El control de convencionalidad y la protección del derecho a la propiedad privada a partir de la sentencia del caso Salvador Chiriboga vs. Ecuador

AutorMaría del Carmen Jácome Ordoñez
CargoDocente contratada del Área de Derecho de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador
Páginas45-62
El control de convencionalidad
y la protección del derecho a la propiedad
privada a partir de la sentencia del caso
Salvador Chiriboga vs. Ecuador
María del Carmen Jácome*
RESUMEN
El presente artículo hace un análisis respecto del derecho de propiedad privada
a partir de la expedición de la sentencia del caso Salvador Chiriboga vs.Ecuador
por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La preocupación de
la autora radica en el hecho de que es la condena más costosa dentro del sistema
interamericano de protección por la violación del derecho a la propiedad privada
(art. 21.2 CA); garantías judiciales (art. 8.1 CA) y protección judicial (art. 25.1 CA).
Se trata de un tema de gran actualidad, puesto que el Ecuador está atravesando
por un proceso de reforma judicial, dentro del cual también se debe tomar en
cuenta la difusión de estos temas a operadores de justicia, para evitar cometer los
mismos errores sobre todo por denegación de justicia, como ocurrió en el caso
en estudio.
PALABRAS CLAVE: Reforma de justicia, control de convencionalidad, derecho de pro-
piedad privada, nalidad pública, arbitrariedad.
ABSTRACT
The contents of this article analyze the right to private property after the decision
of the Inter-American Court of Human Rights in the case “Salvador Chiriboga vs.
Ecuador”. The author´s concern is the fact that this case represents the most ex-
pensive sentence inside the Inter-American protection system due to the violation
of the right to private property (art. 21.2 AC); judicial guarantees (art. 8.1 AC) and
judicial protection (art. 25.1 CA). This subject has special relevance since Ecuador
is facing a judicial reform process and it is necessary to consider that the diffusion
of this decision among judges could prevent the commission of the same mistakes;
specially, those related to denial of justice as it occurred in the present case study.
KEY WORDS: Judicial reform, Conventional control, right to private property, public
purpose, arbitrariness.
FORO Revista de Derecho, n.º 21,
UASB-Ecuador฀/฀CEN฀•฀Quito,฀2014
* Docente contratada del Área de Derecho de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador.
FORO
FORO฀45
FORO฀21,฀I฀semestre฀2014
FORO฀46
En el marco del proceso de transformación de la justicia que actualmente esta-
mos viviendo en el Ecuador, se hace indispensable el análisis, la discusión y
la difusión de las condenas recibidas en contra del Estado ecuatoriano por la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Al efecto, la reforma judicial abarca un complejo conjunto de cuestiones que apun-
ta a mejorar la administración de justicia y que, a su vez, debe considerarse dentro de
un programa de políticas públicas. Esto supone que, enmarcada en el derecho al de-
sarrollo económico e institucional, la reforma judicial suele percibirse como un com-
ponente esencial para promover la democratización del sistema de gobierno dentro
de un determinado país. De allí que se considere que un sistema judicial funcional e
independiente, que contemple mecanismos ágiles de prestación de justicia, constituye
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una reforma judicial efectiva radica en que esta debe facilitar el acceso a la justicia.
Esta debe ser la condición sine qua non para la instauración de una efectiva refor-
ma judicial, y el primer escalón para la democratización plena de la Función Judicial,
sobre todo si tomamos en cuenta lo que señala el profesor y jurista italiano, Luigi
Ferrajoli:
          
legalidad: pues esta puede llegar hasta dónde le señala la Constitución, y es ahí donde no
se trata de una posición invasiva de la jurisdicción sobre la política, sino de una condición
ética en que los jueces están llamados a hacer cumplir la Constitución y las leyes bajo un
estricto apego al sistema de garantías y el respeto a los derechos fundamentales.1
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transformación de las instituciones judiciales, lo que implica cambios en los aspectos
materiales y culturales de estas. Recordemos que este proceso en Ecuador nació por
iniciativa del Ejecutivo, que decidió someter a la consideración de la ciudadanía la
decisión de reformar la administración de justicia, y lo hizo mediante referéndum con-
vocado para el 7 de mayo de 2011. Pregunta que mereció la aprobación mayoritaria de
los ecuatorianos y que implicó una reforma a la aún novel Constitución Ecuatoriana
de octubre de 2008.2 De allí que en nuestro caso particular se trate de un proceso de
reforma legitimado por la ciudadanía ecuatoriana en las urnas.
1. Luigi Ferrajoli, Democracia y garantismo, Madrid, Trotta, 2010, p. 17.
2. La pregunta n.º 4 del referéndum decía: ¿Está usted de acuerdo en sustituir al actual pleno de la Judicatura por un
Consejo de la Judicatura de Transición, conformado por tres miembros elegidos, uno por la Función Ejecutiva,
otro por el Poder Legislativo y otro por la Función de Transparencia y Control Social, para que en el plazo im-
prorrogable de 18 meses, ejerza las competencias del Consejo de la Judicatura y reestructure la Función Judicial,
como lo establece el anexo 4?

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