Ordenanzas Municipales. Cantón Saraguro: Que declara al cantón, libre de minería metálica, contaminación ambiental en agua, aire y suelo; y, todo aquello que deteriore, altere o modifique el ecosistema natural

Número de Boletín339
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Viernes 8 de julio de 2022Registro Ocial - Edición Especial Nº 339
31
1
OORRDDEENNAANNZZAA QQUUEE DDEECCLLAARRAA AALL CCAANNTTÓÓNN SSAARRAAGGUURROO,, LLIIBBRREE DDEE MMIINNEERRÍÍAA
MMEETTÁÁLLIICCAA,, CCOONNTTAAMMIINNAACCIIÓÓNN AAMMBBIIEENNTTAALL EENN AAGGUUAA,, AAIIRREE YY SSUUEELLOO;; YY,,
TTOODDOO AAQQUUEELLLLOO QQUUEE DDEETTEERRIIOORREE,, AALLTTEERREE OO MMOODDIIFFIIQQUUEE EELL EECCOOSSIISSTTEEMMAA
NNAATTUURRAALL..
EELL CCOONNCCEEJJOO
MMUUNNIICCIIPPAALL DDEELL GGOOBBIIEERRNNOO AAUUTTÓÓNNOOMMOO DDEESSCCEENNTTRRAALLIIZZAADDOO
MMUUNNIICCIIPPAALL IINNTTEERRCCUULLTTUURRAALL DDEELL CCAANNTTÓÓNN SSAARRAAGGUURROO
EEXXPPOOSSIICCIIÓÓNN DDEE MMOOTTIIVVOOSS
Saraguro se identifica por su alto grado de producción que reafirma la importancia
económica, social y simbólica que tiene el pueblo Saraguro, todo esto gracias a
la lucha comunitaria que el pueblo Saraguro ha tenido que enfrentar a lo largo de
la historia para mantener sus tierras, su cultura y poder impulsar el desarrollo de
un pueblo milenario e intercultural.
El Gobierno Autónomo Descentralizado Intercultural al promover la solidaridad y
el respeto a la diversidad, protegerá y promoverá de manera sustentable su
patrimonio natural y cultural, estimulando el empoderamiento ciudadano junto con
sus proyectos de vida, bajo la garantía de que todos y todas tenemos los mismos
derechos.
Saraguro al ser un cantón productivo, mantiene adjudicado 6039,36 l/s de agua
de los cuales el 64,10% de las adjudicaciones son para riego, mientras que el
20,50% de las adjudicaciones son para agua de consu mo, la diferen cia existe una
adjudicación de agua para la generación eléctrica, bajo este contexto se
determina que, en Saraguro en estos últimos años ha mantenido días de sequía
por lo que existe un escenario de riesgo para el desarrollo productivo, añadido a
este problema.
El Plan de Desarrollo de Desa rrollo y Ordenamiento Territorial del cantón
Saraguro, hace referencia que aproximadamente el 96.44% del territorio del
cantón Saraguro se ubica al interior de la cuenca del río Jubones, se identifica
como unidad hidrográfica Nivel cuatro, donde existen treinta y cuatro micro
cuencas, mientras que el 3.56% restante se ubica en las unidades hidrográficas
de los ríos Puyango con tres micro cuencas, Catamayo-Chira con una micro
cuenca y Zamora con cinco micro cuencas.
Saraguro cuenta con un gran potencial de tierras aptas para la conservación de
vida silvestre, tierras aptas para la forestación y reforestación, importantes
especies de flora y fauna, donde se identifica como el único lugar del mun do
donde se puede observar al colibrí estrella de garganta azul, especie endémica y
en peligro de extinción.
Con este antecedente y con el objeto de conservar nuestras vertientes de agua
es imprescindible presentar la propuesta del proyecto de “ORDENANZA QUE
DECLARA AL CANTÓN SARAGURO, LIBRE DE MINERÍA METÁLICA,
Viernes 8 de julio de 2022 Edición Especial Nº 339 - Registro Ocial
32
2
CONTAMINACIÓN AMBIENTAL EN AGUA, AIRE Y SUELO; Y, TODO AQUELLO
QUE DETERIORE, ALTERE O MODIFIQUE EL ECOSISTEMA NATURAL”,
conociendo los impactos negativos de la explotación minera, que afectaría de
manera irreversible la salud, la contaminación del agua, degradación del medio
ambiente, desplazamiento de comunidades y barrios.
CCOONNSSIIDDEERRAANNDDOO
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 1 señala que el
Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático,
soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza
en forma de república y se gobierna de manera descentralizada.
La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad,
y se ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas de
participación directa previstas en la Constitución. Los recursos naturales no
renovables del territorio del Estado pertenecen a su patrimonio inalienable ,
irrenunciable e imprescriptible.
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 12, determina que el
derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye
patrimonio nacion al estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible,
inembargable y esencial para la vida.
Que, el Art. 13 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que las
personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a
alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel
local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales.
El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria.
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Art. 14, reconoce el
derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado,
que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay.
Se declara de in terés público la preservación del ambiente, la conservación de
los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país,
la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales
degradados.
Que, el Art. 15 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el
Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías
ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo
impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía
alimentaria, ni afectará el derecho al agua. Se prohíbe el d esarrollo, producción,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR