejo municipal.- g) Aprobar u observar el
presupuesto del gobierno autónomo descentralizado municipal, que deberá guardar
concordancia con el plan cantonal de desarrollo y con el de ordenamiento territorial; así
como garantizar una participación ciudadana en el marco de la constitución y la ley. De igual
forma, aprobar u observara la liquidación presupuestaria del año inmediato anterior, con las
respectivas reformas;
Que, el Código de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en el Art. 173,
establece.- Transferencias del presupuesto general del Estado.- Comprende las asignaciones
que les corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados del presupuesto general del
Estado correspondientes a ingresos permanentes y no permanentes, los que provengan por
le costeo de las competencias a ser trasferidas; y, los transferidos de los presupuestos de otras
entidades de derecho público, de acuerdo a la Constitución y a la ley.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en el
Art. 218.- establece El órgano legislativo, y de fiscalización aprobara el presupuesto general
del respectivo gobierno autónomo descentralizado.
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en el
Art. 57.- establece: Al Concejo Municipal le corresponde: a) El ejercicio de la facultad
normativa en las materias de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones.

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