Ordenanzas Municipales. Cantón Morona: De construcciones y ornato

SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Jueves 9 de febrero de 2017 – 11Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 882
IMPLEMENTACIÓN DE ESPACIOS DE COMERCIO
JUSTO Y SOLIDARIO “YO PREFIERO” EN LAS
FERIAS LIBRES DEL CANTÓN CALVAS”, fue
conocida, discutida y aprobada en dos debates, los mismos
que se llevaron a cabo en la sesión ordinaria de fecha jueves
22 de Diciembre del 2016, y sesión ordinaria de fecha
Miércoles veintiocho de diciembre del 2016.
f.) Ab. Byron Paul Ludeña Torres, Secretario General del
Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Calvas.
SECRETARÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN CALVAS.-
Cariamanga, a los veintinueve días del mes de diciembre
del 2016, a las 09H50, conforme lo dispone el art. 322
Territorial, Autonomía y Descentralización, se remite la
presente “ORDENANZA QUE REGULA, CONTROLA
Y FOMENTA LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA
LOCAL DEL CANTÓN CALVAS CON LA
IMPLEMENTACIÓN DE ESPACIOS DE COMERCIO
JUSTO Y SOLIDARIO “YO PREFIERO” EN LAS
FERIAS LIBRES DEL CANTÓN CALVAS”. Al
señor Alcalde del Cantón Calvas, para su sanción en tres
ejemplares, en vista de haberse cumplido con los requisitos
legales correspondientes.
f.) Ab. Byron Paul Ludeña Torres, Secretario General del
Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Calvas.
ALCALDÍA DEL CANTÓN CALVAS.- SANCIÓN.-
Cariamanga, a los veintinueve días del mes de diciembre
del año 2016; siendo las 16H30 en uso de la facultad que me
Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,
sanciono favorablemente la “ORDENANZA QUE
REGULA, CONTROLA Y FOMENTA LA
PRODUCCIÓN AGRÍCOLA LOCAL DEL CANTÓN
CALVAS CON LA IMPLEMENTACIÓN DE
ESPACIOS DE COMERCIO JUSTO Y SOLIDARIO
“YO PREFIERO” EN LAS FERIAS LIBRES DEL
CANTÓN CALVAS”.
f.) Dr. Mario Vicente Cueva Bravo, Alcalde del Gobierno
Autónomo Descentralizado del Cantón Calvas.
ALCALDÍA DEL CANTÓN CALVAS.-
PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.- Cariamanga, a
los veintinueve días del mes de diciembre del año 2016,
siendo las 16H40 en uso de la facultad que me conf‌i ere el
Autonomía y Descentralización, autorizo la promulgación
de “ORDENANZA QUE REGULA, CONTROLA
Y FOMENTA LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA
LOCAL DEL CANTÓN CALVAS CON LA
IMPLEMENTACIÓN DE ESPACIOS DE COMERCIO
JUSTO Y SOLIDARIO “YO PREFIERO” EN LAS
FERIAS LIBRES DEL CANTÓN CALVAS”. Publíquese
la Ordenanza en el Registro Of‌i cial Municipal del y página
web del Municipio de Calvas.
f.) Dr. Mario Vicente Cueva Bravo, Alcalde del Gobierno
Autónomo Descentralizado del Cantón Calvas.
SECRETARÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN CALVAS.-
Cariamanga, a los veintinueve días del mes de diciembre
del 2016, a las 16H45.- Proveyó y f‌i rmó los decretos que
anteceden el Dr. Mario Vicente Cueva Bravo, Alcalde del
Cantón Calvas.- Lo certif‌i co.
f.) Ab. Byron Paul Ludeña Torres, Secretario General del
Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Calvas.
EL GOBIERNO MUNICIPAL
DEL CANTÓN MORONA
Considerando:
promulga el derecho de las personas “a acceder y participar
del espacio público como ámbito de deliberación,
intercambio cultural, cohesión social y promoción de
la igualdad en la diversidad. El derecho a difundir en el
espacio público las propias expresiones culturales se
ejercerá sin más limitaciones que las que establezca la ley,
con sujeción a los principios constitucionales”.
Que, el art. 329 de la constitución establece “Se reconocerá
y protegerá el trabajo autónomo y por cuenta propia
realizado en espacios públicos, permitidos por la ley y otras
regulaciones. Se prohíbe toda forma de conf‌i scación de sus
productos, materiales o herramientas de trabajo”.
señala que “el Estado central y los gobiernos autónomos
descentralizados adoptarán políticas integrales y
participativas de ordenamiento territorial urbano y de uso
del suelo, que permitan regular el crecimiento urbano, el
manejo de la fauna urbana e incentiven el establecimiento
de zonas verdes”.
del Ecuador, determina que: “los gobiernos autónomos
descentralizados gozarán de autonomía política,
administrativa y f‌i nanciera y se regirán por los principios
de solidaridad, subsidiaridad, equidad interterritorial,
integración y participación ciudadana”.
Que, el artículo 264, en el inciso f‌i nal de la Constitución
de la República del Ecuador, determina que los gobiernos
autónomos descentralizados, en el ámbito de sus
competencias y territorio, y en uso de sus facultades,
expedirán ordenanzas cantonales.
declara que “el Estado, en todos sus niveles de gobierno,
garantizará el derecho al hábitat y a la vivienda digna, para
lo cual generará la información necesaria para el diseño de
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estrategias y programas que comprendan las relaciones
entre vivienda, servicios, espacio y transporte públicos,
equipamiento y gestión del suelo urbano”.
Que, el Artículos 7 del COOTAD Facultad normativa.-
Para el pleno ejercicio de sus competencias y de las
facultades que de manera concurrente podrán asumir,
se reconoce a los consejos regionales y provinciales,
concejos metropolitanos y municipales, la capacidad
para dictar normas de carácter general, a través de
ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de
su circunscripción territorial. El ejercicio de esta facultad
se circunscribirá al ámbito territorial y a las competencias
de cada nivel de gobierno, y observará lo previsto en la
Constitución y la Ley.
Que, el artículo 54 literal “m” del COOTAD: “Regular
y controlar el uso del espacio público cantonal y, de
manera particular, el ejercicio de todo tipo de actividad
que se desarrolle en él, la colocación de publicidad, redes
o señalización”; en concordancia con lo establecido en
el literal “o” ibídem que dice: “Regular y controlar las
construcciones en la circunscripción cantonal, con especial
atención a las normas de control y prevención de riesgos
y desastres.
Qué; el Articulo 57 COOTAD determina Atribuciones del
concejo municipal.- Al concejo municipal le corresponde:
a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias
de competencia del gobierno autónomo descentralizado
municipal, mediante la expedición de ordenanzas
cantonales, acuerdos y resoluciones; b) Regular, mediante
ordenanza, la aplicación de tributos previstos en la ley a
su favor; c) Crear, modif‌i car, exonerar o extinguir tasas
y contribuciones especiales por los servicios que presta
y obras que ejecute; x) Regular y controlar, mediante la
normativa cantonal correspondiente, el uso del suelo en el
territorio del cantón, de conformidad con las leyes sobre
la materia, y establecer el régimen urbanístico de la tierra.
Qué; el Artículo 297 del COOTAD determina Objetivos del
ordenamiento territorial.- El ordenamiento del territorio
regional, provincial, distrital, cantonal y parroquial, tiene
por objeto complementar la planif‌i cación económica, social
y ambiental con dimensión territorial; racionalizar las
intervenciones sobre el territorio; y, orientar su desarrollo
y aprovechamiento sostenible, a través de los siguientes
objetivos: a) La def‌i nición de las estrategias territoriales
de uso. Ocupación y manejo del suelo en función de los
objetivos económicos, sociales, ambientales y urbanísticos.
Que, el artículo Art. 323 del COOTAD, Decisiones
legislativas.- Los consejos regionales y provinciales y
los concejos metropolitanos y municipales aprobarán
ordenanzas regionales, provinciales, metropolitanas y
municipales, respectivamente, con el voto conforme de la
mayoría de sus miembros. Los proyectos de ordenanzas,
según corresponda a cada nivel de gobierno, deberán
referirse a una sola materia y serán presentados con la
exposición de motivos, el articulado que se proponga y la
expresión clara de los artículos que se deroguen o reformen
con la nueva ordenanza. Los proyectos que no reúnan estos
requisitos no serán tramitados.
Que, el artículo 382 del COOTAD, establece: los
procedimientos administrativos que se ejecuten en los
gobiern os autónomos descentralizados observaran los
principios de legalidad, celeridad, cooperación, ef‌i ciencia,
ef‌i cacia, transparencia, participación, libre acceso al
expediente, informalidad, inmediación, buena fe y
conf‌i anza legítima. Los procedimientos administrativos no
regulados en este código estarán regulados expresamente
por acto normativo expedido por el correspondiente
gobierno autónomo descentralizado de conformidad a
este código. Dichas normas incluirán, al menos los plazos
máximos de duración del procedimiento y los
efectos que produjeren su vencimiento.
Territorial, Autonomía y Descentralización establece que
“las personas naturales o jurídicas, o entes carentes de
personalidad jurídica tienen libertad de usar los bienes
de uso público, sin otras restricciones que las impuestas
por la Constitución, la Ley, ordenanzas y reglamentos
respectivos”.
Territorial, Autonomía y Descentralización ordena que
“los gobiernos autónomos descentralizados de manera
concurrente establecerán las normas para la gestión
integral del ambiente y de los desechos contaminantes que
comprende la prevención, control y sanción de actividades
que afecten al mismo. Si se produjeren actividades
contaminantes por parte de actores públicos o privados,
el gobierno autónomo descentralizado impondrá los
correctivos y sanciones a los infractores sin perjuicio de la
responsabilidad civil y penal a que hubiere lugar y pondrán
en conocimiento de la autoridad competente el particular,
a f‌i n de exigir el derecho de la naturaleza contemplado en
la Constitución”.
Territorial, Autonomía y Descentralización, determina
que dentro de las atribuciones del Gobierno Autónomo
Descentralizado Municipal, de manera exclusiva le
corresponde el control sobre el uso y distribución del
suelo en el cantón, por lo cual los planes y políticas de
ordenamiento territorial, racionalizarán las intervenciones
en su territorio, orientando el proceso urbano y territorial
del cantón para lograr un desarrollo armónico sustentable
y sostenible, a través de la mejor utilización de los recursos
naturales, la organización del espacio, la infraestructura y
las actividades conforme a su espacio físico, con el f‌i n de
mejorar la calidad de vida de sus habitantes.
Que, las áreas urbanas y rurales del cantón Morona,
requieren con urgencia de un marco legal concordante
con el desarrollo actual, normativas modernas de ágil
aplicación, que permitan tender a un desarrollo armónico
y de control en las construcciones y edif‌i caciones dentro
del cantón.

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