Ordenanzas Municipales. CMQ-09-2022 Cantón Quinsaloma: Que regula el uso, administración y funcionamiento del parque recreacional, multicomercio y servicios “Simón Lucio”

Número de Boletín682
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Miércoles 28 de diciembre 2022 Edición Especial Nº 682 - Registro Ocial
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN
Quinsaloma Los Ríos Ecuador
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ORDENANZA CMQ-09-2022
EL CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN QUINSALOMA.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su Artículo 264 reconoce que los
Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, en el ámbito de sus competencias
y territorio, y en uso de sus facultades expedirán ordenanzas cantonales.
Que, el artículo 238 de la Constitución de la República en vigencia, establece y
garantiza que los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política,
administrativa financiera y que constituyen gobiernos autónomos descentralizados,
entre otros, los concejos municipales.
Que, el artículo 270 de la Constitución de la República del Ecuador establece que los
gobiernos autónomos descentralizados generarán sus propios recursos financieros y
participarán de las rentas del Estado, de conformidad con los principios de
subsidiariedad, solidaridad y equidad.
Que, el artículo 53 del COOTAD, manifiesta que los gobiernos autónomos
descentralizados municipales son personas jurídicas con autonomía política,
administrativa y financiera.
Que, el literal m) del Artículo 54 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial,
Autonomía y Descentralización (COOTAD), establece como una función de los
Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales el de regular y controlar el uso del
espacio público cantonal y, de manera particular, el ejercicio de todo tipo de actividad
que se desarrolle en él.
Que, es atribución del Concejo Municipal de conformidad con el Artículo 57 del
COOTAD literal b) Regular, mediante ordenanza la aplicación de tributos previstos en
la ley a su favor; así como el literal c) de la misma norma legal faculta Crear, modificar,
exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por los servicios que presta y
obras que ejecute.
Que, es necesario reglamentar el uso, administración, y funcionamiento del parque
recreacional y patio de comidas de Quinsaloma, para su correcto uso por parte de la
ciudadanía;
Que, por medio de la presente Ordenanza se reglamenta un proceso administrativo
eficiente y eficaz, aplicando tasas, y tarifas por los servicios que se preste a la
colectividad dentro del parque recreacional y patio de comidas de Quinsaloma, debido
al gasto que realiza el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón
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Quinsaloma para el correcto funcionamiento de los mismos; aplicación de sanciones por
la inobservancia e incumplimiento de esta normativa; así como los requisitos que deben
cumplir los usuarios para la ocupación de los lugares en mención.
Que, en ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 7 inciso primero, 57
literal a); y, artículo 322 del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía
y Descentralización (COOTAD) vigente, y demás atribuciones constitucionales y
legales de las que se halla investido.
EXPIDE:
ORDENANZA QUE REGULA EL USO, ADMINISTRACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL PARQUE RECREACIONAL, MULTICOMERCIO Y
SERVICIOS “SIMÓN LUCIO”.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES:
Artículo 1.- Esta Ordenanza regula las actividades comerciales que se realizan en el
parque recreacional, multicomercio y servicios “Simón Lucio”.
Artículo 2.- Parque recreacional, multicomercio y servicios “Simón Lucio”, es un
establecimiento de actividad comercial al servicio público, destinado esencialmente a la
recreación infantil y a la comercialización de artículos varios y servicios.
Artículo 3.- El parque recreacional, multicomercio y servicios “Simón Lucio”, es un
espacio público destinado a la recreación infantil y comercio de productos, se encuentra
dividido en 4 secciones.
Sección 1: Oficinas de prestación de servicios
Sección 2: Venta de comidas rápidas
Sección 3: Venta de productos varios
Sección 4: Parque recreacional
Artículo 4.- Parque recreacional, multicomercio y servicios “Simón Lucio”, es un
espacio establecido, construido, y financiado por el GAD Municipal del Cantón
Quinsaloma, en el que se concede a los comerciantes la ocupación de puestos para el
uso de oficinas, venta de comida rápida y artículos varios mediante el pago de una tarifa
que se hace efectiva para cubrir gastos de administración, operación y mantenimiento.
CAPÍTULO II

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