Cantón procedimiento razones de pública o interés social de bienes

Número de Boletín339
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL CANTÓN 24 DE MAYO

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador en el número 26 del artículo 66 y artículo 321, señalan que el Estado reconoce y garantiza el derecho a la propiedad en sus formas pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa, cooperativa, mixta, y que deberá cumplir con su función social y ambiental

Que, de acuerdo a la disposición del artículo 282 de la Constitución: El Estado normará el uso y acceso a la tierra que deberá cumplir la función social y ambiental.

Que, con el objeto de ejecutar planes de desarrollo social, manejo sustentable del ambiente y de bienestar colectivo, según lo establecido en el artículo 323, de la Constitución, las instituciones del Estado, por razones de utilidad pública o interés social y nacional, podrán declarar la expropiación de bienes, previa justa valoración, indemnización y pago de conformidad con la ley. Se prohíbe toda forma de confiscación

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización en su artículo 446 al referirse a la expropiación puntualiza: Con el objeto de ejecutar planes de desarrollo social, propiciar programas de urbanización y de vivienda de interés social, manejo sustentable del ambiente y de bienestar colectivo, los gobiernos regionales, provinciales, metropolitanos y municipales, por razones de utilidad pública o interés social, podrán declarar la expropiación de bienes, previa justa valoración, indemnización y el pago de conformidad con la ley. Se prohíbe todo tipo de confiscación. (.) En el caso que la expropiación tenga por objeto programas de urbanización y vivienda de interés social, el precio de venta de los terrenos comprenderá únicamente el valor de las expropiaciones y de las obras básicas de mejoramiento realizadas. El gobierno autónomo descentralizado establecerá las condiciones y forma de pago

Que, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización: Para realizar expropiaciones, las máximas autoridades administrativas de los gobiernos regional, provincial, metropolitano o municipal, resolverán la declaratoria de utilidad pública, mediante acto debidamente motivado en el que constará en forma obligatoria la individualización del bien o bienes requeridos y los fines a los que se destinará. A la declaratoria se adjuntará el informe de la autoridad correspondiente de que no existe oposición con la planificación del ordenamiento territorial establecido, el certificado del registrador de la propiedad, el informe de valoración del bien; y, la certificación presupuestaria acerca de la existencia y disponibilidad de los recursos necesarios para proceder con la expropiación. (.) En caso de necesidades emergentes, el gobierno autónomo descentralizado declarará la expropiación para ocupación inmediata, previo el depósito del diez por ciento (10 %) del valor del bien ante la autoridad competente

Que, el artículo 453 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, al referirse al Juicio de Expropiación, señala: Si no fuere posible llegar a un acuerdo sobre el precio de los bienes expropiados, la administración podrá proponer juicio de expropiación ante la justicia ordinaria (.), juicio que tendrá como único objetivo la determinación del valor del inmueble

Que, en caso que el Gobierno Autónomo Descentralizado no destinare el bien expropiado a los fines expresados en la declaratoria de utilidad pública, dentro del plazo de un año, el artículo 454 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, prevé que el propietario podrá pedir su reversión en la forma establecida en la ley. (. ) De igual manera, podrá solicitar la reversión en el caso que el gobierno autónomo descentralizado no hubiere, dentro del mismo plazo, cancelado el valor del bien siempre que no haya sentencia de por medio

Que, el artículo 457 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, señala: La expropiación de bienes muebles o inmuebles de valor artístico, histórico o arqueológico, se llevará a cabo de acuerdo con las disposiciones pertinentes de esta sección y de la ley que regule a los bienes patrimoniales en lo que sean aplicables, en razón de la naturaleza del bien a expropiarse

Que, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en su artículo 58, dispone: Cuando la máxima autoridad de la institución pública haya resuelto adquirir un determinado bien inmueble, necesario para la satisfacción de las necesidades públicas, procederá a la declaratoria de utilidad pública o de interés social de acuerdo con la Ley. (.) En el supuesto de que no sea posible un acuerdo directo se procederá al juicio de expropiación. El Juez en su resolución está obligado a sujetarse al avalúo establecido por la Dirección de Avalúos y Catastros de la Municipalidad

Que, la tramitación del juicio de expropiación sólo tiene por objeto determinar la cantidad que debe pagarse por concepto de precio de la cosa expropiada, siempre que conste que se trata de expropiación por razones de utilidad pública;

En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 7 y la letra a) del artículo 57 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial Autonomía y Descentralización

Expide:

LA ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE EXPROPIACIÓN POR RAZONES DE UTILIDAD PÚBLICA O INTERÉS SOCIAL DE BIENES EN EL CANTÓN 24 DE MAYO

TÍTULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES Artículos 1 a 37
Artículo 1 Del objeto.- La presente Ordenanza regula el procedimiento de expropiación por razones de utilidad pública o interés social de bienes en el cantón Riobamba, para la ejecución de planes de desarrollo social, programas de urbanización y vivienda de interés social, manejo sustentable del ambiente y de bienestar colectivo.
Artículo 2 Ámbito.- Las disposiciones de esta Ordenanza rigen para todo procedimiento expropiatorio vinculado con la declaratoria de utilidad pública o de interés social dentro de la jurisdicción territorial del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón 24 de Mayo.
Artículo 3 Declaratoria de Utilidad Pública.- Es un acto mediante el cual la máxima autoridad administrativa del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón 24 de Mayo resuelve declarar de utilidad pública o interés social bienes para la ejecución de planes, proyectos y obras de servicio a la colectividad.
Artículo 4 Interés social.- Se entiende por interés social todo aquello que es conveniente y útil para la colectividad o un grupo de individuos determinados.
Artículo 5 Indemnización.- La Indemnización es la compensación que el Estado hace al particular por la merma efectuada a su patrimonio.
Artículo 6 De la finalidad de la expropiación.- La finalidad de la expropiación, es la ejecución de planes de desarrollo, programas de preservación y conservación de patrimonio, programas de urbanización y de vivienda de interés social, manejo sustentable del ambiente y de

bienestar colectivo, en bienes de los particulares, previa justa valoración, indemnización y el pago de conformidad con la ley.

TÍTULO II Artículos 8 a 23

DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA O INTERÉS SOCIAL

CAPÍTULO I Artículos 8 a 9

PETICIÓN, REQUISITOS E INICIO DEL PROCEDIMIENTO

Artículo 1

De la petición.- El procedimiento expropiatorio se inicia con la petición de declaratoria de utilidad pública o interés social por parte interesada, o de oficio por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón 24 de Mayo, con la identificación del bien a ser expropiado y el proyecto al que se destinará el mismo.

Artículo 8 De los requisitos.- A la petición de declaratoria de utilidad pública o interés social se adjuntarán los siguientes requisitos:
  1. Solicitud dirigida a la Alcaldesa o Alcalde;

  2. Copias de la cédula y certificado de votación del peticionario;

  3. Para personas jurídicas, copia certificada del nombramiento legalmente otorgado por autoridad competente; o, Acuerdo Ministerial de creación del colectivo;

  4. Levantamiento planimétrico georeferenciado del bien a ser expropiado por razones de utilidad pública o interés social;

  5. Proyecto o programa a ejecutarse en el bien sujeto a expropiación por razones de utilidad pública o interés social;

  6. Certificado de Gravamen del Registro de la Propiedad con el historial de dominio del bien a ser declarado de utilidad pública o interés social;

  7. Carta de pago del impuesto predial actualizado; y

  8. Certificado de...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR