Ordenanzas Municipales. Cantón San Miguel de Bolívar: Para la administración, organización, funcionamiento, ocupación y control del mercado central de la parroquia San Pablo de Atenas
Número de Boletín | 444 |
Sección | Ordenanzas Municipales |
Emisor | Gobiernos Autónomos Descentralizados |
Martes 4 de mayo de 2021Registro Ocial - Quinto Suplemento Nº 444
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EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL SAN MIGUEL DE BOLÍVAR
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 240 de la Constitución de la Repúblicadel Ecuador, conceden la facultad
legislativa a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales;
Que, el Art. 253 ibidem establece “Cada cantón tendrá un concejo cantonal, que estará
integrado por la alcaldesa o alcalde y las concejalas y concejales elegidos por
votación popular, entre quienes se elegirá una vicealcaldesa o vicealcalde. La
alcaldesa o alcalde será su máxima autoridad administrativa y lo presidirá con voto
dirimente. En el concejo estará representada proporcionalmente a la población
cantonal urbana y rural, en los términos que establezca la ley.”;
Que, el Art. 264 ibidem, menciona que “Los gobiernos municipales tendrán las
siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: 5.
Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones
especiales de mejoras.”;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
(COOTAD), señala las funciones del gobierno descentralizado municipal en el
Art. 54, y en lo concerniente, en el literal I) manifiesta "Prestar servicios que
satisfagan necesidades colectivas respeto de los que no exista una explícita reserva
legal a favor de otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo y
expendio de víveres; servicios de faenamiento, plazas de mercado y cementerios”;
Que, el Art. 57, ibidem, establece: “Atribuciones del concejo municipal.- Al concejo
municipal le corresponde: a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias
de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la
expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones; b) Regular,
mediante ordenanza, la aplicación de tributos previstos en la ley a su favor; c)
Crear, modificar, exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por los
servicios que presta y obras que ejecute;”;
Que, el Art. 322, ibidem menciona: “Decisiones legislativas. - Los consejos regionales
y provinciales y los concejos metropolitanos y municipales aprobarán ordenanzas
regionales, provinciales, metropolitanas y municipales, respectivamente, con el
voto conforme de la mayoría de sus miembros. Los proyectos de ordenanzas,
según corresponda a cada nivel de gobierno, deberán referirse a una sola materia
y serán presentados con la exposición de motivos, el articulado que se proponga
y la expresión clara de los artículos que se deroguen o reformen con la nueva
ordenanza…”;
Martes 4 de mayo de 2021 Quinto Suplemento Nº 444 - Registro Ocial
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Que, es necesario contar con un cuerpo normativo vigente que permita regular y
organizar los mercados municipales, para su correcto funcionamiento, y
utilización adecuada de los locales y puestos, que garantice una buena atención a
los consumidores;
Que, es necesario normar y reglamentar el funcionamiento y control del mercado
central de la Parroquia San Pablo de Atenas;
Que, los señores Concejales de cantón San Miguel de Bolívar, presentan el proyecto de
“ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACIÓN, ORGANIZACIÓN,
FUNCIONAMIENTO, OCUPACIÓN Y CONTROL DEL MERCADO
CENTRAL DE LA PARROQUIA SAN PABLO DE ATENAS, DEL CANTÓN
SAN MIGUEL DE BOLÍVAR”;
Que, en uso de las atribuciones legislativas que le concede los Arts. 7 y 57 literal a) del
Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización
(COOTAD), el Concejo Municipal del cantón San Miguel de Bolívar;
EXPIDE:
ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACIÓN, ORGANIZACIÓN,
FUNCIONAMIENTO, OCUPACIÓN Y CONTROL DEL MERCADO
CENTRAL DE LA PARROQUIA SAN PABLO DE ATENAS, DEL CANTÓN
SAN MIGUEL DE BOLÍVAR
CAPÍTULO I
DE LA DENOMINACIÓN
Art. 1.- El Mercado Central de la parroquia San Pablo de Atenas del Cantón San Miguel
de Bolívar se denomina: “MERCADO MUNICIPAL “SAN PABLO DE ATENAS”.
Está ubicado en el Barrio La Libertad, en las calles Juan Pio de Mora y Virgilio Coloma,
Parroquia San Pablo de Atenas, Cantón San Miguel de Bolívar.
Art. 2.- Ámbito. - La presente ordenanza tiene por objeto regular el uso, funcionamiento,
administración y arrendamiento del Mercado Municipal de la parroquia San Pablo de
Atenas, del cantón San Miguel de Bolívar; destinado para la comercialización de
productos de las regiones de sierra y costa, que se expendan en este Mercado Municipal.
Art. 3.- EL Mercado Municipal “San Pablo de Atenas”, estará al servicio del público en
general y destinado a la comercialización de productos alimenticios de primera necesidad,
expendio de comidas; así como para el comercio de productos lácteos, cárnicos y
embutidos, mariscos, artesanías, prestación de servicios de guardería y otros afines,
siempre que guarden relación con la presente ordenanza.
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