Ordenanzas Municipales. Cantón San Juan Bosco- Que establece el Presupuesto del GADM, para el ejercicio económico del año 2024
| Fecha de publicación | 11 Diciembre 2023 |
| Emisor | Ordenanzas Municipales |
| Sección | Ordenanza Municipal |
| Tipo de documento | Ordenanzas Municipales |
Lunes 11 de diciembre de 2023 Edición Especial Nº 1157 - Registro Ocial
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CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIP AL DE SAN JUAN BOSCO.
CONSIDERANDO
Que, en el Art. 270 de la Constitución de la República del Ecuador dice: “Los Gobiernos Autónomos
Descentralizados generarán sus propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado, de
conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad”.
Que, en el Art. 272 de la Constitución de la República del Ecuador dice: “La distribución d e los recursos
entre los gobiernos autónomos descentralizados será regulado por l a ley, conforme los siguientes criterios:
1, Tamaño y densidad de la población.
2. Necesidades básicas insatisfechas, jerarquizadas y consideradas en relación con la población residente
en el territorio de cada uno de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
3. Logros en el mejoramiento de niveles de vida, esfuerzo fiscal y administrativo, y cumplimiento de metas
del Plan Nacional de Desarrollo y del plan de desarrollo del gobierno autónom o descentralizado”.
Que, en el Art. 238 de la Constitución de la República del Ecuador dice: “Los Gobiernos Autónomos
Descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán p or los principios
de solidaridad, subsidiaridad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso
el ejercicio de la autonomía permitirá la sucesión del territorio nacional.
Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos
municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales.
Que, en el Art. 1 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD
“establece la organización político-administrativa del Estado Ecuatoriano en el territorio: el régimen de los
diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, con el fin de
garantizar su autonomía política, administrativa y financiera. Además, desarrolla un modelo de
descentralización obligatoria y progresiva a través del sistema nacional de competencias, la
institucionalidad responsable de su administración, las fuentes de financiamiento y la definición de políticas
y mecanismos para compensar los desequilibrios en el desarrollo territorial”.
Que el Art. 5 del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y Descentralización (COOTAD),
establece “La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentrali zados
y regímenes especiales prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad efectiva de estos
niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno pr opios, en sus respectivas
circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno y en
beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se ejercerá d e manera responsable y solidaria. En ningún
caso pondrá en riesgo el carácter unitario del Estado y no permitirá la secesión del terr itorio nacional.
La autonomía política es la capacidad de cada gobierno autónomo descentralizado para impulsar procesos
y formas de desarrollo acordes a la historia, cultura y características propias de la circunsc ripción territorial.
Se expresa en el pleno ejercicio de las facultades normativas y ejecutivas sobre las competencias de su
responsabilidad; las facultades que de manera concurrente se vayan as umiendo; la capacidad de emitir
políticas públicas territoriales; la elección directa que los ciudada nos hacen de sus autoridades mediante
sufragio universal, directo y secreto; y, el ejercicio de la participación ciudadana.
La autonomía administrativa consiste en el pleno ejercicio de la facultad de organización y de gestión de
sus talentos humanos y recursos materiales para el ejercicio de sus competenci as y cumplimiento de sus
atribuciones, en forma directa o delegada, conforme a lo previsto en la Constitución y la l ey.
La autonomía financiera se expresa en el derecho de los gobiernos aut ónomos descentralizados de recibir
de manera directa predecible, oportuna, automática y sin condiciones los recursos que les corresponden
de su participación en el Presupuesto General de Estado, así como en la capacidad de generar y
administrar sus propios recursos, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución y l a ley.
Lunes 11 de diciembre de 2023Registro Ocial - Edición Especial Nº 1157
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Su ejercicio no excluirá la acción de los organismos nacionales de control en uso de sus facultades
constitucionales y legales”.
QUE el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Juan Bosco para administrar sus propios
recursos debe formular su presupuesto, mismo que se lo debe realizar conforme lo establecen los Art. 215
y siguientes del COOTAD, así como el Art. 35 del Código Orgánico del Planificación y Finanzas Públicas
QUE de conformidad con los Art. 255, 259, 260, 261 y, 262 y 265 del COOTAD para poder realizar una
reforma al presupuesto que implique suplementos de créditos o reducción de créditos, el ejecutivo debe
solicitar al legislativo la misma.
QUE de acuerdo a lo establecido en el Art. 57 literal “g” del COOTAD es atribución del concejo m unicipal
el aprobar u observar el presupuesto del gobierno autónomo descentralizado municipal, que deberá
guardar concordancia con el plan cantonal de desarrollo y con el de ordenamiento territorial; así como
garantizar una participación ciudadana en el marco de la Constitución y la ley
De esta forma en uso de sus atribuciones
EXPIDE:
LA “ORDENANZA QUE EST ABLECE PRESUPUESTO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SAN JUAN BOSCO PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL
AÑO 2024”.
Art. 1.- Establézcase la ordenanza de Presupuesto del Gobierno autónomo descentralizado municipal de
San Juan Bosco para el ejercicio fiscal del año 2024, de acuerdo a lo siguiente:
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Código Partid a
A114 ADMINISTRACION OPERACION Y APOYO GOBIERNO
SECCIONAL
7,042,710.97
110 ADMIN ISTRACI ON GEN ERAL 7,042,710.97
1101 SOBRE LA RENTA, UTILIDADES Y GANANCIAS DE CAPITAL 19,500.00
00.00.A 114.110.110102. 001.001 IMPUESTO A LAS UTILIDA DES POR VEN TA DE PREDIOS URBANOS 19,500.00
1102 SOBRE LA PROPIEDAD 156,500.00
00.00.A 114.110.110201. 001.001 IMPUESTO A LOS PREDIOS URBANOS 40,000.00
00.00.A 114.110.110201. 002.001 SOLA R NO EDIFICADO 5,000.00
00.00.A 114.110.110202. 001.001 IMPUESTO A LOS PREDIOS RUSTICOS 35,500.00
00.00.A 114.110.110203. 001.001 A LA INSCRIP CION EN EL REGI STRO DE LA PRO PIEDAD 25,000.00
00.00.A 114.110.110203. 002.001 A LA INSCRIPCION DEL REGISTRO MERCANTIL 1,000.00
00.00.A 114.110.110206. 001.001 IMPUESTO DE ALCABALAS 12,000.00
00.00.A 114.110.110207. 001.001 IMPUESTO D EL 1,5 POR MIL SOBRE LOS A CTIVOS TO TALES 38,000.00
1107 IMPUESTOS DIVERSOS 29,500.00
00.00.A 114.110.110704. 001.001
IMPUESTO MENSUAL Y ANUAL DE PATENTES PARA DESARR ACTIV
CARACTER E
29,500.00
1301 TASAS GENERALES 56,200.00
00.00.A 114.110.130103. 001.001 OC UPACI ON DE L UGARES P UBLICO S 0.00
00.00.A 114.110.130107. 001.001 VEN TA DE BASES DE C ONCURSOS V ARIOS 500.00
00.00.A 114.110.130108. 000.001 PRES TACION DE S ERVICIOS 16,000.00
00.00.A 114.110.130109. 001.001 IMPUESTO A LOS VEHICULOS MOTORIZADOS (RODAJE) 3,000.00
00.00.A 114.110.130116. 001.001 RECOLEC CION DE BAS URA 20,500.00
00.00.A 114.110.130117. 001.001 AF ERICION DE P ESAS Y MEDIDAS 2,500.00
00.00.A 114.110.130120. 001.001
CONEXI ON Y RECONEXI ON DEL SERVI CIO DE ALCAN TARILLADO Y
CANALIZACI
1,500.00
00.00.A 114.110.130121. 001.001 CON EXION Y RECO NEXION DEL S ERVICIO DE AGUA POTABLE 700.00
00.00.A 114.110.130199. 001.001 OTRAS TASAS (SERVICIOS ADMINISTRATIVOS) 11,500.00
1304 CONTRIBUCIONES 102,850.00
00.00.A 114.110.130406. 001.001
APERTURA, PAVIMENTACION, ENSANCHE Y CONSTRUCCION DE
PAV IME NTO
33,100.00
00.00.A 114.110.130408. 001.001 ACER AS, BORDILLO S Y CERCAS 22, 000.00
00.00.A 114.110.130409. 001.001 OBRAS DE ALCANTARILLADO Y CANALIZACION 18,500.00
00.00.A 114.110.130411. 001.001
CONSTRUCCION Y AMPLIACION DE OBRAS Y SISTEMAS DE AGUA
POTABLE
9,000.00
00.00.A 114.110.130499. 001.001 OTRAS CONTRIBUCIONES(PUENTE PASO A LA CDLA MACAS) 20,000.00
00.00.A 114.110.130499. 002.001 OTRAS CONTRIBUCIONES (ADOQUINADO) 250.00
1403 VENTAS NO INDUSTRIALES 33,000.00
00.00.A 114.110.140301. 001.001 DOTACION DE AGUA POTABLE 23,500.00
00.00.A 114.110.140303. 001.001 SERV ICIO DE ALCA NTARILLA DO 9,500. 00
1702 RENTAS PO R ARRENDAMIENTO S DE BIENES 13,720.00
00.00.A 114.110.170202. 001.001 ARREN DAMIENTO DE BOV EDAS Y SITI OS EN EL CEMENTERIO 12,000.00
00.00.A 114.110.170202. 002.001 ALQUI LER DEL RECINTO FERI AL 0.00
00.00.A 114.110.170202. 003.001 ALQUILER DE LA LAVADORA MUNICIPAL 0.00
00.00.A 114.110.170202. 006.001 ARREN DAMIENTO DE KI OSKOS EN LA PARADA DE BUSES 720.00
00.00.A 114.110.170202. 007.001 ARREN DAMIENTO DE CA NCHA SIN TETICA 0.00
00.00.A 114.110.170203. 001.001 ALQUILER DE MOBILIARIOS 0.00
00.00.A 114.110.170204. 001.001 ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPOS 1,000.00
1703 INTERESES P OR MORA 10,000.00
00.00.A 114.110.170301. 001.001
INTERESES P OR MORA TRIBUTAR IA CAUSADA EN LEYES,
REGLAMENTOS Y ORD
10,000.00
PROFORMA PRESUPUESTARIA 2024
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SAN JUAN BOSCO
INGRES OS POR RECAU DACIÓN DIRE CTA Y TRANSF ERENCIAS P ERÍODO FISC AL 2024
CODIFI CADO
2024
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