Cantón Pelileo: Ordenanza reformada para la administración del Registro Municipal de la mPropiedad

Número de Boletín790-Edición Especial
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2016

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN PEDRO DE PELILEO

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 66, numeral 25, reconoce y garantiza a las personas el derecho a acceder a bienes y servicios públicos y privados de calidad, con eficiencia, eficacia y buen trato, así como a recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y características;

Que, la Constitución de la República del Ecuador, señala en su Art. 264.- Competencias exclusivas de los gobiernos municipales.-..., inciso final, dispone: "En el ámbito de sus competencias y territorio y en uso de sus facultades expedirán ordenanzas cantonales;

Que, la Constitución de la República del Ecuador, vigente a partir del mes de octubre de 2008, en su Art. 226, establece que: "Las Instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.";

Que, la Constitución de la República del Ecuador, vigente a partir del mes de octubre de 2008, en su Art. 265, dispone que: "El sistema público de registro de la propiedad será administrado de manera concurrente entre el Ejecutivo y las municipalidades";

Que, el artículo 53, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, reconoce a los gobiernos autónomos descentralizados municipales como personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera;

Que, conforme lo prescrito en el Art. 19, de la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, los Registros de la Propiedad asumirán las funciones y facultades del Registro Mercantil, en los cantones en los que estos últimos no existan y hasta tanto la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos disponga su creación y funcionamiento;

Que, el Art. 142, del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización, dispone: La administración de los registros de la propiedad de cada cantón corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados municipales;

Que, con fecha 07 de junio del 2016, se publicó en el Registro Oficial, Edición Especial #590 la Reforma a la Ordenanza para la Administración del Registro Municipal de la Propiedad.

Y, en uso de la facultad legislativa prevista en el artículo 240 de la Constitución de la República, artículo 7 y artículo 57 literal a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

Expide:

La siguiente: ORDENANZA REFORMADA PARA LA

ADMINISTRACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL

DE LA PROPIEDAD DEL CANTÓN SAN PEDRO DE

PELILEO

CAPÍTULO I Artículo 2

FINALIDAD, OBJETO Y JURISDICCIÓN

Art.1.-La presente Ordenanza tiene por finalidad regular y definir la gestión administrativa del Registro de la Propiedad del Cantón San Pedro de Pelileo. El objeto es garantizar el registro de datos e información en el cantón Pelileo, sobre las personas naturales o jurídicas, sus bienes o patrimonio de manera cronológica, personal y real, manteniendo la integridad, protección y control de los registros, así como la inscripción de los instrumentos públicos, títulos y demás documentos que la ley exige para certificar el dominio de los bienes raíces y de los otros derechos reales constituidos, así como la publicidad de los contratos y actos que trasladan el dominio y garantizar la autenticidad y seguridad de los títulos, instrumentos públicos y documentos que deben registrarse.

Art. 2 El Registro de laPropiedad del cantón San Pedro de Pelileo asume las funciones y facultades del Registro Mercantil en el cantón San Pedro de Pelileo, hasta que la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos disponga su creación y funcionamiento, y se administrará en la misma forma que el Registro de la Propiedad.

La jurisdicción del Registro Municipal de la Propiedad del cantón San Pedro de Pelileo, comprende todo el territorio demarcado dentro de sus límites.

CAPÍTULO II Artículos 3 a 6

PRINCIPIOS GENERALES DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Art. 3 El Registro Municipal de la Propiedad del Cantón San Pedro Pelileo, se sustenta en los principios de calidad, eficiencia, eficacia, seguridad y transparencia en el manejo del sistema público de Registro de la Propiedad del cantón San Pedro de Pelileo.
Art. 4 El Registro Municipal de la Propiedad en cumplimiento de la Constitución de la República y la Ley garantizará que los datos públicos registrales sean completos, accesibles, en formatos libres, sin licencia alrededor de los mismos, no discriminatorios, veraces, verificables y pertinentes, en relación al ámbito y fines de su inscripción.

La información que el Registro Municipal de la Propiedad del cantón San Pedro de Pelileo confiera puede ser específica o general, versar sobre una parte o sobre la totalidad del registro y ser suministrada por escrito o medios electrónicos.

