Circular Nº SERCOP-SERCOP-2023-0002-C del Servicio Nacional de Contratación Pública, 23-01-2023

Fecha23 Enero 2023
Número de circularSERCOP-SERCOP-2023-0002-C
EmisorServicio Nacional de Contratación Pública (Ecuador)
Circular Nro. SERCOP-SERCOP-2023-0002-C
Quito, D.M., 23 de enero de 2023
Asunto: Solicitud de cambio de contraseñas a las Entidades Contratantes dentro del Sistema
Oficial de Contratación Pública del Ecuador.
Máximas Autoridades
Entidades contratantes
I. Antecedentes:
El Servicio Nacional de Contratación Pública -SERCOP, de conformidad con lo establecido
es el órgano que ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Contratación Pública -SNCP y su
objetivo fundamental es exigir el cumplimiento de los principios previstos en la Ley.
De conformidad a lo prescrito en los números 1, 12 y 17 del artículo 10 de la LOSNCP, el
SERCOP tiene entre sus atribuciones legales, brindar asesoramiento a los actores del SNCP,
sobre la inteligencia o aplicación de las normas que regulan los procedimientos de
contratación pública. Asimismo, el número 8 del artículo 8 del Reglamento General a la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP, establece que el
SERCOP tendrá entre otras atribuciones, la facultad de expedir oficios circulares con el
propósito de reproducir el contenido de la LOSNCP, su Reglamento General de Aplicación y
otras disposiciones normativas; así como brindar orientación o instrucción sobre la aplicación
normativa y los principios del SNCP.
Adicionalmente, a través de la Resolución Interna Nro. R.I.-SERCOP-2020-00010 de 30 de
junio de 2020, el SERCOP emitió el “Instructivo para regular el procedimiento de emisión de
los oficios circulares que expida el Servicio Nacional de Contratación Pública –SERCOP”,
cuyo artículo 3 establece: “Para efectos del presente Instructivo, se entenderá por oficio
circular aquel instrumento jurídico por el cual la máxima autoridad del SERCOP o su
delegado emite una información de interés general, relativa al Sistema Nacional de
Contratación Pública, a los actores del referido Sistema.
Los oficios circulares del SERCOP pueden ser de los siguientes tipos:
a) Aplicador.- No constituyen actos administrativos, así como tampoco constituyen actos
normativos por si solos, pues únicamente se limitan a contener directrices
técnico-orientativas sobre los procedimientos y disposiciones normativas o principios
relacionados con el SNCP, que existen de forma previa. Estos oficios circulares no son
vinculantes por sí solos, ya que están atados a una o varias disposiciones constitucionales,
legales, reglamentarias o resolutivas del SNCP, que son la que directamente tienen carácter
vinculante ()
c) Instrumental. - Son oficios circulares relacionados a la utilización, aplicación,
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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