Acuerdos 1924. Concédese licencia con cargo a vacaciones y legalícense los viajes al exterior de los siguientes funcionarios: Deléguese facultades al Director/a Financiero/a

Número de Boletín953-Primer Suplemento
SecciónAcuerdos
EmisorSecretaría Nacional de la Administración Pública
8 – Miércoles 1º de marzo de 2017 Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 953
No. 1924
Luisa Magdalena González Alcívar
SECRETARIA NACIONAL
DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, determina que les corresponde a las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley “Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requieren su gestión”;
Que, el artículo 226 ibídem, dispone que “Las instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la norma fundamental, consagra
que “La Administración Pública constituye un servicio a
la colectividad que se rige por los principio de ef‌i cacia,
calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planif‌i cación, transparencia
y evaluación”;
Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte
de la Iniciativa Privada, dispone que cuando la conveniencia
institucional lo requiera, los máximos personeros de las
instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones,
of‌i cios que sean necesarios para delegar sus atribuciones;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1292 de 4 de enero
de 2017, el señor economista Rafael Correa Delgado,
Presidente Constitucional de la República, designó a
la doctora Luisa Magdalena González Alcívar, como
Secretaría Nacional de la Administración Pública;
Que, el artículo 13 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva -ERJAFE, determina
que la “Secretaría Nacional de la Administración Pública es
una entidad de derecho público, con personalidad jurídica
y patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria,
f‌i nanciera, económica y administrativa”;
Que, el artículo 15 del Estatuto ibídem, establece entre
las atribuciones y funciones de la Secretaria Nacional
de la Administración Pública las siguientes: “[...] 4.-
Expedir dentro del ámbito de sus competencias, acuerdos,
resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la ley y
este Estatuto; [...] 14.- Delegar sus atribuciones mediante
Acuerdo; [...]”;
Que, el artículo 55 del ERJAFE, señala que “Las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley
o por Decreto. La delegación será publicada en el Registro
Of‌i cial...”;
Que, en cumplimiento del Acuerdo Ministerial No. 0009
de 18 de enero de 2016, expedido por el Ministerio de
Finanzas, a través del cual se emitió las Directrices para
la Gestión de Gasto Público No Permanente, la máxima
autoridad de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública emitió el Acuerdo Ministerial No. 1511 de 28 de
enero de 2016, publicado en el Registro Of‌i cial No. 699 de
25 de febrero de 2016, delegando al Director/a Financiero/a
de esta Secretaría de Estado el registro y/o consolidación
de la información y envió de la petición con el detalle de
la solicitud de aval, a través de la aplicación informática
creada en el Sistema Integrado de Gestión Financiera
(e-SIGEF) por el Ministerio de Finanzas en conformidad al
instructivo emitido para su aplicación;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 0011 de 16 de enero
de 2017, el economista Patricio Rivera Yánez, Ministro de
Finanzas, expidió las Directrices para la Gestión del Gasto
Público;
Que, el artículo 4 del Acuerdo ibídem, señala que “La
máxima autoridad de las entidades, instituciones,
organismos y empresas públicas sujetas a las presentes
directrices, que transaccionan en la herramienta e-SIGEF,
de manera indelegable autorizará la solicitud de aval
para los contratos; y delegará al responsable del módulo
el registro, consolidación de la información, certif‌i cación
de posesión de los informes y las autorizaciones
correspondientes, previo a la solicitud de aval a través
de la aplicación informática creada por el Ministro de
Finanzas...”; y,
Que, mediante memorando No. SNAP-CGAF-2017-
047-M de 24 de enero de 2017, el licenciado Juan Manuel
Chiriboga Arteta, Coordinador General Administrativo
Financiero, solicitó a la abogada Narcisa Gabriela Salvador
Zambrano, Coordinadora General Jurídica (E), que proceda
con la revisión de la normativa legal antes citada, para
la elaboración del documento jurídico que en derecho
corresponda para instrumentar la delegación referida en
líneas anteriores.
En uso de las facultades y atribuciones que le conf‌i ere
el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la
República; y, numerales 4 y 14 del artículo 15 del Estatuto
de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva,
Acuerda:
Artículo 1.- Delegar al Director/a Financiero/a de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública que
efectué el registro, consolidación de la información y
soli citar a las áreas requirentes la información necesaria
a f‌i n de que certif‌i que la posesión de los informes y las
autorizaciones correspondientes, previo a la solicitud de
aval a través de la aplicación informática por el Ministerio
de Finanzas.

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