Ordenanzas Municipales. Cantón Rocafuerte: Que regula la administración, control y recaudación del impuesto a las utilidades en la transferencia de predios urbanos y plusvalía

Número de Boletín421
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
40 – Martes 5 de febrero de 2019 Registro Of‌i cial Nº 421
Que, mediante memorando No. SUPERCOM-PC-
IGG-0035-2019, de 15 de enero de 2019, el Econ. Juan
Bernard Gambarrotti Rodríguez, Intendente General de
Gestión y Director de Planif‌i cación, Control de Gestión y
Procesos (Delegado), remitió para aprobación del Dr. Édison
René Toro Calderón, Superintendente de la Información y
Comunicación Encargado, el Plan Anual de Contratación
PAC 2019 de Planta Central de la Superintendencia de
la Información y Comunicación; quien mediante sumilla
inserta en el referido memorando, dispone: “Aprobado”;
Que, se considera el presupuesto asignado para este
Organismo de Control en cada uno de sus ítems
presupuestarios y se observa los parámetros establecidos
Pública, su Reglamento General y el Plan Anual Operativo
del ejercicio f‌i scal 2019, la publicación del Plan Anual de
Contratación 2019 y;
En ejercicio de las atribuciones conferidas en los
c) y e) del número 1, subnúmero 1.1., del artículo 16
del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos de la Superintendencia de la Información y
Comunicación,
Resuelve:
Artículo 1.- Aprobar el “PLAN ANUAL DE
CONTRATACIONES - PAC de la Superintendencia
de la Información y Comunicación (SUPERCOM)” para
el ejercicio económico 2019, que asciende al valor total
de USD $ 1´049.077,62 (UN MILLÓN CUARENTA
Y NUEVE MIL SETENTA Y SIETE DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 62/100
CENTAVOS), por corresponder a las necesidades y
objetivos de la Planta Central de la Superintendencia de la
Información y Comunicación y las Intendencias Zonales
de la Información y Comunicación y con sujeción a los
requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico vigente,
conforme el anexo que forma parte integrante de esta
Resolución, de conformidad con el modelo obligatorio
establecido por el Servicio Nacional de Contratación
Pública.
Artículo 2.- Disponer a la Dirección Nacional
Administrativa realice la publicación en el Portal de
Compras Públicas, el Plan Anual de Contrataciones -
PAC 2019 de la Superintendencia de la Información
y Comunicación, de acuerdo al instructivo y formato
publicado por el ente regulador del Sistema Nacional de
Contratación Pública.
Artículo 3.- Disponer a la Coordinación General de
Imagen y Comunicación la publicación del Plan Anual de
Contrataciones - PAC 2019 de la Superintendencia de la
Información y Comunicación en la página web institucional
de la Superintendencia de la Información y Comunicación,
Artículo 4.- Encárguese a la Dirección Nacional
Administrativa y a los Intendentes Zonales, la ejecución
del Plan Anual de Contrataciones - PAC 2019 de la
Superintendencia de la Información y Comunicación,
conforme el ámbito territorial de su competencia.
Artículo 5.- La presente Resolución entrará en vigencia
desde la fecha de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a los 15 días del
mes de enero de 2019.
f.) Dr. Édison René Toro Calderón, Superintendente de la
Información y Comunicación (E).
Certif‌i co: que el doctor Édison René Toro
Calderón, Superintendente de la Información y
Comunicación Encargado, suscribió la Resolución No.
SUPERCOM-2019-014, el 15 de enero de 2019.
Quito, Distrito Metropolitano, 15 de enero de 2019.
f.) Ab. Diego Bedoya Yamberla, Secretario General (E).
EL CONCEJO DEL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN ROCAFUERTE
Considerando:
de la República del Ecuador, se reconoce y garantiza
a las personas el derecho a la propiedad en todas sus
formas, con función y responsabilidad social y ambiental
y su acceso se hará efectivo con la adopción de políticas
públicas, entre otras medidas;
República del Ecuador señala como uno de los objetivos de
la política económica, asegurar una adecuada distribución
del ingreso;
Que, el segundo inciso del Art. 300 de la Constitución
de la República del Ecuador establece que la política
tributaria promoverá la redistribución de la riqueza
y conductas ecológicas, sociales y económicas
responsables;
Ecuador determina que sólo por iniciativa de la Función
Ejecutiva y mediante ley sancionada por la Asamblea
Nacional, se podrá establecer, modif‌i car, exonerar o
extinguir impuestos y solo por acto normativo de órgano
competente se podrán establecer, modif‌i car, exonerar
y extinguir tasas y contribuciones y que las tasas y
contribuciones especiales se crearán y regularán de acuerdo
con la ley;
Que, el Art. 376 de la Carta Magna, prohíbe la obtención
de benef‌i cios a partir de prácticas especulativas sobre el uso
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