La Corte Constitucional del Ecuador. ¿El sexto poder del Estado?

AutorYandri Vladimir Chinga Aspiazu
CargoAbogado graduado por la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí, Máster Universitario en Derecho Constitucional por la Universidad de Sevilla. Ha trabajado por más de tres años como abogado en libre ejercicio en temas de Derecho Civil, Derecho Familiar y Derecho Constitucional. Actualmente es gerente general del Centro de Formación & ...
Páginas25-39
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e Constitutional Court of Ecuador. Is it the Sixth Power of the State?
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Investigador independiente, Manabí, Ecuador
Resumen
Con el surgimiento del postpositivismo emergieron constituciones garantistas, como la
Constitución de la República de Ecuador del 2008 (en adelante CRE), en la cual se estable-
ció la creación de la Corte Constitucional (en adelante CC) como máximo órgano de control,
interpretación y de administración de la justicia constitucional. Esta investigación tiene como
objetivo analizar el posicionamiento de la CC y la inuencia que ejerce frente a las actuacio-
nes dispuestas por los diferentes órganos de las funciones del Estado. Para esto, se analiza si la
CC ha reconocido derechos a colectivos y minorías, y ha ejercido control sobre la producción
legislativa. La pregunta principal que esta obra busca resolver es si la CC, por sí misma, se
encuentra al mismo nivel de las cinco funciones del Estado.
Palabras clave
Constitución, Control constitucional, Interpretación constitucional, Justicia constitucional.
Abstract
With the emergence of Postpositivism, guarantees constitutions emerged, such as the
Constitution of the Republic of Ecuador of 2008 (hereinafter CRE), in which the cre-
ation of the Constitutional Court (hereinafter CC) was established as the highest body of
control, interpretation and administration of constitutional justice. is research aims to
analyze the position of the CC and the inuence it exerts against the actions issued by the
dierent organs of the State functions. For which it is analyzed if the CC has recognized
rights to groups and minorities and has exercised control over legislative production. e
main question that this work seeks to resolve is whether the CC, by itself, is at the same
level as the ve functions of the State.
Keywords
Constitution, Constitutional Control, Constitutional Interpretation, Constitutional Justice.
1. Introducción
Las constituciones, desde sus orígenes, tuvieron nes políticos. Si se analizan la Constitución
de los Estados Unidos de Norteamérica de 1787 y la francesa de 17912, se tiene que en la
1 Abogado graduado por la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí, Máster Universitario en Derecho Constitucional por la
Universidad de Sevilla. Ha trabajado por más de tres años como abogado en libre ejercicio en temas de Derecho Civil, Derecho
Familiar y Derecho Constitucional. Actualmente es gerente general del Centro de Formación & Capacitación Jurídica El
Neojurista S.A.S. Correo electrónico: abg.yandrichinga@gmail.com; ORCID: https://orcid.org/0000-0003-1329-7897.
2 Se toma como ejemplo la Constitución de los Estados Unidos y la Constitución Francesa de 1791 por ser las primeras en
un sentido moderno; es decir, son constituciones originarias. Además, influyen en las actuales constituciones, ya que en estas
se establecen nuevos paradigmas constitucionales, se declaran nuevos derechos, se reestructura el Estado, la soberanía viene a
radicar en el pueblo o en la nación, ya no radica en un determinado grupo o individuo; es decir, la autoridad reside en el pueblo.
Recibido: 10/12/2021 – Aceptado: 10/12/2022
Iuris Dictio NO 30 / Diciembre, 2022 / pp. 25-39
e-ISSN 2528-7834 / DOI: http://doi.org/10.18272/iu.v30i30.2523

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