Art. 5 El Registro Municipal de la Propiedad del cantón San Pedro de Pelileo es responsable de la integridad, protección y control de la información, de los registros y base de datos a su cargo.

La o el Registrador Municipal de la Propiedad responderá por la veracidad, autenticidad, custodia y debida conservación de los registros y datos registrados, al igual que de las certificaciones, razones de inscripción y todas sus actuaciones.

Art. 6 La o el Registrador Municipal de la Propiedad de conformidad con la Constitución y la Ley garantizará el acceso de la ciudadanía a los datos registrales e información respetando el derecho a la intimidad y reserva de la información, en especial de aquella cuyo uso público pueda atentar contra los derechos humanos consagrados en la Constitución e instrumentos internacionales.
CAPÍTULO III Artículos 7 a 9

NORMAS GENERALES APLICABLES AL

REGISTRO MUNICIPAL DE LA

PROPIEDAD DEL CANTÓN SAN PEDRO DE

PELILEO

Art. 7 La certificación registral constituye documento público y se expedirá a petición de parte interesada, por disposición administrativa u orden judicial.
Art. 8 La actividad del Registro Municipal de la Propiedad del cantón San Pedro de Pelileo se desarrollará utilizando medios tecnológicos normados y estandarizados, de conformidad con las políticas emanadas por el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información o por el organismo que posteriormente lo regule.
Art. 9 El Registro Municipal de la Propiedad del cantón San Pedro de Pelileo administrará los registros y la información de modo digitalizado, con soporte físico, de manera cronológica, personal y real

De igual manera se administrará el Registro de Información Mercantil, en la forma determinada en la ley y en la normativa pertinente.

CAPÍTULO IV Artículos 10 a 13

DEL REGISTRO MUNICIPAL DE LA PROPIEDAD

Art. 10

El Registro Municipal de la Propiedad del cantón San Pedro de Pelileo, es una unidad desconcentrada del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San Pedro de Pelileo, con autonomía registral y administrativa en los términos establecidos en la Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos sujeto a control, auditoria y vigilancia de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos. Su función primordial es la inscripción y publicidad de los instrumentos públicos, títulos y demás documentos que la Ley exige o permite que se inscriban en los registros correspondientes.

Art. 11

La misión del Registro Municipal de la Propiedad es brindar seguridad jurídica a la tenencia y traspaso de dominio de los bienes inmuebles del cantón, inscribiendo los instrumentos y demás documentos que la Ley permite y proporcionar información verídica del estado jurídico de un bien inmueble, estará integrado por la o el Registrador Municipal de la Propiedad, como máxima autoridad administrativa y representante legal y judicial del mismo; y, por las Unidades de Inscripciones; de Certificación; de Índices y Archivo; y, las que se crearen en función de sus necesidades. Los mismos que cumplirán la misma jornada laboral que cumplen los demás servidores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San Pedro de Pelileo.

Art. 12 El sistema informático incluye la tecnificación y modernización de los registros, empleando tecnologías de información, bases de datos y lenguajes informáticos estandarizados, protocolos de intercambio de datos seguros, que permitan un manejo adecuado de la información que reciba, capture, archive, codifique, proteja, intercambie, reproduzca, verifique, certifique o procese.
Art. 13 Toda base informática de datos debe contar con su respectivo respaldo, cumplir con los estándares técnicos y plan de contingencia que impidan la caída del sistema, mecanismos de seguridad y protección de datos e información que impidan el robo de datos, modificación o cualquier otra circunstancia que pueda afectar la información pública.
CAPÍTULO V Artículos 14 a 16

DE LA O EL REGISTRADOR MUNICIPAL DE LA

PROPIEDAD

Art. 14 La o el Registrador Municipal de la Propiedad del Cantón San Pedro de Pelileo, será la máxima autoridad administrativa, representante legal y conjuntamente con el Procurador Síndico del GAD Municipal ejercerá la representación judicial del Registro Municipal de la Propiedad del Cantón San Pedro de Pelileo, durará en su cargo por un período fijo de 4 años.

El nombramiento de la o el Registrador Municipal de la Propiedad será extendido por el Alcalde del cantón San Pedro de Pelileo, al postulante que haya obtenido la mayor puntuación luego del proceso de selección, y haber sido declarado ganador...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR