Ordenanzas Municipales. Cantón Paute: Que regula el funcionamiento del sistema de estacionamiento rotativo tarifado y controla el parqueo indebido
Número de Boletín | 838-Edición Especial |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Fecha de la disposición | 28 de Noviembre de 2016 |
EL H. CONCEJO CANTONAL DEL GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN PAUTE
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 264, numeral 6, otorga la competencia exclusiva para que los gobiernos autónomos descentralizados municipales y metropolitanos del país, dentro de su jurisdicción, asuman la planificación, regulación y control del tránsito y el transporte público;
Que, el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, en su artículo 55, literales b) y f), reconoce la competencia exclusiva de los municipios para ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; así como planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal;
Que, el artículo 130 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD señala que, para el ejercicio de la competencia de tránsito y transporte los gobiernos autónomos descentralizados municipales definirán en su cantón el modelo de gestión de la competencia de tránsito y transporte público, de conformidad con la ley, para lo cual podrán delegar total o parcialmente la gestión a los organismos que venían ejerciendo esta competencia antes de la vigencia de este Código;
Que, el COOTAD, en su artículo 57, literal a), establece la atribución del Concejo Municipal para el ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones;
Que, el Consejo Nacional de Competencias, mediante resolución N° 006-CNC-2012, publicada en el suplemento del Registro Oficial N° 712 del 29 de mayo de 2012, transfirió la competencia de planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte y la seguridad vial, a favor de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales del país.
Que, la planificación de los sistemas de movilidad urbana deben precautelar la seguridad de las y los ciudadanos, priorizando y protegiendo al peatón, la movilidad sustentable y el trasporte público frente al transporte privado, visión que se fundamenta en la equidad y solidaridad social, el derecho a la movilidad de personas y bienes, el respeto y obediencia a las normas y regulaciones de circulación, atención al colectivo de personas vulnerables, recuperación del espacio público en beneficio de los peatones y transportes no motorizados y la concepción de áreas urbanas o ciudades amigables;
En uso de las atribuciones que le confiere la ley,
Expide:
LA ORDENANZA QUE REGULA
ELFUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
DEESTACIONAMIENTO ROTATIVO TARIFADO
Y CONTROLA EL PARQUEO INDEBIDO
EN EL CANTÓN PAUTE
ALCANCE Y OBJETIVOS DE LA ORDENANZA
La UTTTPAUTE deberá mantener un área de trabajo denominada SERTP, la cual será la encargada del control, regulación, planificación y gestión mediante los parámetros a establecerse en esta ordenanza y demás consideraciones técnicas que mantenga la UTTTPAUTE.
DEL SISTEMA PARA EL CONTROL DE
ESTACIONAMIENTO ROTATIVO
TARIFADO Y PARQUEO INDEBIDO
El sistema para el control de estacionamiento rotativo tarifado y parqueo indebido es una herramienta de gestión de tránsito, que democratiza el uso del suelo, ordena y organiza el espacio público, coadyuva al mejoramiento de la seguridad en la vía pública y facilita la circulación peatonal, de bicicletas y vehicular motorizada; bajo normas y condiciones de seguridad vial y observancia de las disposiciones de estacionamiento de esta ordenanza.
Está concebido como un sistema jerarquizado y funcional, subordinado a las necesidades de movilidad de la ciudad, en tal sentido permite la coexistencia de distintas zonas de parqueo con diferentes tarifas, horarios y normas particulares.
DE LAS ZONAS DE ESTACIONAMIENTO
ROTATIVO TARIFADO (ZONAS TARIFADAS)
Las zonas tarifadas estarán señalizadas de manera horizontal y vertical, indicando el horario en que está en operación y el tiempo máximo de parqueo permitido.
Una zona tarifada podrá variar de conformidad con las necesidades de movilidad que se presenten en cualquier tiempo, la misma que deberá contar con la respectiva aprobación del Concejo Cantonal.
Deberán contar cada controlador y controladora con los medios adecuados para un efectivo control, tales como talonarios de multas, cámaras fotográficas y radios comunicadores.
El tiempo máximo de parqueo permitido en el inciso anterior podrá variar por zonas y por horarios con el respectivo sustento técnico, en función de la dinámica de la movilidad de esa zona de la ciudad.
DE LAS ZONAS CON PROHIBICIÓN PARA
ESTACIONAR (ZONAS PROHIBIDAS)
La aprobación de las zonas prohibidas la realizará la Unidad Municipal de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial de Paute UTTTPAUTE.
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En las vías peatonales y pasos cebra.
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En las vías o carriles por los que circulan sistemas de transporte público, salvo que sea una zona tarifada.
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En los carriles exclusivos para transporte público o bicicleta que pudieran existir.
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En las dársenas habilitadas exclusivamente para el embarque y desembarque de pasajeros o carga. Las dársenas que no tengan esta señalización podrán ser zonas tarifadas.
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En las vías que determine la Unidad Municipal de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial de Paute
UTTTPAUTE y que se encuentren debidamente señalizadas.
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En los espacios destinados a estacionamiento de los vehículos de personas con discapacidad o mujeres embarazadas, salvo que cuenten con la autorización debida.
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En las rampas de acceso para personas con discapacidad, puertas de garaje o zonas de circulación peatonal.
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En los espacios destinados a estacionamiento reservado que tengan autorización de la UTTTPAUTE.
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En doble columna respecto de otros vehículos ya estacionados, junto a la acera.
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A una distancia menor de 2 metros de las bocacalles y de los hidrantes, así como en los espacios destinados a las paradas de transporte público y comercial, sobre las aceras, parques, plazas, jardines, parterres, zonas de seguridad, rampas de acceso para ciclistas, y lugares de ingreso a los parqueaderos privados o públicos.
En los casos de los literales b) y e) la Unidad Municipal de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial de Paute- UTTTPAUTE, podrá determinar horarios en los que se habilita el estacionamiento, en función de la dinámica de la movilidad de la ciudad.
Los espacios señalizados exclusivamente para el parqueo de motos, bicicletas y personas con discapacidad, no podrán ser utilizados...
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