Ordenanzas Municipales. Cantón Puyango: Que reglamenta la determinación, recaudación y cobro del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales
Número de Boletín | 434 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Lunes 19 de abril de 2021 Cuarto Suplemento Nº 434 - Registro Ofi cial
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Página | 1
“ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA
DETERMINACIÓN, RECAUDACIÓN Y COBRO DEL
IMPUESTO DEL 1.5 POR MIL SOBRE LOS ACTIVOS
TOTALES EN EL CANTÓN PUYANGO”.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
Desde la Constitución se prevé que los Gobiernos Autónomos Descentralizados generen sus propios
recursos financieros y que solo como parte del Estado participarán de sus rentas, de conformidad con los
principios de subsidiariedad, solidaridad, y equidad interterritorial.
Los impuestos municipales y metropolitanos, son de obligación tributaria, para la financiación de los
servicios municipales.
El impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales, es un tributo que conforme a disposiciones
constitucionales y legales se ha creado solo para el presupuesto municipal y son de carácter general para
que se pueda aplicar en todos los municipios y distritos metropolitanos.
La Municipalidad tiene la capacidad de generar y administrar sus propios recursos de conformidad con la
Ley y al ser el impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales, una fuente de obligación tributaria
municipal, la Municipalidad debe reglamentar mediante ordenanza el cobro de este tributo, para que, en
aplicación a los procedimientos establecidos, se le asigne el producto total o parcial.
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