Circular Nº SERCOP-SERCOP-2021-0006-C del Servicio Nacional de Contratación Pública, 24-03-2021

Número de circularSERCOP-SERCOP-2021-0006-C
Fecha24 Marzo 2021
EmisorServicio Nacional de Contratación Pública (Ecuador)
Circular Nro. SERCOP-SERCOP-2021-0006-C
Quito, D.M., 24 de marzo de 2021
Asunto: Lineamientos para el adecuado uso de la herramienta de Catálogo Electrónico en
la generación de órdenes de compra en Catálogo Dinámico Inclusivo.
Máximas Autoridades
Entidades contratantes
De mi consideración:
El Servicio Nacional de Contratación Pública (en adelante) SERCOP, de conformidad
con lo establecido en el artículo 10 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública (en adelante LOSNCP), es el órgano que ejerce la rectoría del
Sistema Nacional de Contratación Pública (en adelante SNCP), y su objetivo fundamental
es exigir el cumplimiento de los principios previstos en la misma Ley, y aquellas
actividades inherentes a los mismos.
Al respecto, me permito señalar lo siguiente:
I.- Antecedentes:
De conformidad con lo previsto en los numerales 12 y 17 del artículo 10 de la LOSNCP,
el SERCOP tiene entre sus atribuciones legales, las de capacitar y brindar asesoramiento
a los actores del SNCP sobre los instrumentos, herramientas y procedimientos de
contratación pública, así como, sobre la inteligencia o aplicación de las disposiciones
normativas que integran el SNCP.
En este sentido a través de Resolución Interna Nro. R.I.-SERCOP-2020-00010 de 30 de
junio de 2020, se emitió el “Instructivo para regular el procedimiento de emisión de los
oficios circulares que expida el Servicio Nacional de Contratación Pública –SERCOP”,
así el artículo 3, establece que: “Para efectos del presente Instructivo, se entenderá por
oficio circular aquel instrumento jurídico por el cual la máxima autoridad del SERCOP o
su delegado emite una información de interés general, relativa al Sistema Nacional de
Contratación Pública, a los actores del referido Sistema. Los oficios circulares del
SERCOP pueden ser de los siguientes tipos: [] a) Aplicador.- No constituyen actos
administrativos, así como tampoco constituyen actos normativos por si solos, pues
únicamente se limitan a contener directrices técnico-orientativas sobre los
procedimientos y disposiciones normativas o principios relacionados con el SNCP, que
existen de forma previa. Estos oficios circulares no son vinculantes por sí solos, ya que
están atados a una o varias disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias o
resolutivas del SNCP, que son la que directamente tienen carácter vinculante. [...] c)
Instrumental. - Son oficios circulares relacionados a la utilización,
aplicación, actualización, orientación de las herramientas del SNCP, y en general
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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