Análisis de la jurisprudencia No. 003-09-SIN-CC de la Corte Constitucional para el Período de Transición referente a los emolumentos cobrados por la prestación del servicio del Aeropuerto Mariscal Sucre

AutorGabriela Valdivieso Ortega
CargoAnalista jurídica en materia penal tributaria, Dirección Nacional del Servicio de Rentas Internas
Páginas185-209
FORO 185
JURISPRUDENCIA
FORO Revista de Derecho, No. 11,
UASB-Ecuador / CEN • Quito, 2009
RESUMEN
Este artículo analiza la sentencia de la Corte Constitucional que resuelve el conflicto
de criterios entre el Procurador General del Estado y el Contralor General. En cuan-
to a la materia misma de la sentencia, en opinión del órgano más importante de jus-
ticia constitucional del país, las tasas son tributos, que no pueden percibirse, ceder-
se, ni administrarse directamente por ninguna persona natural ni jurídica que no sea
el Estado. El cambio constitucional exige una nueva óptica jurídica en la apreciación
de los dictámenes prevenientes de la Procuraduría General del Estado, que ya no son
simples opiniones de juristas respetables, sino que constituyen normas jurídicas que
se deben aplicar. De alguna forma ha renacido con mayor vigor el ius publice res-
pondedi del pretor romano, y estos actos jurídicos han alcanzado la jerarquía de
fuentes formales del derecho.
PALABRAS CLAVE: Corte Constitucional, tributos, tarifas, tasas, concesionario, QUIPORT.
ABSTRACT
This article analyzes the ruling issued by the Constitutional Court of Ecuador, which
resolves the conflict of criteria regarding the emoluments charged for the services offe-
red by the Mariscal Sucre Airport, aroused between the Ecuadorian General Attorney
and the General Comptroller. The Constitutional Court considers these emoluments as
taxes, which may not be perceived, assigned or administered by a company or indi-
vidual different from the Ecuadorian Government. The constitutional changes require
a new juridical optic in regard to the reports issued by the General Attorney, which
are not simple opinions of respectable lawyers, but real juridical regulations that must
* Analista jurídica en materia penal tributaria, Dirección Nacional del Servicio de Rentas Internas.
Análisis de la sentencia No. 003-09-SIN-CC de la
Corte Constitucional para el Período de
Transición referente a los emolumentos cobrados
por la prestación del servicio del Aeropuerto
Mariscal Sucre
Gabriela Valdivieso Ortega*
FORO 11, I semestre 2009
FORO 186
be applied. This change of conception reveals the rebirth of the ius publice responde-
di of the Roman praetor, transforming these acts in formal sources of law.
KEY WORDS: Constitutional Court, taxes, fees, rates, concessionary, QUIPORT.
INTRODUCCIÓN
El problema que dilucida la sentencia se produce porque los criterios de dos autori-
dades ecuatorianas, el Procurador General de Estado, por una parte, y el Contralor
General, por otra, no son coincidentes, en cuanto a si los emolumentos que cobra QUI-
PORT por el servicio de aeropuerto tienen el carácter de tributos que solamente pueden
ser administrados por el Estado, o si son tarifas susceptibles de cesión, que han pasado a
ser percibidas y administradas por el concesionario.
Dada la importancia y la jerarquía de quienes mantienen la discusión, y del Tribunal
que resuelve el problema se aprecia la importancia que tiene tanto para el desarrollo eco-
nómico del país como para su seguridad jurídica. El proceso se ha resuelto, como era de
esperarse, en un ambiente de respeto a las opiniones ajenas, dentro del cual sus protago-
nistas han podido exhibir su acervo de conocimientos sobre la materia, su habilidad para
defender sus puntos de vista, y la amplia información que, en el ejercicio de la función,
han podido acopiar.
Se trata de un acontecimiento producido en una época trascendental para la historia
ecuatoriana. La Constitución del 2008, en plena vigencia, debe aplicarse, con las conse-
cuencias que conlleva el cambio; una nueva concepción del Derecho es la realidad
incuestionable que debe ser acatada; la dinamia social así lo exige. Para quienes ejerce-
mos la abogacía lo que está ocurriendo tiene estrecha relación con las guías profesiona-
les que tan profundamente expuso el procesalista uruguayo Eduardo Couture: “El
Derecho, que se aprende estudiando y se ejerce pensando, se transforma constantemen-
te, y si no sigues sus pasos serás cada día un poco menos abogado”.
NOCIONES PRELIMINARES
El 23 de septiembre de 2008 el doctor Carlos Pólit Faggioni, Contralor General
del Estado, solicitó al doctor Diego García Carrión, Procurador General del Estado, un
pronunciamiento sobre: la naturaleza jurídica de los servicios del Aeropuerto Mariscal
FORO

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