Resolución 27 - 2010 Ampliar la competencia de los Juzgados Sexto y Séptimo Civil, Tercero de Garantías Penales, Segundo de Tránsito, Cuarto Niñez y Adolescencia de Imbabura, con sede en el Cantón Otavalo., de 3 de Agosto de 2010

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Resolución No. 027-2010
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EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
CONSIDERANDO
Que la parroquia de San José de Minas del Cantón Quito, Provincia de Pichincha.
actualmente se encuentra subordinada a la competencia territorial del Cantón Quito,
cuando la Función Judicial cuenta con juzgados de Garantías Penales, Civil y de Niñez
y Adolescencia en el cantón Otavalo, jurisdicción cercana a dicha parroquia;
Que en las judicaturas del cantón Quito, existen una gran demanda del servicio judicial,
dificultando a la ciudadanía de estas parroquias un efectivo acceso al servicio de
justicia,
Que la Función Judicial tiene como su principal tarea la de servir a la ciudadanía y
brindar en forma directa sus servicios de administración de justicia;
Que, es necesario racionalizar los recursos humanos y los servicios judiciales,
facilitando el despacho oportuno;
Que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 75 de la Constitución Política del Estado:
Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva,
imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de
inmediación y celeridad;
Que el Art. 181 numeral 1 de nuestra Carta Magna, establece: Serán funciones del
Consejo de la judicatura además de las que determina la Ley: Definir y ejecutar las
políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial;
Que de acuerdo con el artículo 264 numeral 12, letra b) del Código Orgánico de la
Función Judicial, al Consejo de la Judicatura, le corresponde establecer o modificar la
sede y precisar la competencia en que actuarán las salas de las cortes provinciales,
tribunales penales, juezas y jueces de primer nivel;
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales:
Resuelve:
Art. 1.- Ampliar la competencia en razón del territorio de los juzgados Sexto y Séptimo
Civil,
Tercero de Garantías Penales, Segundo de Tránsito, Cuarto Niñez y
Adolescencia de Imbabura, con sede en el cantón Otavalo, los cuales además de los
asuntos
jurisdiccionales propios de su circunscripción territorial, se les asigna
competencia para conocer las causas que se generen en la parroquia San José de
Minas del cantón Quito.

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