Ordenanzas Municipales. Cantón Urdaneta: Que reforma a la Ordenanza de manejo integral de residuos sólidos

Número de Boletín1509
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 3 de febrero de 2021 Edición Especial Nº 1509 - RegistroOcial
52
Página 1de 9
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL
CANTÓN URDANETA.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo. 1.-de la Constitución de la República del Ecuador, dice: El
Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social,
democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y
laico;
Que, en el numerales 1 del artículo. 3.-de la Constitución de la República del
Ecuador, dice: Son deberes primordiales del Estado: 1. Garantizar sin
discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la
Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación,
la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 10 reconoce a
la naturaleza como sujeto de derechos;
Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce a
la población el derecho a vivir en un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay.
Además, declara de interés público la preservación del ambiente, la
conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio
genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los
espacios naturales degradados;
Que, el artículo 15 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que
el Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías
ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo
impacto;
Que, el artículo. 32.-de la Constitución de la República del Ecuador, establece:
La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al
ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la
educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos
y otros que sustentan el buen vivir;
Que, el artículo 66, numeral 27 de la Constitución de la República del Ecuador,
garantiza a las personas el derecho a vivir en un ambiente sano,
ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la
naturaleza;
Que, el artículo 83, numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador,
establece que son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los
ecuatorianos, entre otros, el respetar los derechos de la naturaleza, preservar

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR