La protección constitucional de la familia
Autor | Rosario Valpuesta Fernández |
Cargo | Catedrática de Derecho civil, Universidad Pablo de Olavide, España |
Páginas | 127-160 |
FORO revista
de
derecho,
No.
5,
UASB-Ecuador /
CEN
• Quito, 2006
La
protección constitucional
de
la familia
Rosario Va/puesta F ernández *
La
autora enfatiza la necesidad de dotar de ductilidad
al
Derecho frente a los
cambios sociales, refiriéndose particularmente a la familia y
sus
transformaciones
como
institución jurídica y como construcción social y cultural.
Reflexiona sobre
el
carácter hegemónico de
la
familia nuclear burguesa
en
el
de-
recho, planteando
el
desafío de que éste responda a la realidad social que mues-
tra diversas formas de familia que no calzan
en
el
modelo dominante.
Analiza
al
matrimonio como
el
paradigma de la relación de pareja, incluso en
la
aspiración de aquellos que quieren dotar a
su
unión de efectos jurídicos, como
es
el caso de
las
parejas de homosexuales que
se
quieren vincular
en
los mismos
términos, o
las
uniones de hecho,
sean
éstas
heterosexuales
IJ
homosexuales, de-
mostrando que, el reconocimiento de otros modelos de familia y la respuesta que
se
dé a
estas
demandas, pueden alterar la posición que el matrimonio tiene
en
la
Constitución, y en la garantía institucional que
en
la
misma
se
consagra.
LA LLAMADA FAMILIA TRADICIONAL
Desde hace ya algún tiempo se ha convertido en un lugar común, para los estu-
diosos de la familia, el señalar las transformaciones que se están produciendo
en la misma, que se ven como síntomas de un desmoronamiento de una institución
que es cada vez más inestable, en la medida que está siendo desbordada por la acti-
tud individualista de sus miembros, que con sus comportamientos en el seno de la
misma y
al
exterior han alterado las relaciones entre los sexos y también entre las ge-
neraciones, modificando los esquemas tradicionales de la convivencia familiar, al
mismo tiempo que emergen en la sociedad otras realidades que se reconocen como
familia. l
* Catedrática de Derecho civil, Universidad Pablo
de
Olavide, España.
1.
Unos cambios
que
ya fueron señalados
por
R. Konig,
La
familia en nuestro tiempo (Alemania 1974), Madrid,
1981, pp. 53 y ss.
La
percepción social
que
en España se tiene de las transformaciones familiares se ha puesto
de manifiesto en
la
encuesta del Centro de Investigaciones Sociológicas, realizada
en
diciembre de 2000,
para
FORO 127
Rosario Valpuesta Fernández
La percepción de estos cambios provoca en algunos añoranzas y nostalgia de unos
tiempos que definitivamente han pasado, y en otros, inquietud y desasosiego por un
futuro que ven incierto.2 Puede parecer que las nociones se trastocan, los papeles se
alteran, las relaciones cambian en un torbellino de transformaciones que como un
vendaval azota a la familia tradicional.
Resulta, sin embargo, que ese modelo de familia contemporánea, no es más que
una construcción social que se consolida en un momento determinado: la familia nu-
clear burguesa en torno a la que se elabora todo un imaginario que acaba por englo-
bar a la familia en sí. Esta familia, que se consolidó a principios del siglo XIX, re-
presentaba en su momento la modernidad de la revolución industrial frente a la acti-
vidad agrícola, de lo urbano frente a lo rural
y,
sobre todo, reflejaba el comportamien-
to de una determinada clase social, la burguesa, que proyectó en el mundo familiar
sus concepciones a través de códigos éticos y sociales.3 Con una nítida separación del
conocer la opinión pública sobre la evolución social registrada en España en los últimos 25 años: el 86,2% de
los ciudadanos opinaba que se habían producido muchos cambios en el matrimonio y la vida familiar, G. Pastor
Ramos, Lafamilia en España. Sociologfa de un cambio, Salamanca, 2000,
p.
47. En el plano jurídico estos cam-
bios han sido resaltados por casi todos los autores que estudian la familia, con carácter más general,
M.
Alonso
Pérez, "La familia entre el pasado y la modernidad", Actualidad Civil, No.
1,
5 al
11
de enero de 1998, pp. 1 Y
ss; E. Roca, "Globalización y Derecho de familia: Los trazos comunes del Derecho de familia en Europa", en
Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada. El Derecho y lafamilia, Granada, 2002, pp.
27 Y ss. Desde la sociología jurídica, afirma Carbonnier, que la familia, como todas las instituciones del Dere-
cho, se transforma
en
el curso de los tiempos, tanto en sus funciones como en su estructura, y continúa transfor-
mándose, Flexible Droit,
pour
une sociologie du droit sans rigueur,
10
edition, París, 2001,
p.
278. Y desde la
sociología son expresivas las palabras de L. Flaquer cuando afirma: "Las metamorfosis de las formas de convi-
vencia no es más que un reflejo de las profundas transformaciones de los cimientos sobre los que se asienta nues-
tra sociedad. Se trata de mutaciones de gran calado que afectan la misma naturaleza del orden social. Las alte-
raciones del universo familiar representan variaciones registradas al tiempo que presagian y estimulan nuevas
mudanzas", "El ocaso del patriarcado", en Revista de la Facultad de Derecho
de
la Universidad de Granada, El
Derecho y lafamilia, cit. p. 9.
2.
Una posición crítica a estos cambios en la familia se pueden entrever
en
las palabras de G. Pastor Ramos cuan-
do afmna:
"La
familia hoy ya no constituye aquella estructura prominente en la sociedad: a otras instituciones
políticas, comerciales, de consumo, industria y empresa, los poderes públicos conceden mayor importancia e,
incluso, entre ellos hay más convencidos de que la sociedad podría ya funcionar perfectamente sin el fundamen-
to familiar", La familia en España. Sociología de un cambio,
cito
p.
46.
3.
La noción de respetabilidad se modela en contraposición al desorden que caracterizaba, a juicio de la clase bur-
guesa, a la familia obrera; así se identificaba a la familia conyugal con legitimidad de la descendencia que otor-
ga el matrimonio, con la estabilidad del mismo, con la educación y cuidado de los hijos bajo la dirección de los
padres, con la preservación de la privacidad del hogar y con la corrección formal de los comportamientos, sobre
todo de las esposas. Como afirma L. Guttormsson,
"La
respetabilidad requería que se exhibiera lo que se tenía
(por ejemplo, el domingo las mejores ropas y los mejores muebles), así como mantener un ritual y un compor-
tamiento (la comida en familia, ir a la Iglesia, el paseo dominical). La mujer casada que no realizaba un trabajo
remunerado personificaba su respetabilidad con su competencia doméstica. Se sentía orgullosa de la casa y de
la familia y adquiría autoestima demostrando que era capaz de llevar la economía de la familia, cuidar debida-
mente de sus hijos y cerciorarse de que asistían regularmente a clase. Aun así, cúanto más pobre era la familia,
tanto era mayor el esfuerzo que la madre tenía que hacer para alcanzar la "Las relaciones pater-
nofiliales", en David
1.
Kertzer y Marzio Barbagli (compiladores), La vida familiar desde la Revolución france-
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La
protección constitucional
de
la familia
espacio público y del espacio privado, reservado este último a la familia, se aisló a
ésta en el ámbito de
10
doméstico con un claro reparto de los roles, entre el marido y
la mujer,4 entre las generaciones, y entre los hijos y las hijas, en un mundo de rela-
ciones de desigualdad y sumisión. Un modelo que se fue extendiendo a todas las ca-
pas sociales, como nos revela Mary Jo Maynes: "Una vez que quedaron establecidos
los nuevos conceptos de domesticidad en la clase media ilustrada, se llevaron a cabo
esfuerzos (siempre impugnados) para verlos reflejados y difundidos a través de pro-
yectos filantrópicos laicos y religiosos, escuelas públicas y privadas o al servicio do-
méstico; tanto como mediante la literatura, las artes
y,
cada vez más, la cultura del
consumo".5
Esta identificación de la familia con el modelo expuesto provoca que cualquier
cambio o transformación en la misma se tienda a ver como una situación de crisis.
Sin embargo, esta sensación no es más que producto del desconocimiento de la rea-
lidad compleja y diversa que siempre ha sido la familia; y refleja una visión unidi-
mensional de la misma, al concretarla en una determinada experiencia histórica, de
factura reciente, que fue recogida en los códigos civiles decimonónicos; nos referi-
mos a la familia conyugal burguesa.6
Por todo ello estamos con Gerges Duby7 cuando afirma:
Todo indica que, en las sociedades occidentales, bajo los insistentes resquicios de las
apariencias rituales, el cambio que a todos nos sorprende ya hace tiempo que se ha inicia-
do. Si en los últimos años algunos de estos factores han precipitado su ritmo -tales como
los descubrimientos científicos y técnicas, que bruscamente permiten a la humanidad ser
capaz de ser señora de su destino biológico, llegando incluso a alterar las formas de pro-
creación-, la mayor parte de esos factores ya estaban presentes antes del comienzo del si-
glo XX. Por tanto, hay que bucear en un pasado lejano.
sa hasta la Primera Guerra Mundial/1789-1913), Historia de la familia europea, vol. 2 (2002), Barcelona,
2003, p. 398.
4.
Como
aftrma Gody,
"La
segunda mitad del siglo
XIX
conoció
la
gradual expansión del rechazo a las "esposas
trabajadoras",
un
sentimiento que, presente
en
la
aristocracia, fue adoptado
por
la alta burguesía a comienzos del
siglo
XVIII
y
más
tarde
por
los elementos más altos
de
la
clase trabajadora, Lafamilia europea, Barcelona 2001,
p.165.
5. "Culturas e imágenes de
la
vida familiar correcta", La vida familiar desde la Revolución Francesa hasta la Pri-
mera Guerra Mundial (1789-1013), Historia de la familia europea cit. p. 301.
En
la
misma
obra, L. Guttorms-
son, indica que a medida
que
fue avanzando el siglo
XX
"los conceptos
de
respetabilidad"
de
la
clase burguesa
fueron modelados
en
mayor
medida
por
la
ideología doméstica,
"Las
relaciones paternoftliales", cit., p. 398.
6.
Una
exposición acerca de
la
relatividad histórica
de
la
familia
en
Rosario Valpuesta, "Otras miradas sobre la fa-
milia: las familias y sus funciones", Libro Homenaje al profesor Manuel Albaladejo García, t.
11,
Murcia, 2005,
pp. 4915 Y ss.
7. Prólogo a Burguiére, Klapisch-Zuber, Segalen,
Zonaben
(editores) Historia da familia. Tempos medíevais: oci-
dente, oriente, (Francia 1986), Lisboa, 1997, p. 6.
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