Ordenanza Municipal 08-2015 - Cantón La Troncal: De remisión de intereses, multas y recargos por obligaciones tributarias pendientes de pago con el GAD Municipal

Número de Boletín512-Primer Suplemento
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados:
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2015

EL I. CONCEJO CANTONAL DEL CANTON LA

TRONCAL

Considerando:

Que el artículo 300 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el régimen tributario se regirá, entre otros, por los principios de generalidad, simplicidad administrativa, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria y fomentará conductas ecológicas, económicas y sociales responsables;

Que, el artículo 284, numerales 2 y 7 ibídem, disponen como objetivos de la política económica incentivar la producción nacional, la productividad, competitividad sistémica y la inserción estratégica en la economía mundial, así como mantener la estabilidad económica, entendida como el máximo nivel de producción y empleo sostenibles en el tiempo;

Que, el artículo 340 ibídem, faculta a la máxima autoridad financiera, entre otras funciones, las atribuciones derivadas del ejercicio de la gestión tributaria, de conformidad con lo previsto en la Ley;

Que, el artículo 4 del Código Tributario señala que las leyes tributarias determinarán el objeto imponible, los sujetos activo y pasivo, la cuantía del tributo o la forma de establecerla, las exenciones y deducciones; los reclamos, recursos y demás materias reservadas a la ley que deban concederse conforme a este Código;

Que, el artículo 54 ibídem, dispone que las deudas tributarias solo podrán condonarse o remitirse en virtud de ley, en la cuantía y con los requisitos que en la misma se determinen.

Que, el artículo 65 ibídem, establece que en el ámbito provincial o municipal, la dirección de la administración tributaria corresponderá, en su caso, al Prefecto Provincial o al Alcalde, quienes la ejercerán a través de las dependencias, direcciones u organismos administrativos que la Ley determine;

Que, el Art. 60 letra d) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, dispone que es atribución del Alcalde presentar al órgano legislativo proyectos de ordenanzas en el ámbito de las competencias de los GADs municipales.-;

Que, el artículo 489 ibídem, establece como fuentes de la obligación tributaria municipal, a) Las leyes que han creado o crearen tributos para la financiación de los servicios municipales o metropolitanos, asignándoles su producto, total o parcialmente; b) Las leyes que facultan a las municipalidades o distritos metropolitanos para que puedan aplicar tributos de acuerdo con los niveles y procedimientos que en ellas se establecen; y, c) Las ordenanzas que dicten las municipalidades o distritos metropolitanos en uso de la facultad conferida por la ley;

Que, el artículo 493 ibídem, establece la responsabilidad personal de los funcionarios que deban hacer efectivo el cobro de los tributos o de las obligaciones de cualquier clase a favor de la municipalidad o distrito metropolitano, serán personal y pecuniariamente responsables por acción u omisión en el cumplimiento de sus deberes;

Que, el Art. 1 y 4 de la Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos, publicada en el Registro Oficial Suplemento, Nro. 493 del 5 de mayo de 2015, incluye en la remisión de tributos a los Gobiernos Autónomos Descentralizados, dentro de los plazos, términos y condiciones previstos en la Ley ibídem; y,

En ejercicio de la facultad establecida en el artículo 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en concordancia con el último inciso del artículo 264 de la Constitución de la República del Ecuador.

Expide:

LA ORDENANZA DE REMISION DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS POR OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PENDIENTES DE PAGO CON EL GAD MUNICIPAL LA TRONCAL.

CAPITULO I Artículos 1 a 3

GENERALIDADES.

Art. 1 Ámbito de Aplicación.- La presente ordenanza rige para la remisión de intereses, multas y recargos sobre los tributos municipales cuya recaudación y/o administración le corresponde única y directamente al GAD Municipal La...

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