Ordenanzas Municipales. Cantón San Juan Bosco: Que establece la primera reforma al presupuesto para el ejercicio económico del año 2022.

Número de Boletín473
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Registro Ocial - Edición Especial Nº 473
13
Miércoles 14 de septiembre de 2022
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE
SAN JUAN BOSCO.
Telf. 2707-003 2707-004 3042114
CONCEJO DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN JUAN BOSCO
CONSIDERANDO
Que, en el artículo 270 de la Constitución de la República del Ecuador dice: “Lo s Gobiernos Autónomos
Descentralizados generarán sus propios recursos financieros y participarán de las rentas del Estado, de
conformidad con los principios de subsidiariedad, solidaridad y equidad”.
Que, en el artículo 272 de la Constitución de la República del Ecuador dice: La distribución de los recursos
entre los gobiernos autónomos descentralizados será regulada por la ley, conforme a los siguientes criterios:
1. Tamaño y densidad de la población.
2. Necesidades básicas insatisfechas, jerarquizadas y consideradas en relación con la población residente
en el territorio de cada uno de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.
3. Logros en el mejoramiento de los niveles de vida, esfuerzo fiscal y administrativo, y cumplimiento de
metas del Plan Nacional de Desarrollo y del plan de desarrollo del gobierno autónomo descentralizado”.
Que, en el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador dice: “Los gobiernos autónomos
descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios
de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún
caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.
Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos
municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales”.
Que, en el artículo 1 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
COOTAD “establece la organización político-administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio: el
régimen de los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, con
el fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera. Además, desarrolla un modelo de
descentralización obligatoria y progresiva a través del sistema nacional de competencias, la
institucionalidad responsable de su administración, las fuentes de financiamiento y la definición de políticas
y mecanismos para compensar los desequilibrios en el desarrollo territorial”.
Que, en el artículo 5 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
COOTAD, establece “La autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos
descentralizados y regímenes especiales prevista en la Constitución comprende el derecho y la capacidad
efectiva de estos niveles de gobierno para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios, en sus
respectivas circunscripciones territoriales, bajo su responsabilidad, sin intervención de otro nivel de gobierno
y en beneficio de sus habitantes. Esta autonomía se ejercerá de manera responsable y solidaria. En ningún
caso pondrá en riesgo el carácter unitario del Estado y no permitirá la secesión del territorio nacional.
La autonomía política es la capacidad de cada gobierno autónomo descentralizado para impulsar procesos
y formas de desarrollo acordes a la historia, cultura y características propias de la circunscripción territorial.
Se expresa en el pleno ejercicio de las facultades normativas y ejecutivas sobre las competencias de su
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE
SAN JUAN BOSCO.
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responsabilidad; las facultades que de manera concurrente se vayan asumiendo; la capacidad de emitir
políticas públicas territoriales; la elección directa que los ciudadanos hacen de sus autoridades mediante
sufragio universal, directo y secreto; y, el ejercicio de la participación ciudadana.
La autonomía administrativa consiste en el pleno ejercicio de la facultad de organización y de gestión de sus
talentos humanos y recursos materiales para el ejercicio de sus competencias y cumplimiento de sus
atribuciones, en forma directa o delegada, conforme a lo previsto en la Constitución y la ley.
La autonomía financiera se expresa en el derecho de los gobiernos autónomos descentralizados de recibir
de manera directa predecible, oportuna, automática y sin condiciones los recursos que les corresponden de
su participación en el Presupuesto General de Estado, así como en la capacidad de generar y administrar
sus propios recursos, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución y la ley.
Su ejercicio no excluirá la acción de los organismos nacionales de control en uso de sus facultades
constitucionales y legales.
Que, en el artículo 6 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
COOTAD, establece que “Ninguna función del Estado ni autoridad extraña podrá interferir en la autonomía
política, administrativa y financiera propia de los gobiernos autónomos descentralizados, salvo lo prescrito
por la Constitución y las leyes de la República”.
Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Juan Bosco, para administrar sus propios
recursos debe formular su presupuesto, mismo que se lo debe realizar conforme lo establecen los Art. 215
hasta el 273 del COOTAD, así como el Art. 35 del Código Orgánico del Planificación y Finanzas Públicas.
Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 57 literal “g” del COOTAD es atribución del concejo municipal el
aprobar u observar el presupuesto del Gobierno Autónomo descentralizado Municipal, que deberá guardar
concordancia con el plan cantonal de desarrollo y con el de ordenamiento territorial; así como garantizar
una participación ciudadana en el marco de la Constitución y la ley
De esta forma, en el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus atribuciones.
EXPIDE:
LA ORDENANZA QUE ESTABLECE LA PRIMERA REFORMA AL PREPUESTO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE SAN JUAN BOSCO PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2022.
Art. 1.- Establézcase el siguiente presupuesto para el ejercicio fiscal del año 2022, en su primera reforma.

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