Ordenanzas Municipales. Cantón Paltas: Que reforma a la Ordenanza que regula la administración, funcionamiento y ocupación del Mercado Centro Comercial Paltense

Número de Boletín453
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Lunes 5 de septiembre de 2022 Edición Especial Nº 453 - Registro Ocial
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN PALTAS
EXPOSICION DE MOTIVOS
El Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Paltas, provincia de Loja,
por el mandato constitucional y legal, debe ajustar sus actuaciones a lo
dispuesto en la Constitución de la República y en el Código Orgánico de
Organización Territorial, autonomía y Descentralización, ejerciendo única y
exclusivamente lo que está expresamente atribuido en el marco jurídico
vigente, a través de ordenanzas, acuerdos o resoluciones.
Dentro de las atribuciones tiene el alcalde está la de presentar proyectos de
ordenanza al concejo municipal en el ámbito de sus competencias del gobierno
autónomo descentralizado municipal;
Mediante oficio Nro. 546-A-GADM-PALTAS-2022, de fecha 31 de mayo de
2022 el señor Jorge Luis Feijoo Valarezo, amparado en lo que determina los
artículos 82, 264 numeral 5) de la Constitución de la Republica del Ecuador; y,
artículos 5, 54 literal a) y q); 55 literal e); 60 literal d); y, 417 del Código
Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, solicita a
Procuraduría Síndica del Gad de Paltas, emita un criterio jurídico respecto de la
constitucionalidad y legalidad del art. 15 de la ORDENANZA QUE REGULA LA
ADMINISTRACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y OCUPACIÓN DEL MERCADO
CENTRO COMERCIAL PALTENSE DEL CANTÓN PALTAS, y de ser el caso
proceda a la elaboración del proyecto de reforma o derogatoria respectiva.
Señor alcalde dando contestación, a lo dispuesto por su autoridad, debo
informar que el art. 15 de la ORDENANZA QUE REGULA LA
ADMINISTRACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y OCUPACIÓN DEL MERCADO
CENTRO COMERCIAL PALTENSE DEL CANTÓN PALTAS, disposición legal
en la que solicitan algunos requisitos para el funcionamiento de los puestos o
locales comerciales debe derogarse, toda vez que quien está obligado a
cumplir con todos y cada uno de los requisitos que se solicitan en la referida
disposición legal, debe cumplirlos la municipalidad, entidad que debe cumplir
dichos permiso para poder dar en arriendo los locales. De manera ilegal se
está exigiendo que esos requisitos los cumpla quien va arrendar. Es decir, la
disposición legal que se recomienda su derogación es inaplicable en la
ordenanza.
Por lo expuesto, presento el proyecto de reforma a la ORDENANZA QUE
REGULA LA ADMINISTRACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y OCUPACIÓN DEL
MERCADO CENTRO COMERCIAL PALTENSE DEL CANTÓN PALTAS.

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