Decretos. 333 Expídese el Reglamento General de Aplicación a la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo

Fecha de publicación15 Julio 2024
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Tipo de documentoDecretos


DANIEL NOBOA AZIN

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 16 del artículo 66 de la Constitución de la República reconoce y garantiza cl derecho a la libertad de contratación;

Que el numeral 13 del artículo 147 de la Constitución de la República del Ecuador establece que es atribución del Presidente de la República: 13. Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, asi como los que convenga a la buena marcha de la administración (...)

Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, establece lo siguiente: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos v las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.

Que el numeral 5 del artículo 261 de la Constitución de la República, establece que: "El Estado Central tendrá competencia exclusiva sobre (...) 5. Las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria: fiscal y monetaria; comercio exterior y endeudamiento.

Que el artículo 283 de la Constitución de la República dispone que: "El sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende a una relación dinámica y equilibrada entre sociedad. Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir. El sistema económico se integrará por las formas de organización económica pública, privada, mixta, popular y solidaria, y las demás que la Constitución determine. La economía popular y solidaria regulará de acuerdo con la ley e incluirá a los sectores cooperativistas, asociativos y comunitarios.

Que los numerales 2, 5, 6, 7, 8 y 9 del articulo 284 de la Constitución de la República, determinan que la política económica tendrá, entre otros, los siguientes objetivos: "(...) 2. incentivar la producción nacional, la productividad y competilivídad sistémicas. la acumulación del conocimiento científico y tecnológico, la inserción estratégica en la economía mundial v las actividades productivas complementarias en la integración regional (...) 5. Lograr un desarrollo equilibrado del territorio nacional, la integración entre regiones, en el campo, entre el campo y la ciudad, en lo económico, social y cultural: 6. Impulsar el pleno empleo v valorar todas las formas de trabajo, con respeto a los derechos laborales; 7. Mantener la estabilidad económica, entendida como el máximo nivel de producción y empleo sostenibles en el tiempo;

8. Propiciar el intercambio justo y complementario de bienes y servicios en mercados transparentes y eficientes: 9. Impulsar un consumo social y ambientalmente responsable.

Que el artículo 285 de la Constitución de la República prescribe como objetivos específicos de la política fiscal: El jinanciamiento de servicios, inversión y bienes públicos: 2. la redistribución del ingreso por medio de transferencias, tributos y subsidios adecuados: 3. la generación de incentivos para la inversión en los diferentes sectores de la economía y para la producción de bienes y servicios socialmente deseables y ambientalmente responsables. ;

Que el artículo 286 de la Constitución de la República señala que las finanzas públicas, en todos los niveles de gobierno, se conducirán de forma sostenible, responsable y transparente y procurarán la estabilidad económica;

Que el articulo 288 de la Constitución de la República establece que las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social; y, se priori zarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas;

Que el artículo 300 de la Constitución de la República, dispone que: "El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad, progresividad. eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad, transparencia y suficiencia recaudatoria. Se príorizarán los impuestos directos y progresivos. La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables.

Que el artículo 129 del Código Orgánico Administrativo, establece: "Le corresponde al Presidente de la República el ejercicio de la potestad reglamentaria en relación con las leyes fórmales, de conformidad con la Constitución.

El ejercicio de la potestad reglamentaria es independiente de la competencia normativa de carácter administrativo que el Presidente de la República ejerce en relación con el conjunto de la administración pública central.

Que el artículo 2, numeral 2 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública prescribe que se someterán a la normativa específica que para el efecto dicte el Presidente de la República en el Reglamento General a esta Ley. bajo criterios de selectividad, determinados proced i m i en tos precontractuales;

Que el articulo 4 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública establece que en los contratos públicos se observarán los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, transparencia, publicidad; y. participación nacional;

Que el artículo 2 de la Ley de Turismo determina que: "Turismo es el ejercicio de todas ¡as actividades asociadas con el desplazamiento de personas hacia lugares distintos al de su residencia habitual, sin ánimo de radicarse permanentemente en ellos.

