Ordenanzas Municipales. Cantón Paltas: Que expide la Cuarta reforma a la Ordenanza que regula la administración, funcionamiento y ocupación del Mercado Centro Comercial Paltense

Número de Boletín741
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 24 de enero de 2023 Edición Especial Nº 741 - Registro Ocial
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
DEL CANTÓN PALTAS
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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Conforme a l as expresiones de las personas que arriendan en el Mercado Centro Comercial
Paltense, manifestando q ue la economía en sus diferentes negocios no se ha inc rementado.
El COVID-19 le ha costado a Ecuador USD 16.382 millones. El 78,1% de las pérdidas o lo que es igual
a USD 12.791 millones corresponde al sector pr ivado.
La crisis del COVID-19 ha disminuido no en su totalidad, por lo que la reactiv ación económica se está
dando a paso lento; las empresas poco a poco han increme ntado su actividad económica.
El Comité de Operaciones de E mergencia (COE) Nacional, en sesión solic itada por la Autori dad
Sanitaria Nacion al, del día miércoles 07 de diciembre de 2022, por unanimidad de los miembros
plenos de mane ra presencial resolvió: “Conocer el informe d e la situación epidemiol ógica
presentado por el Ministerio de Salud Pública, y; en función del aumento en la incidencia registrada
en los princ ipales indicadores sanitarios relacionados con enfermedades respiratorias y emitir
directrices respectiv as.
Frente al escena rio de salida de la cri sis sanitaria, o al menos de la transición a una etapa de mayor
apertura y continuidad productiva y económica, est a institución se centra en discutir las medidas de
reactivación con la inclusión soc ial y laboral.
El Gobierno A utónomo Descentralizado del Cantón Paltas, en el cumplimiento de la norma legal
vigente, manifiesta que es necesario pres entar una reforma a la "ORDENANZA QUE REGULA LA
ADMINISTRACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y OCUPACIÓN DEL MERCADO CENTRO
COMERCIAL PALTENSE DEL CANTÓN PALTAS ", por la reciente reactivación económica loc al.
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PALTAS
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 264, nume ral 14, inciso segundo de la Carta Magna, esta blece
que los gobiernos autónomos d escentralizados municipal es, tendrán e ntre sus
competencias exclusivas, " ... en el ámbito de sus compet encias y territorio, y en uso de sus
facultades, expedirán orden anzas cantonales...";
Que, el literal e) del artículo 55 del Código Org ánico de Organización Terri torial
Autonomía y Descentralización COOTAD, señala como competencias exclusivas de los
gobiernos aut ónomos descentralizados municipales, entre otras la sigui ente: "crear, modifi car,
exonerar o suprimir mediante ordenanza, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras";
Que, el literal c) del artículo 57 del Código Orgáni co de Organización Terri torial
Autonomía y Desc entralización COOTAD, señala como atribuciones del C oncejo M unicipal,
entre otras la de: "Crear, modi ficar, exonerar o extinguir tasas y c ontribuciones especi ales por
los servicios qu e presta y obras que ejecute";
Que, el literal b) del artículo 58 del Código Orgánico de Organización Ter ritorial Autonom ía y
Descentralización COOTAD , establece entre las atribuciones de los concejales y concejalas

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