Circular Nº SERCOP-SERCOP-2019-0007-C del Servicio Nacional de Contratación Pública, 12-06-2019

Fecha12 Junio 2019
Número de circularSERCOP-SERCOP-2019-0007-C
EmisorServicio Nacional de Contratación Pública (Ecuador)
Circular Nro. SERCOP-SERCOP-2019-0007-C
Quito, D.M., 12 de junio de 2019
Asunto: Implementación del Sistema de Gestión Antisoborno en el Servicio Nacional de
Contratación Pública
Señores Proveedores del Estado
Srs.
Responsables de Compras Públicas - Entidades Contratantes
De mi consideración:
El Servicio Nacional de Contratación Pública -SERCOP- es el organismo de derecho
público, técnico regulatorio, con personalidad jurídica propia y autonomía administrativa,
técnica, operativa, financiera y presupuestaria, siendo el ente rector del Sistema Nacional
de Contratación Pública -SNCP-. Este Servicio tiene como eje principal la transparencia
en la gestión eficiente de las compras públicas, para lo cual se están tomando acciones
que promueven el uso transparente de los recursos públicos, siendo una de ellas la
implementación del Sistema de Gestión Antisoborno, basado en la norma internacional
ISO 37001: 2016.
En este sentido y con la finalidad de fortalecer el conocimiento de nuestra Política
Integrada de la Calidad y Antisoborno en todas nuestras partes interesadas, a continuación
presentamos la misma:
“Comprometidos con la calidad, eficiencia, eficacia, transparencia, confianza y
satisfacción de nuestros usuarios, mejoramos continuamente el Sistema Nacional de
Contratación Pública, a través del uso eficiente del gasto público, la regulación,
normalización de productos y servicios de la compra pública, innovación de nuestros
procesos y servicios, capacitación a nuestros actores y prohibiendo expresamente la
práctica de actos de corrupción y soborno, cumpliendo los requisitos técnicos y legales,
incluyendo los relacionados a combatir la corrupción, apoyados en un equipo humano
responsable, con valores y principios éticos.
Promovemos la participación de nuestras partes interesadas a que expongan y
denuncien cualquier acto de corrupción sin temor a represalias, amparados en la
autoridad e independencia de la función de cumplimiento establecida por el SERCOP.
Ante el incumplimiento de esta Política o del Código de Ética, se tomarán las acciones o
el traslado correspondiente, las cuales podrán tener como consecuencia la imposición de
sanciones de tipo disciplinarias, administrativas, civiles o penales, por las autoridades
correspondientes de acuerdo con la normativa aplicable”.
Con el propósito de promover la participación de nuestras partes interesadas, se pone en
su conocimiento los canales de denuncias:
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* Documento generado por Quipux

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