Que el artículo 16 de la Ley de Turismo prescribe: "Será de competencia privativa del Ministerio de Turismo, en coordinación con los organismos seccionales, la regulación a nivel nacional, la planificación, promoción internacional, facilitación, información estadística y control del turismo, así como el control de las actividades turísticas, en los términos de esta Ley.

Que el artículo 52 de la Ley de Turismo señala que le corresponde a la Autoridad Nacional de Turismo establecer instrumentos de carácter general para el efectivo control de la actividad turística, asegurando la calidad, seguridad y legalidad de los servicios ofrecidos en el sector turístico y contribuyendo al desarrollo sostcniblc de la industria del turismo;

Que la Ley Orgánica para el fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo, fue promulgada v publicada en el Registro Oficial Suplemento Nro. 525 de 25 de marzo de 2024;

Que la Disposición Transitoria Novena, de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo, señala que: "El Reglamento para la aplicación de las disposiciones contempladas en esta ley será publicado en un plazo máximo de 45 dias a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Que mediante Oficio Nro. MEF-VGF-2024-0292-0 de 12 de julio de 2024, el Ministerio de Economía y Finanzas, señala: En mérito de lo expuesto, con base en los informes: técnico v Jurídico que se aparejan, y al amparo de lo dispuesto por el articulo 286 de la Constitución de la República, así como, del artículo 74 numeral 15 del Código Orgánico de Planificación v Finanzas Públicas, se emite el dictamen favorable al proyecto de la referencia. y.

En ejercicio de las atribuciones conferidas por el número 13 del artículo 147 de la Constitución de la República, expide el siguiente,

REGLAMENTO GENERAL DE APLICACIÓN A LA LEY ORGÁNICA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES TURÍSTICAS Y FOMENTO DEL EMPLEO

TÍTULO I. GENERALIDADES

Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto establecer disposiciones que permitan la aplicación de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo, así como la normativa reformada por la misma.

Artículo 2. Ambito. Las disposiciones del presente Reglamento serán aplicadas por las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, nacionales o extranjeras en el ámbito de sus atribuciones y competencias, domiciliados en el territorio ecuatoriano. Su aplicación será a nivel nacional con las excepciones que correspondan al Régimen Especial para la provincia de Galápagos.

TÍTULO II. DE LA REGULACIÓN A LAS DISPOSICIONES REFORMATORIAS A CUERPOS LEGALES

CAPÍTULO I. REFORMAS AL REGLAMENTO GENERAL DE APLICACIÓN A LA LEV DE TURISMO

Artículo 3. Modifiqúese el literal b) del numeral 12 del artículo 4. por el siguiente:

“b) La clasificación, reclasificación, categorization, recategorización, reingreso y actualización de establecimientos, según corresponda.

Artículo 4. Elimínese el literal e) del numeral 12 del artículo 4.

Artículo 5. Elimínese el numeral 13 del artículo 4 y a continuación del numeral 12 del mismo artículo, agregúese los siguientes numerales:

"13. Coordinar con las instituciones públicas y privadas que conforman el Sistema Financiero Nacional para que otorguen créditos para el sector turístico con tasas y plazos preferentes: y, se establezcan condiciones de refinunciamiento pava las operaciones existentes del sector en las que se contemplen periodos de gracia y plazos extendidos adicionales para que puedan cumplir sus obligaciones:

14. Elaborar de forma anual el informe cualitativo y cuantitativo de los resultados de la gestión turística en el país, para conocimiento del Consejo Consultivo de Turismo. El informe referido será publicado a través de los canales o medios institucionales de la Autoridad Nacional de Turismo:

15. Promover y fomentar estrategias de cooperación que permitan la ejecución de proyectos de turismo comunitario;

16. Destinar los recursos para la promoción, competitividad y desarrollo turístico de conformidad con la política...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR