Ordenanzas Municipales. Cantón San Miguel de Bolívar: Para la administración, organización, funcionamiento, ocupación y control del mercado central de la parroquia San Pablo de Atenas

Número de Boletín444
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Martes 4 de mayo de 2021Registro Ocial - Quinto Suplemento Nº 444
37
EL CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL SAN MIGUEL DE BOLÍVAR
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 240 de la Constitución de la Repúblicadel Ecuador, conceden la facultad
legislativa a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales;
Que, el Art. 253 ibidem establece “Cada cantón tendrá un concejo cantonal, que estará
integrado por la alcaldesa o alcalde y las concejalas y concejales elegidos por
votación popular, entre quienes se elegirá una vicealcaldesa o vicealcalde. La
alcaldesa o alcalde será su máxima autoridad administrativa y lo presidirá con voto
dirimente. En el concejo estará representada proporcionalmente a la población
cantonal urbana y rural, en los términos que establezca la ley.”;
Que, el Art. 264 ibidem, menciona que “Los gobiernos municipales tendrán las
siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: 5.
Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones
especiales de mejoras.”;
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
(COOTAD), señala las funciones del gobierno descentralizado municipal en el
Art. 54, y en lo concerniente, en el literal I) manifiesta "Prestar servicios que
satisfagan necesidades colectivas respeto de los que no exista una explícita reserva
legal a favor de otros niveles de gobierno, así como la elaboración, manejo y
expendio de víveres; servicios de faenamiento, plazas de mercado y cementerios”;
Que, el Art. 57, ibidem, establece: “Atribuciones del concejo municipal.- Al concejo
municipal le corresponde: a) El ejercicio de la facultad normativa en las materias
de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la
expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones; b) Regular,
mediante ordenanza, la aplicación de tributos previstos en la ley a su favor; c)
Crear, modificar, exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por los
servicios que presta y obras que ejecute;”;
Que, el Art. 322, ibidem menciona: “Decisiones legislativas. - Los consejos regionales
y provinciales y los concejos metropolitanos y municipales aprobarán ordenanzas
regionales, provinciales, metropolitanas y municipales, respectivamente, con el
voto conforme de la mayoría de sus miembros. Los proyectos de ordenanzas,
según corresponda a cada nivel de gobierno, deberán referirse a una sola materia
y serán presentados con la exposición de motivos, el articulado que se proponga
y la expresión clara de los artículos que se deroguen o reformen con la nueva
ordenanza…”;
Martes 4 de mayo de 2021 Quinto Suplemento Nº 444 - Registro Ocial
38
Que, es necesario contar con un cuerpo normativo vigente que permita regular y
organizar los mercados municipales, para su correcto funcionamiento, y
utilización adecuada de los locales y puestos, que garantice una buena atención a
los consumidores;
Que, es necesario normar y reglamentar el funcionamiento y control del mercado
central de la Parroquia San Pablo de Atenas;
Que, los señores Concejales de cantón San Miguel de Bolívar, presentan el proyecto de
ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACIÓN, ORGANIZACIÓN,
FUNCIONAMIENTO, OCUPACIÓN Y CONTROL DEL MERCADO
CENTRAL DE LA PARROQUIA SAN PABLO DE ATENAS, DEL CANTÓN
SAN MIGUEL DE BOLÍVAR”;
Que, en uso de las atribuciones legislativas que le concede los Arts. 7 y 57 literal a) del
digo Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización
(COOTAD), el Concejo Municipal del cantón San Miguel de Bolívar;
EXPIDE:
ORDENANZA PARA LA ADMINISTRACIÓN, ORGANIZACIÓN,
FUNCIONAMIENTO, OCUPACIÓN Y CONTROL DEL MERCADO
CENTRAL DE LA PARROQUIA SAN PABLO DE ATENAS, DEL CANTÓN
SAN MIGUEL DE BOLÍVAR
CAPÍTULO I
DE LA DENOMINACIÓN
Art. 1.- El Mercado Central de la parroquia San Pablo de Atenas del Cantón San Miguel
de Bolívar se denomina: “MERCADO MUNICIPAL “SAN PABLO DE ATENAS”.
Está ubicado en el Barrio La Libertad, en las calles Juan Pio de Mora y Virgilio Coloma,
Parroquia San Pablo de Atenas, Cantón San Miguel de Bolívar.
Art. 2.- Ámbito. - La presente ordenanza tiene por objeto regular el uso, funcionamiento,
administración y arrendamiento del Mercado Municipal de la parroquia San Pablo de
Atenas, del cantón San Miguel de Bolívar; destinado para la comercialización de
productos de las regiones de sierra y costa, que se expendan en este Mercado Municipal.
Art. 3.- EL Mercado Municipal “San Pablo de Atenas”, estará al servicio del público en
general y destinado a la comercialización de productos alimenticios de primera necesidad,
expendio de comidas; así como para el comercio de productos lácteos, cárnicos y
embutidos, mariscos, artesanías, prestación de servicios de guardería y otros afines,
siempre que guarden relación con la presente ordenanza.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR